El fiscal de Asuntos Internacionales, Manuel Doldán confirmó que el departamento de Justicia de los Estados Unidos ha tomado acuse de recibo del pedido de informe sobre la designación de “significativamente corrupto” contra el vicepresidente de la República, Hugo Velázquez. Al respecto, indicó que la solicitud la realizó el Ministerio Público paraguayo el pasado 22 de agosto a través de los conductos de la cooperación internacional.
En comunicación con La Nación/Nación Media, el fiscal Manuel Doldán, aclaró que Estados Unidos lo que hizo fue dar acuse de recibo del pedido de asistencia de Paraguay, y con base a eso, asignó a un abogado litigante para que analice la petición de Paraguay y contente o diligencie la atención y la respuesta al pedido efectuado por Paraguay. Aclaró, además, que no se trata de ninguna investigación abierta en los Estados Unidos.
En ese sentido, comentó que luego de unos 5 o 6 días del envío de la carta rogatoria, la Fiscalía de los Estados Unidos recibió el acuse de recibo por parte del departamento de Justicia estadounidense respecto a la designación de «significativamente corrupto» al vicepresidente paraguayo Hugo Velázquez. “Ellos van a responder, no sé en qué sentido o con qué elementos será, pero la tendremos”, expresó.
“Esto es una solicitud de asistencia jurídica que Estados Unidos abre una asistencia jurídica para contestar un pedido de Paraguay. No es una investigación local. Ahora esperamos la respuesta de los EEUU, porque los fiscales paraguayos abrieron una causa, y en el marco de esa causa surgen necesidades de algunas informaciones que eventualmente están fuera de este país y entonces libran una carta rogatoria para pedir esa información, y ahora estamos expectantes de esa respuesta”, comentó.
Asimismo, añadió que esperan esa respuesta con la información requerida, o en caso de que denieguen otorgar la información solicitada, al menos expliquen el por qué. Aclaró que es un proceso natural en toda solicitud de asistencia jurídica.
No obstante, aclaró que, hasta el momento, no han recibido ningún pedido de extradición para el exmandatario Horacio Cartes ni para el vicepresidente Hugo Velázquez, teniendo en cuenta que ambos habían recibido la comunicación por parte de la embajada norteamericana con sede en Paraguay recientemente.
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“Después de años de show”, caen las denuncias falsas del abdismo, afirma diputado
El diputado Rodrigo Gamarra también se pronunció ante el pedido de la Fiscalía de desestimar la causa en contra del expresidente Horacio Cartes, impulsada por el exministro abdista, Arnaldo Giuzzio. El legislador sostuvo que finalmente la verdad sale a la luz luego de años de mentiras y persecución del sector político liderado por Mario Abdo Benítez.
“La verdad no necesita gritar. Solo espera su momento. Hoy, la Fiscalía confirmó lo que el tiempo ya había dejado claro: no hubo delito, ni enriquecimiento ilícito, ni lavado, ni nada. Persecución política en solitario”, afirmó Gamarra a través de su cuenta de red social X.
Así mismo, indicó que este sector por años llevó adelante un show mediático, con el apoyo de algunos medios de comunicación para atacar, tanto al actual presidente del Partido Colorado, Horacio Cartes, como al movimiento que lidera, Honor Colorado.
“La causa contra Horacio Cartes se cae por falta de pruebas. Después de años de show mediático, denuncias sin sustento, tapas y titulares comprados y mentirosos, la Justicia empieza a limpiar lo que sicarios ensuciaron”, sostuvo el diputado Rodrigo Gamarra.
Por otra parte, refirió que el “narcoministro”, en referencia a Arnaldo Giuzzio, “debería pedir perdón en cadena nacional, y varios sicarios mediáticos tendrían que bañarse con agua bendita”. Finalmente detalló que, con la postura de la Fiscalía, se puede constatar que la Justicia no encontró pruebas.
“Pero nosotros sí encontramos una vez más: los verdaderos mentirosos; los que usaron al Estado como garrote político; los que hoy se tragan su propio veneno. Hoy ganan como siempre la verdad, el tiempo, y Horacio Cartes”, sentenció Gamarra.
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Reglamento 1115 de la UE: ¿ambientalismo o proteccionismo?, esto dice UGP
La Unión de Gremios de la Producción (UGP) sigue poniendo en tela de juicio las multas que quiere imponer la Unión Europea (UE) en caso de no cumplir con las exigencias establecidas en el marco del Reglamento 1115.
Para el gremio, las medidas que quieren imponer son irracionales y solo buscan bajar el precio de la soja paraguaya, de altísima calidad. Cuestionan la categoría de riesgo estándar que le asignó la UE a Paraguay, que implica mayores controles y auditorías sobre las exportaciones, a diferencia de países como China, EE. UU. e India, que tienen altos niveles de emisión de gases de efecto invernadero.
