El Poder Ejecutivo declaró estado de emergencia para la navegación en los ríos Paraná, Paraguay y Apa, mediante la promulgación de la Ley N° 6767. A través de la Gaceta Oficial del viernes pasado, el presidente publica la normativa que faculta a realizar acciones de urgencia.

La legislación estipula que, para el dragado, el Poder Ejecutivo podrá disponer de hasta G. 147.000 millones de la resignación de los saldos no comprometidos de los préstamos vigentes y de las colocaciones de título de deuda del tesoro público.

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Dragado de ríos

Con respecto a la distribución de los montos asignados, indican que el 70% se destinará para el dragado del río Paraguay, por ser la principal hidrovía y el 30% para el Paraná, en el tramo desde confluencia hasta la represa de Yacyretá. No se menciona el tramo hasta la represa Itaipú.

El periodo de sequía, la histórica bajante y los pronósticos climáticos para los próximos meses llevaron al Gobierno Nacional a adoptar la normativa para viabilizar la navegalidad de los ríos. Asimismo, las proyecciones indican escasas lluvias, lo que agravaría la situación.

Anteriormente, para mitigar el déficit hídrico que sufre el río Paraná y sus afluentes, Paraguay y Brasil llevaron a cabo medidas urgentes para obtener 12.000 metros cúbicos por segundo, por 6 días de afluencia, que permitió al río Paraná alcanzar una altura de 1.20 a 1.40 metros, aguas abajo de la represa de Yacyretá (hidrómetro de Ituzaingó).

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