Esta es la primera vez que se usa la máquina de votación en las elecciones y se hace porque se aplica, también por primera vez, el desbloqueo de listas. No obstante, numerosos electores no saben utilizar correctamente el equipo lo que genera cierta demora ya que en ocasiones creen que se traba y no imprime la papeleta, cuando en realidad no fue colocada correctamente.
Al respecto, Cinthya González, delegada del TSJE y coordinadora del local en la Seccional Colorada N° 133/1 de Capiatá, explicó que si bien la jornada arrancó de manera tranquila, el tropiezo fue que la gente no sabe usar la máquina de votación. “La gente no sabe votar con la máquina, tenemos una máquina para la práctica pero la dificultad es el conocimiento en el uso, cómo colocar el boletín. A veces colocan mal y piensan que se traba”, aseguró.
En el local a su cargo fueron habilitadas 53 mesas, de las cuales 13 fueron trasladadas al colegio nacional para evitar la aglomeración. En cada mesa pueden votar hasta 400 electores, totalizando en ese local 21.000 electores.
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En tanto, Hugo Chávez, soporte técnico del TSJE se refirió a los posibles desperfectos que pueden surgir durante la jornada de votación. Agregó que uno de los principales problemas es que la gente no sabe introducir los boletines y allí se genera el inconveniente. Sin embargo, aseguró que la votación no puede parar, para lo cual se prevé que el elector pase a la otra máquina.
“La votación no debe parar. Si una máquina presenta incidente, debe pasar en la otra para seguir. Cuando es así debemos reinicar la impresora para que tenga la tinta y marque nuevamente las opciones seleccionadas. Si el elector le marca, entonces se imprime nuevamente. Esto es algo nuevo que tenemos que acompañar todo junto”, aseguró.
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Más de 41.000 abogados elegirán a sus representantes ante el Consejo de la Magistratura
Más de 41.000 abogados se encuentran habilitados para elegir el próximo sábado 28 de noviembre a sus nuevos representantes ante el Consejo de la Magistratura (CM), quienes asumirán sus funciones durante el periodo 2026-2029. A la vez, desde mañana lunes 2 de noviembre, serán instaladas en los Palacios de Justicia y otros lugares estratégicos del país las máquinas de votación con la finalidad de que los abogados puedan familiarizarse con el sistema
La iniciativa forma parte de un programa de orientación impulsado por la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) rumbo a los comicios. Los profesionales tendrán la posibilidad de realizar ensayos presenciales con las máquinas y recibir instrucciones de técnicos electorales sobre el procedimiento, el manejo de los equipos y la correcta utilización de las papeletas. Los dispositivos estarán disponibles tanto en la sede judicial de Asunción como en las distintas circunscripciones del territorio nacional.
Quienes prefieran prepararse a distancia también podrán recurrir a una plataforma digital habilitada por la Justicia Electoral, a través de la dirección https://simuladoroficial.tsje.gov.py. Tanto las prácticas presenciales como las virtuales buscan evitar inconvenientes y garantizar que los electores conozcan el mecanismo antes de acudir a las urnas.
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Candidaturas
El TSJE oficializó cuatro listas: La Lista A, Renovación Gremial, propone a Enrique Javier Berni Brítez y Nilsa Cáceres de Hernández como titulares. La Lista B, Gremio Unido y Solidario, lleva a Gerardo Ramón Bobadilla Frizzola y José Antonio Valenzuela Pavón. La Lista J, Es Nuestro Momento, presenta a Jorge Luis Bogarín Alfonso y Rolando Milciades Aquino Navarro; y la Lista S, Unidad Gremial, postula a Juan Migdonio Sosa Bareiro y Nidia Ignasia Silvero de Prieto. Cada agrupación cuenta también con dos candidatos suplentes.
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Cortes de luz no afectan la autonomía de las máquinas de votación
En medio de un nuevo aviso meteorológico emitido a las 9:00, que alerta sobre lluvias intensas para el norte de la región Oriental y este del Chaco; las elecciones municipales continuarán con su desarrollo hasta las 17:00, pese a eventuales cortes de luz, considerando que las máquinas de votación cuentan con las garantías y especificaciones técnicas para su autonomía respecto al suministro eléctrico.
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) desplegó 17.992 máquinas de votación, de las cuales 14.711 máquinas se encuentran instaladas en las mesas receptoras de votos, distribuidas en los 263 distritos del país. Otras 1.187 máquinas están ubicadas en cada uno de los locales de votación habilitados para guiar y orientar al electorado. Mientras que, para reserva y contingencia: 2.094 máquinas están al reemplazo inmediato ante posibles fallas técnicas o inconvenientes operativos.
La autoridad electoral informó que, al estar cargadas al 100 %, las máquinas disponen de una batería interna con una autonomía de hasta 12 horas continuas de funcionamiento, que cubre prácticamente la totalidad de la jornada de votación de 7:00 a 17:00, sin necesidad de estar conectadas a la red eléctrica, ante interrupciones o fallas en el suministro local. El equipo sigue operando sin apagarse ni reiniciarse.
Asimismo, se hace la aclaración de que las máquinas no almacenan los votos en una memoria interna dependiente de la energía; el sufragio queda registrado físicamente en el chip y la impresión del boletín impreso depositado en la urna, por lo que un corte eléctrico no provoca pérdida de datos. En caso de que la batería falle o surja algún inconveniente técnico adicional, el TSJE dispone de un stock de máquinas de reserva en cada local para su reemplazo inmediato.
