El director de la Unidad de Financiamiento Político del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Christian Ruiz Díaz, hizo algunas puntualizaciones sobre la ley y el trabajo que compete a esta unidad electoral. Aclaró que no están facultados a auditar los fondos, sino que se basan exclusivamente en las declaraciones juradas de los candidatos de los diferentes partidos políticos.

“Por imperio de la ley nosotros nos regimos directa y exclusivamente por lo declarado. Existen otras legislaciones como por ejemplo la de Colombia a través de cuentas claras donde al órgano supervisor natural, que en este caso sería el TSJE, por ley se le autoriza a que cuando un candidato o una organización política va a realizar un mitin político o una cena de recaudación le comunica al órgano supervisor y este remite un fiscalizador”, comentó Ruiz Díaz a la 1330 AM.

Un poco de luz a la ciudadanía

El funcionario de la Justicia Electoral dijo que busca dar un poco de luz a la ciudadanía interesada en saber cómo los candidatos están trabajando en lo referente al financiamiento político.

Llamativas cifras aparecen en las declaraciones juradas de los candidatos presidenciales y algunos incluso mencionan montos irrisorios que ni siquiera alcanzarían para financiar un mitin político. Sobre el punto, Ruiz Díaz explicó el procedimiento establecido en la ley de financiamiento político y dijo que el candidato incluso puede recibir dinero hasta el mismo día de las elecciones, pero a través de su administrador o directamente en una cuenta bancaria.

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“La propia ley que regula el financiamiento político no establece prohibiciones inclusive para el caso de que el candidato declare cero en su declaración inicial. Esto no significa que si el candidato declaró por ejemplo cinco millones de guaraníes al inicio, que es lo que supuestamente tiene en el bolsillo o en la cuenta bancaria, no le restringe a poder recibir más dinero, porque lo puede seguir recibiendo como aporte o donación inclusive hasta el mismo día de la elección”, remarcó.

Ruiz Díaz aclaró que la obligación del aportante es no entregar directamente al candidato, sino al administrador de campaña o en todo caso deposite en una cuenta bancaria del movimiento. “Justamente a ellos la ley les obliga a la habilitación de una cuenta única. Entonces, a partir de ahí es donde nosotros como Justicia Electoral, como órgano de supervisión natural y también los oficiales de cumplimiento de las diferentes organizaciones políticas que son los sujetos obligados trabajamos para ir dándole trazabilidad a ese dinero”, indicó.

El experto del TSJE insistió en que la idea es conocer el origen del dinero destinado a financiar a un determinado candidato. “Necesitamos saber de dónde consiguen el dinero que están inyectando a las diferentes campañas políticas. Hay unas declaraciones juradas de aportantes y donantes físicos y jurídicos, de manera que toda persona que quiera aportar a una campaña política firme esa declaración, diga de dónde quita el dinero, cuál es su actividad principal y con eso también el administrador de campaña de la organización política puede depositar en el banco”, indicó.

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