En su boletín semanal, el gremio realizó un análisis sobre qué es lo que podría impulsar al mercado europeo avanzar con este reglamento, y poner trabas a nuestro país, al igual que a Argentina, Brasil y Rusia.
Historia
Hugo Jiménez de Recalde recordó que hasta inicios de 1800, las cédulas reales eran documentos oficiales del Antiguo Régimen europeo, donde la corona comunicaba a las autoridades locales la voluntad real sobre diversos asuntos políticos, organizativos y administrativos. Estas disposiciones no se discutían, se imponían.
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Ante los abusos de poder de la Corona y la expoliación de las colonias americanas, el proceso de emancipación de España y la constitución de repúblicas independientes dieron lugar a un cambio radical en el mapa del Nuevo Mundo. La primera nación latinoamericana en independizarse —en este caso de Francia— fue Haití, en 1804. Le siguieron Paraguay (1811), Argentina (1816), Chile (1818), Perú (1821), Ecuador (1822), Brasil (1822), Bolivia (1825) y otras.
“Hace unos días, como reeditando aquellas decisiones imperiales, la UE-27 publicó la lista de países proveedores de bienes agropecuarios y forestales, junto con sus respectivas clasificaciones de riesgo”, expresó.
Luego, mencionó que en la categoría de bajo riesgo fueron incluidos Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, India, China, Chile y Uruguay, entre otros. Argentina, Brasil y Paraguay fueron colocados en la categoría de riesgo estándar o medio, mientras que Rusia fue clasificada como país de riesgo alto.
Afirmó que esta clasificación se basa en criterios como la tasa de deforestación o degradación forestal, la expansión de tierras agrícolas y la tendencia de producción de materias primas y productos relevantes. En consecuencia, el Imperio Europeo, bajo el pretexto de “cuestiones ambientales”, disfraza su espíritu proteccionista y lo transforma en un argumento ambiental.
Luego, expuso que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), una fuente respetada y confiable en el mundo entero, presenta una amplia colección de trabajos sobre áreas de producción, población, emisiones de CO₂ y gases de efecto invernadero. Allí se pueden explorar las emisiones de numerosos países y regiones, de dónde provienen, cómo evolucionarán en el tiempo y qué factores las impulsan.
Finalmente, precisó que para poner algún criterio objetivo en la comparación de emisiones, deben considerarse múltiples métricas: emisiones anuales por país, emisiones por persona, contribuciones históricas y si se ajustan o no a los bienes y servicios comercializados.
“Ante la necesidad de producción de alimentos para una población cada vez más numerosa, y el papel de las naciones para enfrentar este desafío consagrado en el ODS 2, conocido como “Hambre Cero”. Este objetivo busca poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria, mejorar la nutrición y promover una agricultura sostenible. Busca, en definitiva, asegurar que todas las personas tengan acceso a alimentos suficientes y nutritivos durante todo el año, especialmente los más vulnerables”, aseveró.
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MDS pide a Fiscalía investigación por cobro de pensión de adultos que ya fallecieron
El Ministerio de Desarrollo Social denunció ante la Fiscalía el supuesto hecho punible de adquisición fraudulenta de subvenciones a nombre de personas ya fallecidas.
El caso se refiere a personas desconocidas que estaban cobrando la pensión destinada a los adultos mayores, pero a nombre de personas que ya habían fallecido, según la denuncia presentaao por el abogado Alberto Lezcano, director general de Auditoría Interna.
Según el escrito, los casos fueron detectados gracias a los controles efectuados por funcionarios de esta auditoría en los departamentos de Caaguazú y Alto Paraná.
En uno de los casos, en la ciudad de Carayaó, departamento de Caaguazú, se detectó que la señora María Magdalena González de Medina, falleció en Argentina, hace varios años. Tras una verificación en la casa de la señora, una familiar confirmó que la señora falleció el 13 de agosto de 2018, en Buenos Aires, y que no contaba con los documentos.
Según la verificación realizada en el Sistema Integrado de Pensión para las Personas Adultas Mayores (SIPPAM), al 19 de mayo pasado, la cuenta seguía activa.
Teniendo en cuenta estos datos, según los cálculos realizados se cobró en forma indebida más de G. 48 millones.
En otro caso, en Alto Paraná, afecta a Félix Cantalicio Díaz, de Hernandarias, quien según los datos falleció en el 2018, en su domicilio y que no procedieron a gestionar el acta de defunción. El registro arroja que la cuenta seguía activa, y que el monto cobrado irregularmente alcanzaría más de G. 45 millones.
Otro de los casos detectados, registra que la señora De las Nieves Paredes Vda. de Urbina falleció en abril de este año, pero en mayo, la cuenta continuaba activa.
