El senador del Partido Colorado Enrique Riera dijo que su excolega liberal y actual ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Víctor Ríos debe renunciar al cargo de rector de la Universidad Nacional de Pilar bajo el argumento que su función es más bien en el área administrativa que en la docencia.
“Yo cuestiono eso. En la Constitución dice que uno no puede tener dos salarios y por otro lado que no puede tener dos cargos, salvo la docencia y la investigación a tiempo parcial. Con esta excusa el ministro recientemente nombrado Ríos cobró dos salarios durante todo un tiempo hasta que salió la ley (ocupaba cargos como parlamentario y rector)”, indicó.
“Ser rector no es ser docente”
Ríos es rector de la universidad desde el 2005 hasta ahora. Su condición de rector y parlamentario motivó la ley que prohíbe a los legisladores y ministros de la Corte ocupar cargos administrativos en las universidades, tanto como rector como decano.
“Docencia es ser profesor. Yo creo que todos los ministros de la Corte enseñan en la facultad, pero ser rector es un cargo más administrativo que ser profesor. Yo no creo que ser rector sea ser docente, él debe renunciar”, sentenció en comunicación con la radio 1020 AM.
Lea también: Hagamos se suma al rechazo de volver al criticado sistema de listas sábana
Tras lograr en tiempo récord ser designado por sus pares en el Senado, mediante una cuestionada cocinada política entre el oficialismo colorado, un grupo de sus colegas liberales y de la izquierda, inmediatamente el presidente de la República Mario Abdo Benítez prestó el acuerdo constitucional para que finalmente Víctor Ríos jure como ministro de la máxima instancia judicial y sostener el día de ayer que seguirá firme en el cargo de rector.
Dejanos tu comentario
Corte investigará a abogada que usaba sala de juicios como set de videos para promocionarse
Luego de conocerse a las abogadas que defenderán a los padres del presunto asesino de María Fernanda Benítez comenzaron a saltar videos de las mismas usando la Sala de Juicios de la Corte Suprema de Justicia para promocionar sus servicios.
Esta situación generó el repudio y el cuestionamiento ciudadano, así como en el seno de la máxima instancia judicial, por lo que las abogadas serán investigadas.
Así lo anunció la Corte, al tiempo de recalcar que las mismas se exponen no solamente a sanciones administrativas, sino también a la suspensión en el ejercicio de la profesión.
Comunicado
Desde la Corte Suprema de Justicia emitieron un comunicado en el que indicaron que iniciarán la investigación para definir si las abogadas tiktokeras, María Fátima Muñoz y Gricelda Arana, usaron indebidamente la sala como se reporta.
Se trata de dos videos en los que se ve a las profesionales usar la sala de juicio oral para promocionar sus servicios. Los materiales luego fueron posteados en sus redes sociales. En uno de los videos se las ve bailando y en otro habla de cómo logró dejar en libertad a uno de sus clientes, acusado por homicidio doloso.
Podés leer: Joven fue agredida por su pareja con un machete y un hierro
Sanción o suspensión
“De conformidad al art. 4° de la Ley n.° 609/95, disposiciones de la acordada n.° 1597/21 y reglamentaciones concordantes, dispóngase el inicio de una investigación preliminar respecto a las presuntas irregularidades señaladas que guardan relación con la conducta desplegada por las abogadas María Fátima Muñoz Escobar y Gricelda Alejandra Arona Mieres", indicó el ministro César Manuel Diesel, en la orden.
El documento fue remitido a la Oficina Disciplinaria de la Superintendencia General de Justicia, previo registro en la Oficina de Quejas y Denuncias. Ambas abogadas se exponen a sanciones administrativas como la suspensión en el ejercicio de la profesión, apercibimiento con constancia de legajo y amonestación, incluso la casación de sus matrículas.
