En Encarnación, durante el festejo del día de la niñez, el presidente Mario Abdo Benítez fue recibido por los vecinos encarnacenos al grito de “fuera” y “asesino”. El jefe de Estado desarrolló su jornada de Gobierno en la ciudad de Encarnación para inaugurar mejoras para el sistema sanitario en la zona.
Los pobladores, de manera multitudinaria se congregaron ante la llegada del presidente, y lo se esperaba sea una bienvenida calurosa resultó un repudio generalizado. Con abucheos, el presidente descendió con protección de su escolta, sin embargo pudo escuchar la reprobación de la gente.
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Intentan bloquerar caravana de Abdo
En otro punto de Encarnación, varios camioneros intentaron bloquear el paso a la caravana presidencial en la Ruta Nacional PY06 “Doctor Juan León Mallorquín”, a la altura de la ciudad Capitán Miranda, distrito del departamento de Itapúa; que sigue bloqueada, pero la Policía Nacional logró hacer pasar al presidente Mario Abdo Benítez.
La jornada de festejo por el día de la niñez y la jornada de gobierno en Encarnación incluía la inauguración de la Unidad de Terapia Intensiva Pediátrica del Hospital Regional de Encarnación. Así también, la habilitación del Pabellón de Contingencia Respiratoria en el Hospital Regional del Instituto de Previsión Social (IPS) de Encarnación.
Durante su discurso en la inaguración de las obras, Abdo Benítez no hizo mención alguna a los repudios que se reflejaron en improperios y duros calificativos; así también sobre los bloqueos de rutas, en clara reprobación de sus medidas. Abdo se centró en sus acciones de Gobierno y no en la percepción ciudadana.
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El MOPC recuerda que no autoriza la instalación de carteles en la franja de dominio
A través de un comunicado oficial, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) enfatizó que no concede autorizaciones para la colocación de carteles en estos espacios protegidos, amparándose en el artículo 43 de la Ley N.º 5016/2014, “De Tránsito y Seguridad Vial”. Esta postura se da en el contexto desatado en Ciudad del Este, donde pantallas Led ubicadas en la zona primaria exhibieron mensajes que atentaban contra la dignidad del país.
Asimismo, en el comunicado expresaron que las tareas de despeje muchas veces se ven retrasadas por acciones judiciales promovidas por empresas infractoras. A la vez mencionan el retiro inmediato de carteles publicitarios, pórticos y estructuras no autorizados instalados en la franja de dominio de las rutas nacionales.
Deslindan responsabilidad tras incidentes en Alto Paraná
En esa línea, gremios del sector publicitario local reportaron indicios de que los soportes digitales sufrieron una manipulación no autorizada o hackeo informático.
Por su parte, la firma New Zone Importados emitió un comunicado aclaratorio en el que rechazó categóricamente cualquier contenido ofensivo hacia los valores y la cultura nacional. La empresa aclaró que no tiene relación con dicha difusión y solicitó de inmediato la eliminación de los contenidos y un informe de auditoría a la firma responsable del manejo de dichos espacios publicitarios.
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Wiens firmó convenio con empresa responsable
Según un comunicado emitido por la comuna, la empresa Fast Print es responsable de los citados carteles y en el marco de las investigaciones sobre el hecho, se constató que la utilización de estos espacios proviene de un acuerdo de la gestión pasada.
Específicamente, se trata de un convenio suscripto en junio del año 2021 entre el entonces ministro del MOPC, Arnoldo Wiens Durksen, y la empresa Fast Print, representada por Ceferino Antonio Díaz. Dicho acuerdo, denominado de “Revitalización y Reestructuración”, otorgaba el uso de los espacios de dominio desde el inicio de la ruta PY02 hasta el kilómetro 4 de Ciudad del Este.
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Ciudadanos enojados destruyeron carteles publicitarios tras mensajes ofensivos
Ciudadanos congregados rápidamente en torno a los carteles publicitarios que emitieron mensajes ofensivos contra Paraguay, tiraron abajo las estructuras metálicas y las destruyeron. El acto fue realizado con gritos de repudio a Brasil. Según las primeras revisiones del caso, todo indica que fue un hackeo lo que permitió la emisión de los mensajes muy repudiados.