Las sospechas recaen sobre personas innominadas, familiares o personas de confianza, quienes no comunicaron el fallecimiento y siguieron utilizando las tarjetas de débito para realizar el cobro irregular.
Atendiendo a las instrucciones recibidas del ministro Tadeo Rojas, el abogado Lezcano solicita la investigación de estos hechos por parte de los fiscales, que se solicite informes al Banco Nacional de Fomento (BNF), así como se pidan datos a la Policía Nacional a fin de identificar a los responsables de estos hechos irregulares.
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Los argumentos de Giuzzio que desmontó la Fiscalía
El equipo fiscal que investiga la denuncia presentada en 2022 por el exministro abdista Arnaldo Giuzzio contra el exmandatario Horacio Cartes por supuesto lavado de dinero, enriquecimiento ilícito y contrabando, no encontró elementos contra el expresidente y solicitó la desestimación de la causa. “No existen elementos que permitan concluir en forma positiva sobre la existencia del hecho y la participación de los denunciados en el mismo”, señala el pedido emanado por la Fiscalía.
“Esta Representación Fiscal considera que, acabadas las diligencias de recolección de elementos de convicción, no se han obtenido indicios suficientes que permitan señalar la existencia de hechos penalmente relevantes en relación a la hipótesis que ha sido fijada al momento del inicio de la investigación, motivo por el cual, corresponde la desestimación de la misma”, ratifica la conclusión del documento elaborado por los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Fernando Meyer y Verónica Mayor.
Primeramente, la causa tuvo su origen en la exposición de Arnaldo Giuzzio ante la Cámara de Diputados, el 26 de enero del 2022, fecha en que formuló su denuncia ante la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), pero no ante el Ministerio Público. No obstante, la Fiscalía pidió una copia autenticada de la denuncia a la Seprelad y dio apertura a la causa n.° 15/2022, caratulada “investigación fiscal s/lavado de dinero y otros”, dando inicio a las diligencias por un equipo especial de fiscales.
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Tres focos de investigación
Los investigadores puntualizaron tres puntos principales que acusaba quien fuera titular de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) y luego del Ministerio del Interior durante el gobierno de Mario Abdo Benítez:
1- Horacio Cartes Jara habría creado, en un solo día, tres empresas de papel en Panamá.
2- Las declaraciones juradas de bienes presentadas tendrían indicios de inconsistencias patrimoniales.
3- La masiva comercialización ilegal de cigarrillos producidos por Tabacalera del Este S. A. (Tabesa), siendo Cartes un socio mayoritario.
“A criterio del señor Arnaldo Giuzzio serían indicios de la existencia de los hechos punibles de lavado de dinero proveniente del contrabando, enriquecimiento ilícito en la función pública y evasión de impuestos, sin realizar un análisis sobre la tipicidad de estas conductas”, expresan los fiscales, identificando 13 elementos citados por el denunciante, aunque sin pruebas concretas.
Giuzzio recusó a los fiscales
Seguidamente, la Fiscalía describe 26 diligencias desarrolladas, incluyendo la citación de Giuzzio para una declaración testimonial con el objetivo de ampliar su denuncia y arrimar documentación, sin embargo, el denunciante presentó “un pedido de suspensión y negándose a prestar declaración en la segunda oportunidad, presentando el testigo una recusación contra los fiscales”.
Ante esta circunstancia, el Ministerio Público solicitó informe al Congreso Nacional sobre la presentación realizada por Arnaldo Giuzzio, y el Poder Legislativo informó que el exministro expuso ante el pleno de la Comisión Permanente del Congreso Nacional “en forma oral, sin dejar material por escrito”. Por ello, también se solicitó a TV Cámara la grabación íntegra de la exposición para intentar fundar las acusaciones de Giuzzio.
Sin sumarios administrativos
El Ministerio Público convocó a una reunión de trabajo el 24 de febrero de 2022, donde participaron la Seprelad, la Dirección Nacional de Aduanas y la Subsecretaria de Estado Tributación (SET, actual DNIT). En el caso de Aduanas, reportó que las empresas no registraban sumarios administrativos en los últimos 10 años. Mientras que Tributación solo señaló observaciones en 2017 por diferencias en la determinación de la retención del IVA.
Se menciona que Tabesa remitió copia autenticada de: facturas con sus clientes nacionales, planillas con número de despacho y de facturas de los años 2017-2021, copias de los despachos, copias autenticadas de facturas de sus proveedores del exterior y los despachos de las importaciones realizadas por la firma del 2017 al 2021.
Correspondencia en DDJJ
En cuanto a las declaraciones juradas de Horacio Cartes, la Contraloría General de la República remitió al Ministerio Público el estudio de correspondencia de bienes practicado al expresidente de la República, el 14 de noviembre de 2022. “Este informe refiere que existe correspondencia en las declaraciones juradas de asunción al cargo con el de baja del cargo del expresidente de la República Horacio Manuel Cartes Jara”, describe el documento sobre este foco de investigación.
