Según dispone el cronograma electoral para las internas simultáneas, se podrá efectuar la propaganda electoral desde el 16 de noviembre en la vía pública y desde el 6 de diciembre en los medios de comunicación. Las organizaciones políticas podrán hacer sus difusiones de propuestas de candidatos o programas para cargos electivos a través de pasacalles, pintatas y afiches.
En cuanto a la difusión de la propaganda electoral a través de medios masivos de comunicación social para las internas simultáneas, se podrá realizar la publicación de mensajes en espacios radiales, televisivos o medios escritos con propuestas de candidaturas o programas de gobierno desde el 6 de diciembre hasta el 16 de diciembre del 2022.
Para la realización de la propaganda política en la vía pública, los partidos políticos deben solicitar un permiso a las municipalidades donde montarán la propaganda, según lo dispuesto en los artículos 291 y 292 del Código Electoral.
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Los artículos 294 y 295 del Código Electoral establecen que las municipalidades deben indicar los sitios habilitados para la realización de la propaganda electoral. Está prohibido hacer propaganda electoral en puentes, edificios públicos, monumentos, señales de tránsito o pavimentos, según el Art. 296 del Código Electoral.
Las municipalidades son las habilitadas o encargadas de establecer multas para los casos de incumplimiento de la normativa de la propaganda electoral en la vía pública extemporánea.
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Guía electoral: ¿sirve la cédula vencida para votar?
¿Qué documento te habilita para votar? La cédula de identidad física, vigente o vencida, refiere el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), admitiendo los documentos que no están renovados a la fecha. La entidad aclara que la contraseña y la identidad electrónica no son válidas. Para residentes en el exterior (elección de autoridades partidarias) se requiere cédula de identidad física o pasaporte.
Se recuerda que el voto es universal, libre, directo, igual, secreto, personal e intransferible. Este domingo, en el horario de 7:00 a 16:00, se desarrollan las elecciones internas partidarias. Los electores cuentan con un call center (Línea 134) para conocer dónde le toca votar, así como un simulador digital de las máquinas con candidaturas reales en la web: https://simuladoroficial.tsje.gov.py.
Por otra parte, el TSJE informa que queda prohibido ingresar al cuarto oscuro con: bebidas o líquidos, alimentos, aerosoles o sustancias inflamables, objetos contundentes o cualquier elemento que pueda dañar las máquinas de votación o útiles electorales. Dañar, destruir, inutilizar, sustraer o alterar máquinas de votación y materiales electorales constituye un hecho punible y puede derivar en sanciones penales.
Prohibiciones sobre propaganda electoral
No se puede:
- Difundir propaganda electoral fuera de los plazos establecidos por la ley.
- Difundir resultados de encuestas dentro de los 15 días previos a las elecciones.
- Difundir resultados de boca de urna antes de 1 hora del cierre de mesas.
- Realizar propaganda en lugares prohibidas.
- Realizar actos de proselitismo o portar banderas y símbolos una vez vencido el plazo de propaganda electoral.
Atención: El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme a las leyes vigentes.
Faltas electorales
- El ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros dispositivos capaces de captar o transmitir imágenes, que puedan vulnerar el secreto del voto.
- La aglomeración de personas o grupos a menos de 200 metros de los locales de votación, que puedan ejercer presión sobre los electores (excepto filas para votar).
- La portación de armas dentro de ese mismo radio, incluso con autorización administrativa.
- La instalación de mesas de consulta de partidos, movimientos o alianzas dentro del radio establecido.
- Los que voten estando inhabilitados.
- Perturbar la paz pública, afectando el normal desarrollo del acto eleccionario.
- Portar armas provocando tumultos que entorpezcan o interrumpan el normal desarrollo del acto eleccionario.
- Ingresar al local de votación en estado de ebriedad o bajo efectos de estupefacientes.
- Propaganda electoral que promueva violencia, discriminación, odio, desobediencia a la ley, grupos de combate, injurias o calumnias.
- El cumplimiento de estas disposiciones contribuye a garantizar la libertad del sufragio.
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Propagandas electorales deben ser retiradas de la vía pública, advierte Ljubetic
El director de Procesos Electorales, Carlos María Ljubetic, indicó que este jueves 4 de junio a las 23:59 culmina el periodo de propaganda electoral en el marco de las elecciones internas partidarias simultáneas, por lo que los carteles y todos los materiales que hagan alusión a una candidatura deben ser retirados de la vía pública. Sin embargo, Ljubetic señaló que esto no suele suceder y generalmente los carteles siguen intactos.
“Ya a través de los medios masivos de comunicación, por lo menos, resulta evidente que ya no se puede hacer propaganda, ahora en Paraguay, como es de costumbre, la propaganda callejera no se retira y permanece en las calles a través de pasacalles, afiches, cartelerías, pero me imagino que por lo menos aquellas cartelerías led suspenderán las propagandas. Después ya es una cuestión de bajar pasacalles, tapar murallas, que yo no creo que se realice”, dijo el director electoral, este jueves, al programa “Dos en la ciudad” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Agregó que la permanencia de los carteles o afiches generan polución visual para la ciudadanía, y recordó que la ley otorga a las municipalidades la organización del esquema de retiro de los carteles. Dijo que, desde la Justicia Electoral, hace varios años se plantea un proyecto de ley para establecer un sistema de colocación de propaganda electoral en la vía pública, ya que conlleva una inversión considerable el trabajo del retiro de los materiales visuales.
