El miembro del Consejo de la Magistratura Enrique Kronawetter explicó que el reglamento establece un plazo de 10 días para la definición de la terna para ministro de la Corte Suprema de Justicia; sin embargo, lo ideal es realizarlo en la brevedad posible. Esto, con respecto a la dilación del proceso iniciado el lunes pasado con una sesión de 11 horas que solo confirmó a Gustavo Santander, otra ronda de dos votaciones el martes sin definiciones y el aplazamiento para reanudar la sesión este miércoles a las 17:00.

“El proceso ha cumplido con lo que establece el reglamento, el mérito sobre. El reglamento del Consejo establece que una vez culminadas las etapas debe conformarse una terna en un plazo o lapso no mayor a 10 días”, explicó Kronawetter, este miércoles, en entrevista al programa “Así son las cosas”, de la radio Universo 970 AM/Nación Media.

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Así mismo, mencionó que a pesar del plazo establecido en el reglamento del Consejo, lo ideal es concluir la elección de la terna en la brevedad posible. “No existe el deber de hacerlo inmediatamente, pero sí existe una exigencia pública de que esto se haga con mayor transparencia y con el mayor control de los medios y la ciudadanía, que es lo más aconsejable que antes no estaba hecho de esta forma. Lo ideal es hacer inmediatamente, pero si no hay los votos, no se puede hacer nada”, apuntó.

El consejero también refirió que esta definición ya se podría dar en la sesión que se desarrollará en la tarde de este miércoles. “Creo que si prima la razonabilidad y la prudencia podríamos lograr eso (la definición), y para eso hay que hacer renunciamientos; de hecho, cada uno hizo un renunciamiento y yo sostengo que si un candidato no prende, tendría que verse otras alternativas”, sentenció.

Cuestionó reglamento

Por otra parte, Kronawetter cuestionó el reglamento de selección aplicado para este proceso, señalando que no se le dio la importancia que se requiere en cuanto a la honorabilidad de los candidatos. Además, dijo que este reglamento antes que abrir a más aspirantes se cerró y muchos de los interesados ni siquiera se presentaron.

Indicó que el reglamento deja ciertos aspectos al criterio de cada miembros del Consejo. “Ese es el problema, la discrecionalidad está bien siempre y cuando tenga límites, que tienen que ser los criterios. El reglamento no es el más adecuado. Va en contra del concepto que exige la Constitución Nacional para un ministro de la Corte”, mencionó.

Agregó que la Constitución habla de la notoria honorabilidad, a más de tener la edad y tener el título de doctor, pero lo más importante es la honorabilidad, pero en este proceso el reglamento solo 20 puntos evalúa la integridad, que son los últimos 20 puntos. “Por eso mucha gente no se presentó a este concurso. Yo lamento que este reglamento en vez de abrir, cerró, abroqueló”, lamentó.

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