Giuzzio sostuvo que Cartes incurrió en enriquecimiento ilícito, alegando que habría aumentado su patrimonio luego de haber concluido su primer año en el ejercicio del cargo de presidente de la República, su capital aumentó en más de G. 1.500.000.000 (mil quinientos millones), además que, siendo mandatario, supuestamente realizó préstamos personales que aumentaron 5 veces más de lo registrado inicialmente, y que dicho monto habría totalizado la cantidad de G. 1.728.512.081.596.
Los investigadores analizaron los documentos proveídos por la Contraloría, comparando las declaraciones juradas de Cartes del 23 de agosto de 2013, del 31 de julio de 2014 y del 29 de agosto de 2018, al iniciar y concluir su mandato. A fin de evaluar la conformación y evolución patrimonial de Cartes, la Fiscalía tuvo acceso a documentaciones de una veintena de instituciones como Hacienda, Tributación, Presidencia, Corte Suprema de Justicia, Ande, Registro de Automotores, Comisión Nacional de Valores, Superintentencia de Bancos, Superintentencia de Seguros, Incoop, Conajzar, Dinac, Dinapi, Ministerio de Industria, Seprelad y Club Libertad, entre otras.
“Se ha hecho un relevamiento en todo el sector financiero, comercial y registrable de los activos que conformarían el patrimonio del señor Horacio Cartes Jara”, señala el documento fiscal, así como “una verificación del paquete accionario y evolución de todas las sociedades anónimas informadas por el Ministerio de Hacienda”.
Además, se puntualizan indagaciones aclaradas sobre casos concretos de fideicomisos, capitalización de acciones y préstamos atribuidos a Cartes, así como la rectificación en DDJJ sobre acciones de la sociedad Dominicana Acquisition, constituida en Panamá. “El examen realiza a su vez el aumento patrimonial que significó las diferencias cambiarias entre las distintas declaraciones juradas, tomando en consideración que en su mayoría las cuentas se encuentran operativas en moneda extranjera y en las declaraciones son expresados los valores en guaraníes”, se explica.
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Sin pruebas de contrabando
Respecto al presunto contrabando de cigarrillos que señalaba Giuzzio, los fiscales indagaron causas a la Unidad Especializada contra el Contrabando sobre incautaciones. Mientras que Tributación remitió documentación requerida en este punto, y refiriendo: “Se menciona que no es posible determinar la trazabilidad de los mismos, puesto que no se cuenta con las facturas físicas”.
En tanto, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó sobre las actividades principales y secundarias declaradas por Tabesa, confirmado que la actividad principal es la elaboración de productos de tabaco y la actividad secundaria es el comercio al por mayor de otros productos.
Finalmente, se solicitó mediante cooperación internacional un informe a la República Federativa del Brasil acerca de causas donde se pudieron realizar incautaciones de cigarrillos de origen paraguayo. “Se informó sobre el estado de las causas señaladas y que no se han identificado a personas o estructuras criminales paraguayas”, expresa el documento sobre la respuesta remitida por las autoridades brasileñas.
Conclusión
El documento fiscal concluye: “Realizado el proceso técnico - analítico de constatación de la relevancia penal de las conductas presumiblemente acontecidas, el proceso de subsunción resultó negativo, por lo que se puede concluir que la conducta no es típica, por no cumplir con los presupuestos de los tipos legales expuestos en el Código Penal y en las leyes complementarias. Entonces, del caudal fáctico emergente y de las constancias de autos, este equipo de investigación advierte que la figura procesal de Desestimación de la denuncia se encuentra ajustada a derecho, según los argumentos previamente expuestos”.
“Esto es así ya que, de los hechos mencionados en la denuncia que motivo la apertura de la presente causa no existen elementos que permitan concluir en forma positiva sobre la existencia del hecho y la participación de los denunciados en el mismo, sin embargo, existe la obligación de pronunciarse conforme a los elementos existentes, esto atendiendo al derecho de los procesados o investigados de tener una respuesta del órgano investigador en un tiempo determinado y oportuno y la necesidad de que el órgano jurisdiccional ejerza su rol de control y supervisión de las actividades procesales (…)”.
“Por tanto, en atención a los fundamentos expuestos, esta Representación Fiscal considera que acabadas las diligencias de recolección de elementos de convicción, no se han obtenido indicios suficientes que permitan señalar la existencia de hechos penalmente relevantes en relación a la hipótesis que ha sido fijada al momento del inicio de la investigación, motivo por el cual, corresponde la desestimación de la misma, previsto en los Arts. 301 Requerimiento Fiscal, inc. 1.° y 305 Desestimación del Código Procesal Penal, con los efectos previstos en el artículo 306 del mismo cuerpo legal”.