La exintendenta de Ybycuí María del Carmen Benítez presentó su renuncia de manera tardía y, por ende, sería inhábil para candidatarse a la Gobernación de Paraguarí. Esto considerando que ya fenecieron los plazos establecidos por la misma Constitución Nacional.

El apoderado de la ANR y precandidato a senador, Eduardo González, manifestó que la renuncia de la exintendenta de Ybycuí fue realizada fuera de lo que establece el Artículo 235 de la Constitución Nacional donde se aclaran los plazos a cumplir.

La renuncia debe ser efectiva 6 meses antes del día de las elecciones generales, por lo que la dimisión de María del Carmen Benítez debió ser aceptada hasta el 30 de octubre y no hoy 31 de octubre, precisó en una publicación realizada en su cuenta de Twitter.

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Por su parte, el abogado constitucionalista y actual senador Eusebio Ramón Ayala recordó que para la presentación de las diferentes candidaturas a cargos electivos existen plazos debidamente establecidos en la Constitución Nacional, que deben ser cumplidos a rajatabla.

En ese sentido, indicó que aquellas autoridades en ejercicio que aspiren a postularse al cargo de gobernador departamental deben presentar su renuncia seis meses antes de que se lleven a cabo las elecciones generales, fijadas para el 30 de abril del 2023, dijo a La Nación/Nación Media.

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Cabe mencionar que el Art. 162 de la Carta Magna establece que las inhabilidades para candidatos a gobernadores son las mismas que para Presidente y Vicepresidente de la República, las cuales a su vez se encuentran especificadas en el Art. 235 de la CN. Dicho artículo señala que, en el caso de los intendentes y gobernadores, los mismos deben haber renunciado y dejado de ejercer sus respectivos cargos cuando menos seis meses antes del día de las elecciones generales.

Sobre este último punto, Ayala aclaró que no basta con el hecho de haber presentado la renuncia, puesto que la misma debe ser aceptada para que se pueda considerar como oficializada y que, de esta manera, el candidato en cuestión pueda dejar de ejercer el cargo que venía ocupando.

Cuando se trata de intendentes municipales, la renuncia debe ser presentada ante la Junta Municipal local para que pueda aprobarla. Transcurridos tres días hábiles posteriores a la presentación del documento y en caso de que la dimisión no sea tratada por los concejales, la misma queda oficializada.

En el caso puntual de María del Carmen Benítez, la misma presentó su renuncia al cargo de intendenta de la ciudad de Ybycuí el día miércoles 26 de octubre y recién este lunes la Junta Municipal resolvió aceptarla y elegir a su sucesor. Si se tiene en cuenta lo establecido en la Constitución Nacional, el plazo ya se encuentra fenecido en vista de que los días hábiles son de lunes a viernes.

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Hasta antes de esta mañana cuando la Junta Municipal de Ybycuí confirmó al concejal Hugo Gavilán Moreira como nuevo intendente interino, la renuncia de Benítez seguía sin ser tratada y aceptada por el pleno, por lo que no se cumplía con la cantidad de tiempo señalada en la Constitución Nacional.

“La renuncia ya tiene que estar aceptada seis meses antes de las elecciones”, enfatizó el senador liberal, quien reiteró que, luego de los tres días hábiles, el candidato puede acudir a un juez electoral para presentar su documento de renuncia y con ello hacer constar que cumplió con los plazos establecidos.

Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, María del Carmen Benítez sería inhábil para postularse como candidata a gobernadora del departamento de Paraguarí.

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