El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) rechazó la demanda de inhabilidad presentada por el senador liberal Abel González contra de su correligionario Dionisio Amarilla, con el objetivo de que no asuma una banca en el Senado en el próximo periodo legislativo 2023-2028. En los comicios del pasado 30 de abril, el exsenador obtuvo 24.794 votos por la Alianza Senadores por la Patria y se ubicó en el lugar 35 de los 45 escaños de la Cámara Alta.

El documento fue analizado por los ministros electorales Jorge Bogarín César Rossel y Jaime Bestard quienes consideraron en su sentencia que la denuncia planteada por González es “extemporánea al hallarse preclusa la etapa prevista para impugnar las candidaturas”.

La resolución sostiene que la impugnación de las candidaturas debió presentarse en las elecciones internas partidarias “tratándose de candidatos de la misma agrupación política. Esto es así ante la necesidad de precautelar siempre la igualdad y transparencia necesarias en todo devenir que merezca ser denominado como democrático”.

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Los ministros en su sentencia agregan además que “los plazos en material electoral son perentorios e improrrogables en virtud de lo dispuesto en el articulo 39 de la ley n.° 635/95″. Por otra parte los ministros de la institución electoral afirman que “ninguna disposición del ordenamiento jurídico prevé la pérdida de investidura de un cargo electivo como causal de inhabilidad para candidatarse, ser electo y posteriormente proclamado, en este caso como senador”.

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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Foto: Gentileza

Proyecto rechazado

Durante la sesión ordinaria del Senado de este jueves último, el senador Juan Carlos “Calé” Galaverna se opuso a un proyecto de ley de resolución presentado por su colega Abel González, debido a que la verdadera intención del legislador era “birlarle” la banca al senador electo Dionisio Amarilla para el próximo periodo. El histórico parlamentario instó al Senado a no ser parte de esta jugada política y recibió la adhesión de varios congresistas, por lo que González se vio obligado a retirar su proyecto.

Abel González planteaba la inhabilidad de Amarilla para jurar como senador el próximo 1 de julio sosteniendo que incurrió en la violación de la Constitución Nacional en el artículo n.° 197, el cual establece que “no pueden ser candidatos a senadores representantes de empresas que sean concesionarias de servicios o provisión de bienes al Estado”.

El senador suplente, que juró en 2018 en reemplazo de Jorge Oviedo Matto, alegaba que Amarilla estaba impedido a ser candidato a senador por haber sido proveedor de transformadores de la Administración Nacional de Electricidad (Ande) y por haber perdido su investidura como legislador en junio del año 2019 tras ser acusado por sus pares de uso indebido de influencias.

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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Foto: Gentileza

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