Mientras las personas pisaban y destruían la estructura tirada, uno de los que observaba el hecho es el concejal departamental Aldo Barrios (Yo Creo), con camiseta de la albirroja, según uno de los vídeos que circula.
Agentes del Departamento de Seguridad Turística (Desetur) intervinieron en el tumulto creado sobre la ruta en torno a los carteles.
“Personal policial realizó cobertura preventiva en el sector, con la finalidad de preservar el orden público, evitar enfrentamientos y garantizar la seguridad de las personas presentes, procediendo, además, a recabar datos e informaciones relacionadas con el hecho para los trámites correspondientes”, refiere el informe.
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En medio del repudio generalizado expresado en redes, también se exige una reacción más fuerte de las instituciones responsables de estos carteles, por ejemplo, el MOPC como encargada del dominio y la Municipalidad como responsable de la patente y del cobro tributario.
En un primer comunicado, la comuna informó que la empresa responsable de los carteles es Fast Print, pero en un segundo aviso dice que son dos las firmas, incluyendo también a Publimex. A la vez, dice que presentará denuncia ante la Fiscalía.
La Municipalidad de Ciudad del Este debe informar claramente qué empresas son las responsables de todos los carteles, si sus patentes y pagos de tributos están al día, así como los montos pagados, además de exhibir la autorización que le fuera emitida por el MOPC a las empresas para usufructuar esos dominios. El MOPC también debe informar sobre la autorización a las empresas.
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Ciclismo internacional: L’Étape Encarnación proyecta inyectar USD 4 millones a la economía local
Una cifra estimada en unos USD 4 millones es el impacto económico de L’Étape Encarnación 2026 by Tour de France, acontecimiento deportivo de alcance mundial previsto para el próximo 31 de mayo, según cálculos de los organizadores.
La competencia reunirá en la ciudad de Encarnación a ciclistas nacionales e internacionales provenientes de Argentina, Brasil, Uruguay, Chile y otros países, consolidando a Paraguay como un nuevo destino para eventos deportivos de alto nivel.
El evento es organizado por Rebelocity y su socio fundador Víctor Heredia destaca que esta edición representa un punto de inflexión para el desarrollo del ciclismo en el país y una oportunidad para que los atletas locales vivan una experiencia oficial del Tour de France sin salir del territorio nacional.
Heredia mencionó que la capital de Itapúa fue elegida para la competencia por su infraestructura urbana, su entorno turístico y su capacidad hotelera.
Heredia, empresario y atleta mexicano, es socio fundador de Rebelocity, empresa dedicada a la organización de eventos deportivos internacionales de alto rendimiento en Paraguay.
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Bajo su liderazgo, Rebelocity ha traído al país las marcas Ironman y L’Étape by Tour de France, posicionando a Paraguay como un referente del deporte de resistencia en América del Sur.
DERRAME ECONÓMICO
Los datos de la organización proyectan un importante derrame económico mediante este evento deportivo mundial.
En alojamiento se estiman un ingreso en torno a los G. 8.000 millones (USD 1,09 millones). Esto incluye el gasto de los atletas y acompañantes.
En alimentación, transporte y actividades turísticas estiman unos G. 4.600 millones (USD 620.000), y en cuanto a contribución directa total de atletas y acompañantes prevén un ingreso de G 12.689.600.000, equivalentes a USD 1,7 millones, lo que totalizarían entre 3,5 y 5 millones de dólares.
Esta cifra incluye no solo el gasto de atletas y acompañantes, sino también la inversión en la operación del evento, la contratación de servicios locales, logística, personal y la atracción de visitantes y turistas adicionales que se suman al ambiente del evento.
“El Tour de France trae ciclistas de todo el mundo a nuestra región. Cada atleta internacional que viaja a competir viene con su familia, su equipo, sus días de turismo. Ese movimiento de personas genera una cadena económica real que beneficia a Posadas tanto como a Encarnación. Es una oportunidad que la región no puede desaprovechar,” señaló Víctor Heredia, co-director de Rebelocity.
