El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, emitió el Decreto N° 3.706 de la fase 3 de la cuarentena inteligente, que se inicia mañana lunes y que se refiere al plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo general ante la crisis sanitaria a consecuencia del COVID-19.

En la disposición presidencial se establece aún la utilización obligatoria de las mascarillas o tapabocas en todos los lugares cerrados, vía pública y en aquellos lugares donde no se puede mantener distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento. Por otra parte, menciona que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social podrá ordenar el retroceso o la extensión de fases por sectores o zonas, en caso de ser necesario para la protección de la salud y como resultado de la evaluación técnica realizada en cada fase.

El horario de desplazamiento será de 5:00 a 23:00 entre los días domingos a jueves, mientras que de viernes a sábado será de 5:00 a 00:00. Podrán llevarse a cabo todas las actividades y servicios que ya fueron establecidos en la fase 2. Los locales gastronómicos podrán operar en dichos horarios mencionados, con agendamiento previo, reserva de mesa y con registro individualizado de personas atendidas. Los datos serán utilizados por la cartera sanitaria para el rastreo de contactos en el caso de identificarse un caso positivo del coronavirus.

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Las clases presenciales continúan suspendidas en todos los niveles. Las prácticas laboratoriales, exámenes finales, defensas de tesis o equivalentes correspondientes al nivel de Educación Superior requeridas para concluir satisfactoriamente el año lectivo podrán realizarse con el menor número posible y hasta con un máximo de 10 personas.

El decreto presidencial también estipula que las academias podrán impartir clases individuales con protocolos aprobados por el Ministerio de Salud. Se dispone que niños, niñas y adolescentes solo podrán circular para realizar actividades físicas y artísticas y para la atención médica de urgencia. Los adolescentes trabajadores de programas protegidos y monitoreados por el Ministerio de Trabajo podrán hacer actividades laborales protegidas.

Actividades físicas

Por otra parte, se mantiene también el horario excepcional de trabajo para los funcionarios públicos y de todos los organismos y entidades del Estado dependientes del Poder Ejecutivo, los días lunes a viernes desde las 8:00 hasta las 15:00. En cuanto a la actividad física, se permite para todas las personas en espacios al aire libre, en grupos de hasta dos personas.

Se permite la actividad física en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados (excluyendo aquellas actividades de contacto físico) según protocolo aprobado. Se deberá hacer un agendamiento previo y registro individualizado de personas que asistan con la finalidad de que el MSPyBS realice un monitoreo de un eventual caso de COVID-19 positivo. Se deberá asegurar un horario o espacio exclusivo para personas mayores de sesenta y cinco años.

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Las actividades recreativas y deportivas en espacios al aire libre realizadas por niños, niñas y adolescentes deberán estar acompañadas al menos por una persona mayor de edad, evitando la interacción con otros menores fuera de su núcleo familiar inmediato, limitándose a la realización de actividad física. Se prohíbe la utilización de espacios comunes como áreas de juegos infantiles, máquinas para ejercicios, banquillos. Se dispone que los clubes sociales y deportivos podrán operar sus espacios al aire libre y espacios destinados a la práctica deportiva. Mientras que todas las demás áreas permanecerán cerradas al público.

Actividades del sector cultural

En cuanto a las actividades del sector cultural y creativo, son las mismas habilitadas en la fase 2, más las siguientes actividades: autocine y otras actividades culturales que respeten el distanciamiento físico en modalidades similares, así como la realización de actos de culto, deberán llevarse a cabo garantizando 15 m2 por persona y con un máximo de veinte personas presentes con base en el protocolo del Ministerio de Salud.

Los responsables de los cultos deberán organizar dichas actividades con agendamiento previo, manteniendo el registro individualizado de los intervinientes para que los datos puedan ser usados por la cartera sanitaria ante un caso positivo de coronavirus.

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