Antecedentes del caso
Los padres del presunto asesino de María Fernanda Benítez en Coronel Oviedo fueron detenidos y ya comparecieron ante el Juez. El guardiacárcel y la docente habrían escondido a su hijo de 17 años, entre el viernes y sábado previos al descubrimiento del cuerpo, en un hotel mientras denunciaban su supuesta desaparición en la comisaría 31ª del barrio Azucena.
El juez penal de Garantías de primer turno, Armando Mendoza, dispuso hacer lugar al pedido de la Fiscalía, de decretar la prisión preventiva para ambos adultos. El padre del presunto homicida cumplirá la medida de reclusión en el penal de Emboscada, mientras que la madre irá al pabellón de mujeres de la Penitenciaria Regional de Misiones.
Lea también: Caso parque Guasu: ratifican prisión de acusado
Dejanos tu comentario
Inminente fallo de la Corte Suprema de Justicia argentina sobre Cristina
- Ricardo Rivas
- Corresponsal en Argentina
- X: @RtrivasRivas
La Corte Suprema de Justicia (CSJN) argentina “tiene acuerdo” (sesiona con todos sus jueces), como se alude a esas reuniones de trabajo en la magistratura, cada martes.
Excepcionalmente, lo hacen en algún otro día cuando una urgencia inesperada lo exige. Mañana, sin embargo, nada indica –según voceros habitualmente seguros que dialogaron con La Nación con la condición de mantener en reserva sus identidades– que los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se dispongan a tratar la situación judicial de la expresidenta Cristina Fernández, condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por ser penalmente responsable de reiterados hechos de corrupción.
Sin embargo, las mismas fuentes, arriesgan que “seguramente analizarán el caso el martes 17 de junio”. ¿Será así?
“Proceso electoral argentino atravesado por situación judicial de expresidenta Cristina”, decíamos una semana atrás. Hoy, más que nunca vale reiterarlo.
La viuda del expresidente Néstor Kirchner (2003-2007), luego de anunciar su intención de ser candidata a diputada para la Legislatura de la provincia de Buenos Aires por la tercera sección electoral, cada minuto hacia las elecciones de medio tiempo aquí se referencia en ella.
Mucho más porque, en ese distrito –“la tercera”– el peronismo, con excepción de 1983, cuando triunfó Raúl Alfonsín y, 1997, cuando en una legislativa la ganadora fue la señora Graciela Fernández Meijide, es imbatible.
¿Fechas relevantes, en ese contexto? El ya mencionado martes 17 de junio; y, en el caso de que su estatus judicial no esté aún resuelto, el sábado 19 de julio cuando en la medianoche de ese día concluya el plazo para formalizar las candidaturas y la señora Fernández –con esa condición– ya tendrá fueros y, por tanto, no podría ser detenida. Justamente por ello, las tensiones generalizadas en el ecosistema político en general y en el peronismo en particular donde la pregunta del millón es una sola: ¿irá presa Cristina?
Por su edad, Cristina Fernández (72) se encuentra incluida dentro de los supuestos de la Ley 26472, promulgada el 12 de enero de 2009 y, por tanto, se puede permitir su arresto domiciliario para evitar ser alojada en un establecimiento carcelario, pero esa decisión es privativa de los jueces que deben decidir en cada caso.
De todas formas, antes de que ello pueda ocurrir, los debates serán amplios e intensos.
Algunas de esas discusiones serán de tipo técnico y jurídico en tanto que otras se darán en el espacio público donde el peronismo procurará instalar la idea de que la presidenta del partido será proscripta; mientras que otros dirán que se trata –en el caso de que la sanción impuesta hasta ahora en dos instancias judiciales sea confirmada y quede firme por parte de la Corte– de una condena política.
Las especulaciones aquí son intensas, de todo tipo y, en general, sin solidez argumental. Veamos. Hay quienes aseguran que desde el Poder Ejecutivo se presiona para que la Corte Suprema de Justicia demore el tratamiento del caso (el supremo no tiene plazos) para que el partido oficialista La Libertad Avanza (LLA) pueda medirse electoralmente con el peronismo kirchnerista de Cristina y vencerla en las urnas. ¿Quién podrá comprobar que este supuesto es así? ¿Quién admitirá que personalmente opera en ese sentido?
