En la Cámara de Diputados, un grupo de legisladores presentó el proyecto de ley que “que regula la aplicación de la huella dactilar en los comicios”, con el objetivo de generar un nuevo sistema de transparencia en los procesos electorales. La iniciativa fue presentada por los diputados Rocío Abed, Justo Zacarías Irún, Basilio Núñez, y Esmérita Sánchez, de acuerdo al informe de la Cámara Baja.

Lo que plantea este proyecto es que la huella dactilar del ciudadano que sufrague sea valorada como un elemento infalible para evitar cualquier tipo de fraude, y con ella registrar la participación como una eventual prueba documental ante una investigación fiscal. Al respecto, la posible normativa establece que la huella dactilar será un elemento de identificación adicional a la cédula de identidad.

“Al momento de presentar la cédula de identificación, conjuntamente, deberá dejar constancia de su huella dactilar, con el sistema biométrico instalado para el fin”, menciona parte del documento presentado por los legisladores. Igualmente, se establece que “cada huella dactilar, previamente, deberá ser registrada en un sistema de registro habilitado para el efecto, que contendrá, igualmente, datos personales y fotos tipo carnet, del votante”.

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Los proyectistas argumentan que este mecanismo podría convertirse en una herramienta para ampliar la confianza, certeza y seguridad en los comicios, ya que cada huella dactilar es irrepetible, inmutable e identifica a cada individuo. Ante esto, cabe resaltar que en los comicios también es una práctica recurrente la compra o utilización de cédulas de identidad.

Mientras tanto, también se da participación al Tribunal Superior de Justicia Electoral, que quedará a cargo de la coordinación con el Departamento de Identificaciones, para establecer un plazo dentro de cada periodo electoral a fin de que el elector acuda a realizar la verificación de sus datos para participar de los comicios. También se plantea que la normativa sea aplicada inmediatamente una vez que cumpla con todo el circuito de sanción en el Congreso y la promulgación del Poder Ejecutivo.

Por otra parte, el documento garantiza el secreto del voto, que está establecido en el artículo 118 de la Constitución Nacional, por lo que este derecho no será comprometido con la puesta en vigencia de la normativa. El proyecto ya fue presentado en la Cámara Baja y fue remitido a las comisiones de Asuntos Económicos y Financieros; Legislación y Codificación; y a la de Ciencia y Tecnología.

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