El diputado Roberto González presentó esta semana un proyecto de ley que busca modificar seis artículos de la ley que establece la pensión universal para adultos mayores, con el objetivo de extender este beneficio a las personas con discapacidad severa, independientemente a su edad.
La iniciativa plantea modificar los artículos 3°, 7°, 8°, 10, 12 y 17 de la Ley N° 7322/2024, ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
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La propuesta legislativa surge como respuesta a lo que el parlamentario considera una “omisión significativa” en la ley original, que dejó desprotegida a una población vulnerable que enfrenta barreras importantes para su inclusión social y económica.
Según la exposición de motivos la Ley 7322/2024 nació con el propósito de otorgar un ingreso económico mensual equivalente al 25% del salario mínimo, a personas vulnerables que, por su edad o condición física, no pueden acceder al mundo laboral.
“La mencionada ley no contempla a personas con discapacidad severa de cualquier edad, dejando desprotegida a una población vulnerable que aparte de las carencias y dolencias físicas, debe sobrellevar costosos tratamientos médicos”, argumenta el diputado en su escrito de presentación.
Agrega que el proyecto encuentra sustento en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, ratificada por Paraguay, que en su artículo 28 establece el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado, incluyendo acceso a protección social.
Refiere, igualmente, que el documento se apoya en el artículo 25 de la Constitución Nacional, que reconoce específicamente los derechos de las personas con discapacidad, y busca garantizar el principio de vida digna consagrado en la Carta Magna.
Algunas de las modificaciones incluyen la incorporación de las personas con discapacidad severa certificadas por la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (Sinadis), como beneficiarias de la pensión mensual no menor al 25% del salario mínimo, independientemente a la edad.
Además, crea el “Fondo de Pensión a Personas con Discapacidad Severa” como complemento al fondo existente para adultos mayores. Así como establece que el Ministerio de Economía y Finanzas debe crear un objeto de gasto específico para el pago de pensiones tanto a adultos mayores como a personas con discapacidad severa.
Mantiene las mismas restricciones para acceder al beneficio, excluyendo a quienes reciban remuneraciones del sector público o privado, contribuyan al Impuesto a la Renta o posean más de 30 cabezas de ganado.
González argumenta finalmente que la medida no solo promoverá la inclusión social, sino que también aliviaría la carga económica de las familias que cuidan personas con discapacidad severa.
Es importante mencionar que también existe otro proyecto que persigue el mismo fin, que fuera presentado por un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados.
Se trata del proyecto de ley “Que modifica el artículo 3º de la Ley N° 7322/2024 ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
Este proyecto establece que las personas con discapacidad severa, constatadas y certificadas por la Sinadis, podrán acogerse a los beneficios de la presente ley a los sesenta años de edad.
Por otro lado, estipula y aclara que para acogerse a este beneficio bastará que el postulante tenga un grado de discapacidad igual o superior al 50% (cincuenta por ciento).
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