En sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados fue aprobado el nuevo proyecto de ley de uso obligatorio de mascarillas protectoras, conocida comúnmente como tapabocas; el mismo reemplaza a la ley N° 6.655/2020. El documento que contempla las sanciones estipuladas en casos de incumplimiento de la ley que ya cuenta con media sanción fue remitido al Senado.

En su gran mayoría, los parlamentarios se expresaron a favor de la normativa. Uno de los diputados que votó a favor de la aprobación del proyecto fue el colorado Raúl Latorre, quien expresó que es la única herramienta con que cuenta el ciudadano para enfrentar al virus.

“Esta guerra no se gana en los hospitales, independientemente de que tenemos que seguir fortaleciendo nuestro sistema de salud para tener una mejor chance”, expresó.

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La normativa aprobada consta de 19 artículos y en ellos se estipula la obligatoriedad del uso de mascarillas para las personas mayores de diez años en: todos los lugares cerrados, sean estos públicos o privados de uso público; en los lugares abiertos, sean estos públicos o privados de uso público y en los que no se pueda mantener una distancia mínima de dos metros.

Menciona también que es obligatorio el uso de tapabocas en lugares abiertos sean estos públicos o privados de uso público y cuando exista el riesgo de que se produzcan aglomeraciones o cuando la autoridad de salud determine previamente que existe riesgo de contagio en la actividad a desarrollarse. También hace referencia a las unidades de transporte público y privado terrestres, transporte aéreos y fluvial.

Multas y excepciones

Están exentas de la obligatoriedad todas aquellas personas que tengan indicaciones de no poder utilizar las mascarillas y aquellas del mismo núcleo familiar, cuando estas se encuentren en el interior de sus viviendas así como en el interior de sus vehículos particulares.

Quienes realicen actividades cuya naturaleza sea incompatible con la utilización, también se encuentran dentro de las excepciones. Entre las sanciones para aquellos que incumplan la ley se dispone trabajo comunitario de hasta 30 días, para todos aquellos que no se encuentren en condiciones económicas para el pago de las multas.

Las sanciones son multas de cinco a doscientos jornales mínimos, el cierre temporal por diez días del local donde se haya constatado la infracción y también puede incluir el cierre permanente del lugar o suspensión definitiva de la actividad en caso de reincidencia.

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