Otras versiones sostienen que “si Cristina va presa se beneficia Axel” Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires, quien fuera ministro de Economía de Cristina Fernández con la que, desde largo tiempo y especialmente en el último semestre, se encuentran distanciados por diferencias profundas en el diseño y ejecución de políticas partidarias de alcance nacional.
Pero… ¿podría beneficiar electoralmente al líder bonaerense del peronismo en el poder provincial si la presidenta del partido es encarcelada por corrupción?
Mientras se desarrollan tales especulaciones, al parecer, las preocupaciones sociales van por otro camino.
Según la encuesta más reciente realizada por el consultor Hugo Haime, de alcance nacional, para conocer las principales preocupaciones sociales, en el tope del ranking con el 34 %, se encuentran los bajos salarios; inmediatamente después la corrupción (30 %); luego la pobreza (29 %); la inseguridad (24 %), y el desempleo (23 %). La inflación –que poco tiempo atrás lideraba– descendió hasta el séptimo lugar.
Claramente, la gente transita muy alejada de la política. Tres encuestadores que también trabajan para el oficialismo, con reserva de sus identidades, comentan que “lo que debaten los actores políticos no le importa a mucha gente”.
Coinciden en agregar que “tal vez por ello se verifica tanta abstención a la hora de votar y que amplios sectores ciudadanos no concurren a las urnas”.
“En las más recientes elecciones realizadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) –ejemplificaron ante La Nación– votó la mitad de quienes estaban habilitados para hacerlo. El triunfador, con el 30 % de los sufragios, en términos estadísticos, representa aproximadamente al 17 % del total”.
¿Cuál es el diagnóstico sobre esta actitud social? Si bien admitieron que “están estudiando” el tema, dos de ellos, expresaron que “en principio creemos que estamos frente a algún grado de astenia cívica grave, después de muchos años de frustraciones posteriores a la crisis de 2001 que aún no fue resuelta”. ¿Será así?
La Real Academia Española (RAE) define la astenia como “falta o decaimiento de fuerzas, caracterizado por apatía, fatiga física o ausencia de iniciativa”. Preocupante.
Dejanos tu comentario
Senador plantea aumentar penas de 8 a 20 años para adolescentes que cometan crímenes
El senador José Oviedo presentó una iniciativa que plantea el aumento de penas de 8 a 20 años para los adolescentes que cometan crímenes. Señaló que la propuesta surge por requerimiento ciudadano ante los últimos hechos que enlutaron al Paraguay.
“Hay voces a favor en el Senado. Se debe analizar el contexto internacional, pero hasta ahora no encontré ninguna limitante para poder aumentar las penas. Yo revisé los acuerdos internacionales como, por ejemplo, el pacto de San José de Costa Rica", comentó el legislador, este viernes, en una entrevista con la 1140 AM.
Oviedo detalló que su proyecto plantea elevar de 8 a 20 años mediante la modificación del Código de la Niñez y Adolescencia. “La idea es que los mayores de 14 años sean juzgados como adultos”, puntualizó.
Actualmente existen otros dos proyectos de ley en el Poder Legislativo que apuntan a castigar con dureza los crímenes cometidos por menores. Una de ellos fue presentado por el senador Javier Zacarías, que propone el aumento de las penas hasta 15 años.
Mientras que la otra propuesta, impulsada por el diputado Rubén Rubin, propone la aplicación de la cadena perpetua como pena máxima ante un homicidio. Los proyectos surgieron tras los crímenes de un trabajador delivery en el barrio San Francisco de Asunción, Alfredo Duarte Flores, y de la joven María Fernanda Benítez en Coronel Oviedo.
No obstante, Oviedo aclaró que es consciente que establecer el aumento de las penas no solucionará el conflicto y que debe ser abordado de una forma más integral trabajando en políticas preventivas.
