Mediante unas imágenes difundidas en redes sociales se pudo ver al presidente de la República, Mario Abdo Benítez, abordar un helicóptero para trasladarse, según se supo, a la ciudad de Villeta, para participar del festejo del cumpleaños de la diputada Jazmín Narváez, una de las figuras políticas que más apoyan e impulsan a los candidatos presidenciables del movimiento Fuerza Republicana.

La queja ciudadana no se hizo esperar por dos cuestiones: la primera tiene que ver con la excesiva cantidad de unos sospechosos maletines que llevaba consigo Abdo Benítez y, la segunda, por el uso de un bien del Estado como es el helicóptero para fines, aparentemente, particulares del mandatario.

“Usar los recursos del estado para ir a un cumpleaños político, eso no se hace. Ya tiene guita, que se compre su propio helicóptero”, “¡Con el combustible que pagamos todos para variar!”, “¡Seguimos pagando las farras de este inútil!”, son algunos de los reclamos manifestados por los internautas en la publicación en Twitter cuestionando particularmente el uso de bienes del Estado para motivos privados.

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Ley incumplida

Al jefe de Estado hay que recordarle que existe la Ley Nº 2.880/2006, que reprime hechos punibles contra el patrimonio del Estado. La misma es muy clara en este sentido y tiene por objeto tipificar y sancionar hechos punibles que se produzcan contra los intereses patrimoniales del Estado paraguayo. Según el artículo 2, son bienes del Estado los bienes inmuebles y muebles del dominio público y privado del Estado y los recursos financieros de cualquier fuente, de la administración central, de los entes descentralizados, gobiernos departamentales, municipales y, en general, de los organismos, entidades, empresas o instituciones en los que el Estado tenga parte.

El artículo 4 expresa: “El funcionario o empleado público de cualquier clase o jerarquía, nombrado, contratado o electo, que se apropie de bienes del Estado, cuya administración, tenencia o custodia le hubiese sido confiada por razón de sus funciones o cargo, será castigado con pena privativa de libertad de cinco a doce años.”

Esta ley es aplicable a todo funcionario y, en este caso, se habla de un helicóptero que es un bien del Estado porque pertenece a las Fuerzas Armadas de la Nación. Lo único que podría alegar en su defensa el presidente de la República sería que el acto tenía connotación relacionada con sus funciones; sin embargo, en fotografías difundidas por los asistentes al festejo de la legisladora se puede corroborar que el presidente sí estuvo en un almuerzo donde inclusive brindó un discurso.

Por una cuestión de respeto hacia el pueblo paraguayo, el presidente de la República debería ser el primero en dar el ejemplo; sin embargo, es el primero, pero en hacer todo lo que no se debe. Por ser partido de gobierno y estando en tiempos de campaña, estas acciones dejan en evidencia al mandatario que opera con total impunidad, valiéndose de su rol de jefe de Estado y, lo que es peor, se expone a la calificación de un delito.

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