Los senadores, en su sesión ordinaria del jueves, tratarán el proyecto de ley “Que sanciona la venta y recarga de medios de pagos electrónicos del Sistema Nacional de Billetaje Electrónico a precios superiores a los fijados oficialmente”.

La convocatoria se encuentra prevista para las 9:00 y la propuesta figura en el punto 5 del orden del día. Al respecto, el proyecto estipula que la autoridad de aplicación, la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), queda facultada a supervisar, fiscalizar y sancionar todo lo relativo a las conductas reglamentadas en las mismas, excepto en lo previsto en el artículo 7.

El proyecto de ley fue presentado por el senador colorado Juan Afara, tras los problemas que surgieron en la aplicación del sistema. Foto: Archivo.

El proyecto fue girado a las comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, Derechos Humanos, Obras Públicas y Comunicaciones e Industria, Comercio y Turismo que aconsejan la aprobación del documento, pero con modificaciones.

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Prohibiciones establecidas en la propuesta

En cuanto a las prohibiciones, en lo que respecta al Sistema Nacional de Billetaje Electrónico quedan prohibidas las siguientes conductas: ofrecer y/o vender los medios de pagos electrónicos habilitados a los consumidores finales a un precio mayor a lo fijado por las respectivas empresas prestadoras del servicio emisoras.

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También está prohibido ofrecer y/o realizar recargas de los medios de pagos electrónicos a los consumidores finales por un monto superior al valor de la recarga realizada. Respecto a las sanciones, el proyecto refiere que las personas físicas o jurídicas que cometan algunas de las conductas prohibidas serán sancionadas por la autoridad de aplicación con multas de entre 10 y 30 jornales mínimos para actividades diversas de la capital.

El Poder Ejecutivo reglamentará la escala de multas y su aplicación, teniendo presente la reincidencia y reiteración de la conducta y la proporcionalidad del daño ocasionado al consumidor final. La autoridad de aplicación podrá actuar de oficio o en función de una denuncia recibida del afectado o un tercero.

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