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Municipales 2026: TSJE despliega a más de 9.000 agentes y 17.000 máquinas de votación
El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) desplegará una amplia infraestructura para garantizar el desarrollo de las Elecciones Municipales 2026 en todo el país. El operativo contempla la habilitación de 1.187 locales de votación y el montaje de 14.711 mesas receptoras de votos, las cuales estarán equipadas con un total de 17.992 máquinas de votación. Asimismo, las mesas contarán con la labor directa de 44.133 miembros de mesa capacitados para atender a los sufragantes durante la jornada eleccionaria.
Para la coordinación técnica y la logística del proceso, la máxima instancia electoral movilizará a un equipo total de 9.006 agentes electorales. Entre el personal desplegado figuran 1.196 coordinadores de local, igual número de operadores CTX-TREP y de capacitadores por establecimiento, además de 1.187 mesas de consulta y ayuda. La estructura operativa se completa con 2.064 acopiadores TREP, 2.064 soportes técnicos, 72 coordinadores departamentales y 40 coordinadores regionales abocados al Transmisión de Resultados Electorales Preliminares.
En el ámbito de la contienda política, los comicios contarán con una masiva participación de fuerzas partidarias y de concertación social. Un total de 268 agrupaciones y plataformas políticas competirán en los diferentes distritos, repartidos entre 32 partidos políticos tradicionales, 22 movimientos políticos y 214 alianzas electorales conformadas expresamente para este periodo de votación municipal.
Con este despliegue de recursos humanos y tecnológicos, el TSJE asegura la cobertura integral de los centros de votación en los 263 municipios de la República. El operativo busca garantizar la transparencia en el flujo de votación y la celeridad en la transmisión de los resultados oficiales al cierre de las mesas.
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Municipales 2026: prohibiciones en locales de votación y en el cuarto oscuro
Las Elecciones Municipales 2026 contarán con un marco regulatorio estricto durante la jornada de votación para garantizar la transparencia, el orden y la libertad del sufragio. El Código Electoral establece que, en un radio de 200 metros alrededor de los locales de votación, quedan prohibidas la portación de armas de cualquier tipo y la aglomeración de personas. Asimismo, en este mismo perímetro se prohíbe la instalación de mesas de consulta de las agrupaciones políticas, la realización de actos proselitistas y el porte de banderas o símbolos partidarios.
Para resguardar el secreto del voto y garantizar el normal desarrollo del acto comicial, la normativa dispone reglas estrictas dentro del recinto. Se prohíbe el ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros dispositivos aptos para captar o transmitir imágenes. Del mismo modo, no se permite ingresar con alimentos, bebidas, líquidos, aerosoles, sustancias inflamables ni objetos contundentes, así como tampoco está permitida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 19:00 del sábado y durante la jornada del domingo.
En materia de difusión, el marco legal regula los plazos de emisión de información y la realización de eventos públicos. Queda estrictamente prohibido difundir propaganda electoral, publicaciones de encuestas o los resultados de boca de urna hasta una hora después del cierre oficial de las mesas de votación. Adicionalmente, la realización de espectáculos públicos se encuentra restringida hasta dos horas después de concluidos los comicios.
Finalmente, las autoridades recuerdan la gravedad de atentar contra el equipamiento del proceso democrático. Cualquier conducta que implique dañar, destruir, inutilizar, sustraer o alterar las máquinas de votación o los materiales electorales constituye una infracción grave que será sancionada conforme a la ley. El cumplimiento de estas disposiciones es fundamental para asegurar el desarrollo pacífico de los comicios.
Textualmente
La Ley n.° 834, que establece el Código Electoral Paraguayo, manifiesta en el artículo 195 que en el día de los comicios queda prohibido:
a) la aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar;
b) la portación de armas, aun mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior;
c) la celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios;
d) el expendio de bebidas alcohólicas;
e) la instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en el radio mencionado en el inciso a) de este artículo; y,
f) el ingreso al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras o cualquier otro aparato capaz de captar o trasmitir imágenes que hagan posible vulnerar el secreto del voto.
El que transgreda el inciso f) de este artículo, será sancionado con una multa conforme a lo establecido en el artículo 332 de este Código (una multa de quince a treinta jornales mínimos, entre G. 1.614.405 y G. 3.228.810), sin perjuicio de lo establecido en los artículos 278 y 280 del Código Penal para los autores y partícipes de los hechos punibles tipificados en los mismos.
Multas y sanciones
Art. 333.- El contenido del material de propaganda concebido en violación de las prohibiciones contenidas en el artículo 292 (sobre discriminación, calumnia, instigación a la desobediencia o violencia) de este Código hará pasible a sus autores o al partido, movimiento político o alianza que lo propicie de sufrir una multa de cien jornales mínimos para actividades diversas no especificadas.
Art. 334.- Quienes perturbaren el orden que debe reinar en el desarrollo de actos electorales, penetrando al recinto en estado de ebriedad, bajo la influencia de estupefacientes o portando armas provocando tumultos que entorpezcan o interrumpan el normal desarrollo de las actividades electorales serán pasibles de una multa de diez a veinte jornales mínimos.
Art. 335.- Los comerciantes que vendieren bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio del acto eleccionario y en el día de las elecciones abonarán la multa de cincuenta a doscientos jornales mínimos (entre G. 5.381.350 y G. 21.525.400).
Art. 336.- El que infringiendo las prohibiciones y restricciones establecidas en los artículos 68 y 282 de este Código (sobre contribuciones monetarias o no monetarias), realizare donaciones o contribuciones a partidos, movimientos políticos o alianzas, será sancionado con una multa equivalente al triple del aporte realizado.
El partido, movimiento político o alianza que se haya beneficiado con tal contribución o donación, será sancionado con una multa equivalente y la pérdida del derecho de recibir hasta el cincuenta por ciento (50 %) de todo aporte y subsidio estatal por un término de uno a tres años.