La diputada Rocío Vallejo habló del proyecto ley que propone la pena privativa de libertad de hasta 5 años para dueños de patios baldíos con criaderos de mosquitos.

“Vemos que las autoridades tienen bastante obstáculos para la aplicación de las multas correspondientes. Si bien se están realizando las imputaciones en base a la integración de varias normas ambientales, pero que en este caso corresponde una tipificación específica, siendo que está en juego la vida de seres humanos”, mencionó en comunicación con el canal GEN.

La parlamentaria dijo que existe un pánico generalizado por parte de la ciudadanía, tanto que al ver un mosquito se asusta y esto se debe a las consecuencias que está acarreando el dengue.

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Explicó que la normativa prevé un castigo penal hasta 5 años de cárcel, incluso ingresar a las propiedades sin ninguna orden de allanamiento. Puede ser decretada por Ley o vía administrativa, ya sea a través de SENEPA, el Ministerio de Salud o el municipio correspondiente. “Hay muchos inmuebles que vemos en estado de abandono, que son verdaderos criaderos de mosquitos”.

La legisladora señaló que existen una serie de circunstancias que las autoridades van a tener en cuenta en el momento de aplicar la pena y que lo fundamental es darles las herramientas específicas para combatir esta epidemia. “Es decir, se castiga el no destruir los criaderos de mosquitos y concientizar a que esto puede llevar a la muerte de las personas”, concluyó.

La iniciativa

El proyecto ley “Que penaliza la falta de eliminación de criaderos de mosquitos en periodos de emergencia”, fue presentado por los diputados Celeste Amarilla, Norma Camacho, Jorge Ávalos Mariño, Enrique Mineur y Rocío Vallejo. Tiene como objetivo específico de salvaguardar la salud de la población del dengue, sika y chikunguña.

“A lo largo de estos años se ha visto que, de manera reiterada, gran parte de los ciudadanos no realiza la eliminación de los criaderos de mosquitos en sus domicilios o inmuebles y se ha comprobado que esta conducta afecta directamente a la salud pública en general, puesto que pone en riesgo de contraer la enfermedad a los que residen en zonas circunvecinas”, dice parte de la exposición de motivos.

La iniciativa establece como sanción para el tipo base un marco de pena privativa de libertad de 6 meses hasta 3 años o multa. Estipula, igualmente, la posibilidad de aumentar la pena a 5 años en los casos, especialmente, graves como una situación de abandono de inmueble; cantidad considerable de criaderos de mosquitos hallados en el lugar; inmueble ubicado en una zona declarada de alta morbilidad por dengue, sika o chikunguña.

En el Art. 2° del proyecto sugiere que en caso de requerirse el registro de un recinto privado, sea un domicilio o un local comercial, no se requerirá de orden de allanamiento, siempre y cuando existan denuncias fundadas que en el lugar existen criaderos y que ocurra durante el periodo de emergencia.

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