La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que permite al Tribunal Superior de Justicia Electoral percibir multas por las faltas electorales previstas en el Código Electoral. Esta normativa modifica el artículo 6º de la ley que reglamenta a la Justicia Electoral.

Durante el estudio se trataron dos proyectos correlativos, el primero definió que el TSJE sería el ente que percibiría las multas de G. 40 mil aproximadamente, en el caso de no cumplir con el pago se aplicarán sanciones administrativas.

La otra propuesta aprobada concede al departamento de la Policía Nacional la facultad de cobrar las multas previstas en el artículo 332º del Código Electoral de aquellos que no acudan a votar. Se estableció que se cobraría medio jornal en caso de que no se participa durante los comicios.

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El senador Enrique Riera, como proyectista, dijo que “es una obligación participar en la conformación de autoridades y con este proyecto vamos a efectivizar un artículo vigente, pero por faltar quién cobra, cuánto y en qué casos no era aplicable. Por eso queremos que funcione antes de las municipales”, expresó.

De esta forma aquel que no cumpla con su deber cívico básico una vez cada 5 años, “por lo menos le va costar algo”, añadió el legislador colorado. Pero para el senador Sergio Godoy era importante que se agregue que para imponer la multa debe haber un procedimiento previo, pero esta idea no prosperó.

En el caso que no paguen la multa, se establecen sanciones como la suspensión de trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), la emisión de pasaportes y antecedentes en el Departamento de Identificaciones, los trámites ante la Dirección de los Registros Públicos, Dirección de Catastros, Registros del Automotor, municipalidades y gobernaciones y suspensión de regulación de transferencias monetarias condicionadas.

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