El abogado Eduardo González, apoderado de Movimiento Honor Colorado ratificó que la Asociación Nacional Republicana (ANR) no permitirá que la oposición use el padrón colorado para definir candidaturas con miras a las elecciones generales del 2023. Recordó que hay un antecedente judicial que favoreció al Partido Colorado, cuando ya en el 2015 se intentó usar el padrón cuando se postuló a Mario Ferreiro para la intendencia de Asunción.

“No van a utilizar el padrón colorado, no corresponde, que dejen de querer usar el trabajo ajeno. El padrón es algo que nosotros cuidamos. Ahora mismo somos 2.600.000″, señaló a la 680 AM. En el caso de que la concertación decida usar el padrón, el asesor colorado dijo que se podría impulsar una acción judicial. “Ya hemos conversado con nuestros apoderados y con las autoridades del partido. Y nosotros creemos que no corresponde que se utilice el padrón colorado”, expresó.

Sobre el punto manifestó que hay una cuestión determinante al aclarar que no existe el padrón abierto sino el padrón nacional. Este último se utiliza para elecciones nacionales no así para las internas. “El padrón colorado va a ser utilizado por los colorados y no tendría por qué ser utilizado por la concertación, con el agregado de que el Partido Colorado no forma parte de la concertación”, enfatizó.

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Insistió que la ley claramente dice que los partidos o movimientos que forman la concertación elaborarán sus padrones, por lo que no se contempla que utilicen ni siquiera el padrón nacional.

Jurisprudencia

“Tenemos ya una jurisprudencia del año 2015 de la Corte Suprema que no le permitió a la concertación de Asunción que le candidataba a Mario Ferreiro, utilizar el padrón colorado”, resaltó. El abogado explicó el procedimiento que se aplicó en aquella ocasión para impedir que la oposición echara mano al padrón colorado. “En su momento cuando se planteó esa situación, se planteó una acción ante el Tribunal Electoral de la capital, que resolvió que no correspondía la utilización del padrón colorado”, recordó.

Refirió que esta resolución fue apelada por la concertación ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). “El Tribunal Superior hace lugar parcialmente a la apelación y dice que no pueden formar parte de la concertación los que tienen una sola afiliación. Eso recurre con una acción de inconstitucionalidad el Partido Colorado y consigue la medida de suspensión de efectos, donde manifiesta claramente que no debe utilizarse el padrón colorado”, relató.

Insistió que la Corte dijo que suspendía los efectos de lo que resolvió el TSJE afirmando que no tiene que utilizarse el padrón colorado. Teniendo en cuenta estos antecedentes que favorecen a la ANR, el abogado considera que de plantearse nuevamente una acción, la Justicia podrá resolver el caso con celeridad.

“Según el cronograma la concertación tiene hasta el 27 de junio para presentar la concertación. Y dentro de ese proceso tienen una serie de requisitos que vamos a verificar que cumplan. Porque la oposición está muy acostumbrada a presentar cualquier cosa y que por la participación se le deje pasar nomás también”, advirtió.

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