La Dirección General de Migraciones, en el marco de las medidas adoptadas en el Estado de Emergencia a causa del COVID-19, y por las consecuentes medidas restrictivas en materia migratoria, ha dispuesto prorrogar los plazos de vencimiento de los documentos emitidos por la institución. La titular de la institución Ángeles Arriola, resolvió disponer la prórroga fundamentada en la imposibilidad de iniciar o dar continuidad a los trámites realizados por los ciudadanos extranjeros ante Migraciones.

Esta disposición beneficiará a los ciudadanos extranjeros cuyos documentos hayan caducado a partir del 13 de marzo de 2020 en adelante. Además serán admitidas como válidas las documentaciones a ser recepcionadas para los trámites migratorios de extranjeros en Paraguay, aunque las mismas hayan vencido durante el periodo de cuarentena.

Desde la Dirección de Migraciones, recalcan que la salida del Paraguay está permitida para todos los ciudadanos extranjeros que quieran y puedan retornar a su país, así como la salida de los connacionales que cuenten con una residencia legal en otro país y puedan acreditar dicha residencia con la documentación pertinente.

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¿Quiénes se beneficiarán con esta disposición?

  • Los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad cuyas radicaciones precarias o temporarias hayan vencido a partir del 13/03/20.
  • Los ciudadanos extranjeros que tengan pendiente la presentación de las documentaciones requeridas por la Institución para la tramitación de documentos migratorios, siempre que las mismas hayan vencido a partir del 13/03/20 (Ejemplo: certificados de antecedentes del país de origen, certificados de Interpol, etc.)
  • Los ciudadanos extranjeros cuyas prórrogas de permanencia como turistas/no residentes hayan vencido a partir del 13/03/20.
  • Los ciudadanos extranjeros que se encuentran en el país en calidad de turistas/no residentes y cuyos comprobantes de entrada al país (boleta migratoria con sello de entrada o sello migratorio en el pasaporte) hayan vencido a partir del 13/03/20.

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