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Presentan acusación ante el JEM contra jueza de Encarnación por mal desempeño en sus funciones
El presidente de la Asociación de Rematadores del Paraguay, Atilio Estigarribia, presentó una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) por mal desempeño en sus funciones contra la jueza en lo Civil y Comercial de Encarnación, Rossana Aurora Verón, por anular sin fundamento un remate judicial llevado a cabo en noviembre de 2025. El caso corresponde al expediente caratulado: “Ejecución de sentencia promovida por Gladys Bianchetto en los autos Waldimiro Moskalik sobre sucesión”.
El denunciante solicita a los integrantes del Jurado que se inicie el enjuiciamiento y se ordene la suspensión en sus funciones de la cuestionada magistrada. Ahora, el JEM deberá estudiar si corresponde iniciar la investigación y dar curso al pedido.
La acusación señala: “En el expediente judicial referido fui designado como rematador público a los efectos de llevar adelante la subasta de derechos y acciones hereditarios pertenecientes al señor Miguel Moskalik Duarte. Procedí a la publicación de los edictos correspondientes, dejándose expresa constancia en los mismos de que el comprador debía abonar el importe íntegro de su compra conforme al régimen legal vigente”.
Refiere que “en fecha 5 de noviembre de 2025, en el horario fijado judicialmente, se llevó adelante el acto público de subasta con todas las formalidades legales correspondientes y bajo las facultades conferidas por las leyes procesales vigentes. Al acto concurrió la ejecutante, la abogada Gladys Noemí Bianchetto Sandoval, y Yeniel Iglesias Romero, desarrollándose normalmente la puja entre los postores presentes”.
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Indica igualmente que, luego de diversas posturas, la ejecutante resultó inicialmente adjudicataria, por lo que debía proceder al pago íntegro y al contado del precio ofertado. Sin embargo, ella manifestó no poseer la totalidad del dinero necesario para perfeccionar la compra e intentó completar el pago mediante transferencias parciales y pagos fragmentados, inclusive provenientes de terceros, sin llegar a integrar el monto total.
Ante dicho incumplimiento, y luego de aguardarse un tiempo prudencial conforme a las facultades del rematador, se procedió a reanudar la subasta. Resultó finalmente adjudicatario el señor Yeniel Iglesias Romero por la suma de G. 20 millones, por constituir la mejor postura existente en ese momento.
La acusación expresa que, llamativamente, la magistrada dictó el A.I. N° 268 de fecha 22 de mayo de 2026, resolviendo hacer lugar al incidente de nulidad y declarar nulo el remate. El denunciante califica la conducta de la jueza como “manifiestamente arbitraria” y apartada de las constancias objetivas del expediente, incurriendo en una valoración parcial, antojadiza e infundada de los hechos.
Sostiene que la jueza prescindió del análisis integral de las disposiciones del Código Procesal Civil que regulan los remates, especialmente en lo relativo al pago al contado y a las consecuencias del incumplimiento del adjudicatario inicial, extremo que fue reconocido en los autos por la propia incidentista.
También refiere que la resolución cuestionada atribuye irregularidades graves al rematador sin que exista prueba concluyente, suficiente ni objetiva de una conducta dolosa o fraudulenta. Afirma que la jueza arribó a conclusiones sustentadas únicamente en apreciaciones subjetivas.
Estigarribia recuerda que, conforme al artículo 487 del Código Procesal Civil, el rematador judicial es el único responsable de recibir el dinero proveniente de la compra, la seña o las sumas entregadas por los postores, para luego depositarlo en la cuenta judicial correspondiente. Por ello, critica que la jueza considerara la recepción del dinero por parte del rematador como una irregularidad invalidante.
Finalmente, el escrito menciona que esta actuación no es un hecho aislado, sino que la magistrada ya cuenta con cuestionamientos previos por desconocimiento e incorrecta aplicación de normas legales.
La acusación alega la transgresión del artículo 168 del Código de Organización Judicial; los artículos 476, 484, 485, 487 y 492 del Código Procesal Civil; el artículo 558 del Código Civil; y el artículo 3 del Código de Organización Judicial.
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