El viceministro de Administración Financiera, Marco Elizeche, aclaró que desde el Ministerio de Hacienda no se gestó ningún pedido de ley para que se diera el aumento de impuestos como una estrategia para paliar el déficit que se registraría en la Caja Fiscal.
Elizeche remarcó que la posibilidad de que se dé un aumento de impuestos nació como una propuesta de solución ante el problema que podría significar la ley de actualización de haberes que se encuentra en el parlamento actualmente, ya que impactaría directamente a la Caja Fiscal.
Argumentó que el estudio técnico que la cartera económica compartió con el Congreso Nacional dió como resultado que, de darse la aprobación de la ley de actualización de haberes, llevaría a la necesidad de analizar la posibilidad de disminuir las inversiones públicas, o bien, realizar ajustes en materia tributaria.
Por otro lado, el viceministro aclaró que la reforma de la Caja Fiscal no será una tarea fácil, porque los puntos de análisis deberán ser estudiados de manera minuciosa y con un criterio serio, política y económicamente hablando para que se pueda llegar a un consenso.
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Por otra parte, el viceministro hizo hincapié en que se debe conformar una mesa de trabajo para poder desarrollar una propuesta de ley de reforma de la Caja Fiscal, donde se pueda contar con la presencia de técnicos financieros, exministros y también representantes de diferentes sectores de la sociedad civil.
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Fitch sostiene que se necesitan reformas adicionales para reducir el déficit de pensiones
La recientemente aprobada reforma en el sistema de pensiones del sector público ofrece “beneficios limitados” para las finanzas públicas del Paraguay, sostiene la calificadora internacional de riesgo Fitch Ratings.
Sin embargo, ante ello explica que es muy probable que se necesiten reformas adicionales para contener y reducir el déficit del sistema.
Las reformas al sistema de pensiones del sector público (Caja Fiscal) fueron aprobadas por el Congreso y firmadas por el presidente Santiago Peña en marzo pasado.
En su más reciente reporte, la calificadora señala que a pesar de que la reforma aprobada en el Congreso suavizó significativamente la propuesta original del gobierno, la misma sigue siendo coherente con la previsión de que el déficit de la caja fiscal de Paraguay disminuirá al 1,5 % del PIB en 2026 y que se mantendrá prácticamente sin cambios en 2027.
En tanto, advierte que las presiones fiscales están aumentando. En ese sentido, mencionó que las deudas registradas con proveedores del Estado podrían ejercer presión al alza sobre el déficit en 2026 si se liquidan directamente, o a mediano plazo si se liquidan mediante factoring u otros mecanismos.
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“Estimamos que el logro de la meta de déficit del 1,5 % respaldaría la estabilización de la deuda pública/PIB en torno al 31,6 % en 2026, una de las más bajas entre los países con calificación ‘BB’. Los bajos déficits fiscales y la deuda son factores que contribuyen a la perspectiva positiva de la calificación soberana ‘BB+’ de Paraguay, junto con un sólido desempeño y perspectivas de crecimiento gracias a una sólida cartera de inversiones y aumentos estructurales en la aún baja base de ingresos», señala el reporte.
Como conclusión, indica que la reforma fiscal de la caja de marzo difícilmente será un catalizador por sí sola para una mejora de la calificación soberana, ya que solo aborda modestamente los desafíos estructurales que podrían complicar el cumplimiento de las metas fiscales.
“Las perspectivas de una mejora de la calificación probablemente dependerán de otros esfuerzos para garantizar un bajo déficit fiscal, la sostenibilidad del sólido crecimiento y la dinámica de inversión de Paraguay, y una gestión exitosa de la crisis del petróleo”, concluye.
Las estimaciones del gobierno muestran que se estabilizará en el 1,2 % del PIB a partir de 2032, en comparación con el 1,6 % en un escenario sin reforma, aunque esto podría capturar principalmente la contribución estatal, lo que significa un beneficio menor para el saldo del gobierno central.
La reforma aprobada diluyó significativamente la propuesta original del gobierno que contemplaba una edad mínima de jubilación de 57 años y una contribución gubernamental menor del 3 %, tras la oposición del Congreso y las protestas públicas.
Esto pone de relieve el desafío institucional de reformar completamente la Caja Fiscal, a pesar del fuerte impulso reformista en otras áreas.
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Conductores de plataformas se movilizan y advierten sobre escasez del servicio
Conductores de plataformas se movilizan este miércoles en Asunción, Encarnación, Ciudad del Este y Bajo Chaco, lo que motivará la escasez del servicio.
La marcha nacional incluirá a choferes de tres plataformas. Aclaran que la medida no es contra los pasajeros, sino para mejorar las condiciones laborales y garantizar un servicio más seguro.
El motivo principal de la movilización es la solicitud de modificación de la tarifa, atendiendo el desajuste entre ganancias y costos, según explicaciones de Carlos Alvarez, vocero de la Asociación de Motociclistas de Plataforma (Amopla).
“Estamos pidiendo que se revise la tarifa, ya que el costo operativo para nosotros está siendo muy pesado y se nos hace difícil el trabajo”, manifestó esta mañana en declaraciones al programa “Así son las cosas” de canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
El pedido obedece a que las plataformas aumentaron su comisión, no así las tarifas en cuanto a ganancias para el conductor, sumado a la suba del combustible y otros gastos, precisó. “Nos vemos obligados a realizar esta marcha para que las plataformas puedan ir revisando ese punto”, precisó.