Dejanos tu comentario
Senado recusó a integrantes de sala constitucional por caso Kattya
La presidencia del Senado, liderada por Basilio Núñez, recusó al ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos y al camarista del fuero civil, Esteban Kriskovich, quienes integran la sala constitucional ampliada que analizará la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González contra su pérdida de investidura. Ahora deberá integrarse la CSJ con otros dos camaristas para resolver ambas recusaciones.
En el argumento para apartar a Ríos se hace alusión a que el mismo, en reiteradas ocasiones, preopinó sobre el caso, por lo que ya no puede intervenir en el fondo de la cuestión. “En su momento, él también fue legislador y participó de pérdida de investidura de varios excolegas”, comentó Núñez, este miércoles, en una entrevista con los medios de comunicación.
El documento de recusación contra Ríos indica que “los elementos fácticos que respaldan está recusación sobrevenidos y claramente identificables refuerzan de forma forma contundente la razonabilidad de la petición. Cabe destacar que, inicialmente, existía la convicción de que el pasado político del magistrado en cuestión no incidiría en el ejercicio de su función jurisdiccional. Incluso, albergábamos la expectativa, basada en el principio de buena fe procesal, de que su experiencia previa no influiría en su valoración de los hechos y en su desempeño como juez constitucional”.
Agrega que, “sin embargo, sus intervenciones públicas, formuladas ya ostentando la calidad de ministro de la Corte Suprema de Justicia, son elocuentes como para disipar toda expectativa de neutralidad. Se trata de declaraciones reiteradas, precisas y claramente orientadas hacia una de las posiciones procesales debatidas en este proceso judicial".
La recusación presentada con el respaldo de un grupo de senadores indica: “No nos hallamos ante expresiones vagas, circunstanciales o de carácter técnico doctrinario. Por el contrario, las manifestaciones referidas, expuestas de forma abierta y pública, revelan un posicionamiento definido y anticipado respecto del conflicto constitucional que esta sala debe resolver, por todo ello no puede interpretarse esta recusación como una maniobra procesal improcedente ni como una invocación extemporánea del derecho a recusar”.
Se señala que la petición es “legítima, presentada de manera responsable y dentro de los márgenes temporales legales, en atención a hechos que no solo configuran una sospecha, sino que constituyen una causal efectiva, concreta y objetiva demostrable para apartar al magistrado de la causa”.
Leé también: Marset reacciona al verse acorralado, afirma ministro de la Senad
“Causa presentada”
Mientras que la recusación contra Kriskovich fue impulsada sin “causa presentada”. En el documento se sostiene que la medida fue realizada conforme con lo dispuesto en el artículo 24 y concordantes del Código Procesal Civil, el cual exige que se dé curso al trámite legal correspondiente y se resuelva según lo solicitado previo a cualquier pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
“Esto es hasta una cuestión ética, teniendo en cuenta que él fue embajador durante el gobierno del expresidente de la República, Horacio Cartes”, refirió Basilio Núñez.
El camarista aceptó atender el caso tras la inhibición de los ministros Eugenio Jiménez Rolón y César Garay Zuccolillo. A finales de mayo, la Corte comunicó al Senado la integración de la sala constitucional ampliada, cuyos integrantes también son los ministros Gustavo Santander, César Diesel, Alberto Martínez Simón, Carolina Llanes, Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y el camarista Miguel Ángel Rodas.
Antecedentes
Kattya González quedó fuera del Senado el 14 de febrero del 2024. Mientras que la acción de inconstitucionalidad fue promovida el 27 de febrero del mismo año.
Un total de 23 senadores acompañaron la expulsión de la ahora excongresista de la Cámara Alta, registrándose siete abstenciones y 15 ausencias. El procedimiento se basó en un libelo acusatorio de 73 páginas, en que, entre otras argumentaciones, sindicaban a la ahora exparlamentaria de uso indebido de influencias.
Te puede interesar: Peña busca acuerdos con una de las mayores compañías tecnológicas del mundo