Los diputados Teófilo Espínola (PLRA) y Sebastián Villarejo (PPQ) impulsan el proyecto de ley de “medidas para evitar inscripción de inmuebles cuando no provengan de instrumentos públicos inscriptos, que acrediten la titularidad anterior”. De acuerdo a la argumentación de los proyectistas, esta será una herramienta a ser aplicado a la nueva ley ya promulgada, que regula el ejercicio de la agrimensura, la Ley N° 6875/2022.

Los legisladores exponen en este proyecto, la necesidad de aclarar varios puntos de la ley ya vigente, que son complementarios, a fin de evitar situaciones irregulares al momento de registrar un inmueble ante las instituciones legales encargadas del proceso.

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“Existen casos de venta total de la superficie de la parcela; desaparición ‘milagrosa’ del asiento registral; reinscripción nueva con el área original; casos de usucapión donde se ocupan 20 hectáreas, se siembran 10 hectáreas, y se realiza la usucapión sobre 10.000 hectáreas. Estas son situaciones claramente ilegales”, refiere parte de la exposición de motivos.

La normativa establece que la propiedad de un inmueble solo podrá ser acreditada de conformidad a los asientos registrales de la Dirección de Registros Públicos (DGRP). Agrega que actualmente, el Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda, permite que se modifiquen, de forma privada, instrumentos públicos con la sola presentación de un informe de un perito, inconveniente que corrige el presente proyecto de ley.

Ante este precedente, la iniciativa busca establecer que “en cualquier juicio y en cualquier cuestión sobre derechos reales, se debe solicitar a la DGRP y al Servicio Nacional de Catastro, un informe sobre la parcela original y los desprendimientos, como así también requerir a los propietarios o al solicitante la presentación de una declaración jurada sobre el área”.

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