Ante el “paro” de servicio previsto entre las 9:00 y las 13:00, realizó una advertencia para los usuarios sobre la posible aparición de conductores no habilitados. “Quiero advertir que va a haber personas con cuentas ‘mau’ que van a querer aprovechar esta situación, lo que genera inseguridad a los pasajeros”, indicó.
Otro reclamo son las penalizaciones en caso de rechazo de viajes, establecido por una de las empresas de plataformas móviles.
“Pedimos que seamos reconocidos como conductores independientes, ya que el control algorítmico hace que no seamos independiente real en cuanto a este rubro. Es decir, no tenemos la posibilidad de decidir qué viajes tomar y cuáles rechazar”, explicó el conductor.
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De no hallar respuestas, tomarán medidas más severas, adelantó el vocero de Amopla. “Esto es una antesala a lo que vamos a estar realizando durante estos meses”, acotó.
Proyecto de ley
Cuestionan además el proyecto de ley que regula a los prestadores de servicios y usuarios, debido a que “afectaría solamente a los conductores y a los usuarios, no a las plataformas, deslindándose de toda responsabilidad jurídica dentro del territorio paraguayo”, sentenció.
Por dicho motivo, rechazan la propuesta legislativa argumentando que no sería equitativa para todos los sectores. También se oponen atendiendo que fue tratado solamente con representantes de plataformas, no así con ningún conductor de ninguna organización, mencionó el entrevistado.
“Entonces, lo que nosotros queremos es que la ley de por sí se modifique desde el título. Que sea, ley que regule a las plataformas digitales, prestadores de servicios y usuarios, que sea de forma integral”, puntualizó.
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Comisión dictamina a favor de la modificación de la ley de reforma de Caja Fiscal
La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados emitió dictamen favorable a la modificación de la ley que reforma la Caja Fiscal y que incluye a los magistrados judiciales.
Específicamente se refiere a la propuesta “Que modifica el artículo 14 de la Ley N° 7633/26, Que establece la reforma del sistema de jubilaciones y pensiones del sector público (De la reforma de la Caja Fiscal)”.
Esta iniciativa busca equiparar los criterios establecidos para los magistrados judiciales con los estipulados, en el artículo 13 de la normativa, para el magisterio nacional, los institutos de educación superior y los docentes universitarios, eliminando requisitos que no se aplican a otros sectores.
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El documento sostiene que resulta incongruente que dentro del mismo cuerpo normativo se adopten criterios distintos para el acceso a la jubilación transitoria.
Actualmente la Ley 7633/26 establece que los magistrados judiciales que deseen acceder a la jubilación ordinaria transitoria deben contar con veinte o más años de aporte y haber cumplido cincuenta y ocho años de edad a la fecha de entrada en vigencia de la normativa, condición que no se exige en el régimen transitorio previsto para el sector docente.
“En la Comisión de Presupuesto consideramos el proyecto que modifica el artículo 14 de la Ley 7633 que establece medidas para la reforma del sistema de jubilaciones y pensiones del sector público de la reforma de la Caja Fiscal. Especialmente nos enfocamos en lo que es el requisito de acceso a la jubilación para los magistrados”, señaló la diputada Cristina Villalba, presidenta de la Comisión de Presupuesto en entrevista con TV Cámara.
La legisladora recordó que la ley se promulgó, pero hubo un compromiso de la Comisión de Presupuesto con el gremio de los magistrados “para volver a tocar este tema y cumplir con este sector en las modificaciones especialmente haciendo la equiparación del artículo 13 que habla del sector docente”.
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DNIT recuerda vigencia del impuesto a dividendos y señala reglas de su aplicación
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó a los contribuyentes la vigencia del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU), que grava la distribución de ganancias a socios, accionistas o propietarios de empresas, en el marco del fortalecimiento del sistema fiscal.
Según explicó la DNIT, el tributo aplica a personas físicas, jurídicas y otras entidades, tanto residentes como no residentes, que perciban dividendos, utilidades o rendimientos. La tasa es del 8 % para residentes y del 15 % para no residentes.
El impuesto fue establecido por la Ley N.° 6380/2019, como parte de la reforma de modernización tributaria, y su aplicación varía según el tipo de contribuyente. En las sociedades anónimas, la obligación surge conforme a lo resuelto en asamblea; en las sociedades de responsabilidad limitada, según sus estatutos o en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio; mientras que en empresas unipersonales se genera en ese mismo plazo, salvo reinversión de utilidades.
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Para garantizar el cumplimiento, la normativa establece que las Entidades Generadoras de Dividendos, Utilidades y Rendimientos (Egdur) actúen como agentes de retención. Estas incluyen empresas unipersonales bajo el régimen general, sociedades, consorcios de obras públicas y entidades extranjeras con presencia en el país.
El pago del impuesto se realiza mediante retención a través del sistema Marangatu, y las entidades deben emitir el comprobante correspondiente dentro del plazo que se extiende hasta el último día del mes en que se genera la obligación o se realiza el pago.
La DNIT también recordó que las empresas deben actualizar sus datos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) e incorporar la obligación “Retención del IDU” (código 726), además de gestionar el timbrado de comprobantes.
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