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“Para la gente que ponga carteles, murales, etcétera, tenga que depositar una cierta cantidad de dinero por cada mural o algo así, de tal forma que cuando llegue la época de veda, para que la municipalidad, si el candidato no sacó, pueda hacerlo a costa del depósito que había hecho. Nunca corrió lastimosamente (el proyecto), pero sería lo ideal”, refirió.
Por otra parte, también destacó que hasta el momento no se cuenta con una regulación de la propaganda electoral a través de las redes sociales, “por lo tanto a través de esos medios se van a seguir haciendo propagandas electorales”. Esta regulación también es una materia pendiente.
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Este jueves culmina el período de propaganda electoral
El Cronograma Electoral para las Elecciones Municipales 2026 establece que la etapa de propaganda electoral para las Elecciones Internas Simultáneas culmina el jueves 4 de junio a las 23:59. Este periodo comenzó el pasado 3 de marzo y finaliza esta noche en estricto cumplimiento del artículo 290 de la Ley n.° 7135/23, que regula los plazos y condiciones para la difusión de mensajes de campaña en procesos electorales internos.
Se entiende por propaganda electoral la exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, pintadas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos; espacios radiales o televisivos con mensajes que llamen a votar por determinados candidatos o propuestas; espacios en periódicos (diarios, revistas, semanarios), con propuestas de candidaturas o programas de gobierno.
En las elecciones internas de las organizaciones políticas, la conducta del candidato que realice la propaganda electoral fuera del plazo establecido será tipificada como falta electoral y pasible de ser sancionado con una multa de cien jornales mínimos por cada medio utilizado para difundir su propaganda. Con el cierre de la propaganda electoral, el proceso electoral avanza hacia su etapa final, en la que los afiliados de las distintas organizaciones políticas participantes estarán habilitados para expresar su preferencia en las urnas.
La ley n.° 7135/23 que modifica el artículo 290 de la Ley Nº 834/1996 ‘‘Que establece el Código Electoral Paraguayo’’, estipula que; El objeto de la propaganda electoral es la de difusión de la plataforma electoral, así como los planes y programas de los partidos, movimientos políticos, alianzas y concertaciones.
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TSJE fija cronograma de revisión técnica para ANR y PLRA como “gesto democrático”
El presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Jorge Bogarín, confirmó que se emitió una resolución para implementar una verificación técnica adicional para la Asociación Nacional Republicana (ANR) y el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), para destrabar todo reclamo de la disidencia, errores de comunicación y transparentar el proceso para las internas partidarias del 7 de junio.
El titular del organismo electoral señaló que el lunes 25 y martes 26 de mayo, recibirán en su sede a las agrupaciones internas del Partido Colorado; mientras que el miércoles 27 y jueves 28 será para el Partido Liberal. La auditoría ya se realizó del 2 al 27 de febrero, de manera intensiva, de acuerdo con las fechas establecidas para las Elecciones Municipales 2026.
“El cronograma electoral que nosotros tenemos hace más de un año, en la Justicia Electoral, indicaba que las auditorías debían realizarse durante el mes de febrero en un plazo de 30 días, e invitamos a todas las agrupaciones políticas, que acudieron cerca de 50 agrupaciones políticas que tuvieron el derecho a proponer 2 apoderados técnicos por cada agrupación política”, explicó Bogarín en una entrevista con 1020 AM.
Explicó que la falta de comunicación se dio porque los partidos políticos también cuentan con su cronograma electoral independiente, como en el caso del Partido Colorado, que indicaba auditorías para los días 23 y 24 de febrero. “Ahí se dio una diferencia, porque los movimientos disidentes del partido no habían sido convocados y no participaron de esas auditorías. No porque el TSJE los haya excluido, sino que ahí hubo algún problema de comunicación”, acotó.
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Tribunales electorales
Bogarín destacó que lo que ahora desde el TSJE están ofreciendo como “gesto democrático”, es la revisión técnica adicional y las agrupaciones políticas han aceptado esto. “Como establecimos fechas para el Partido Colorado, también realizó la misma petición el PLRA, y, por el momento, aún no hemos recibido ninguna petición formal de las agrupaciones del tercer espacio”, comentó.
El titular del TSJE aclaró que ya no existe el tiempo suficiente para llevar adelante auditorías de 30 días, ya que está en puertas de las elecciones internas previstas para el 7 de junio. “Hay que destacar que las elecciones internas en principio son responsabilidad de los tribunales electorales de cada partido. Lo que hacemos desde la Justicia Electoral es proporcionar la tecnología, la logística apoyando con todos los materiales, y disponemos de las máquinas de votación y tenemos más de 8.000 funcionarios desplegados en todo el país a los efectos de cubrir estas elecciones internas”, concluyó.