El doctor Pablo Lemir explicó que tienen evidencias importantes sobre el resultado de la autopsia que se realizó al cuerpo del bebé fallecido en el Hospital Militar, pero más detalles no podrá dar a conocer atendiendo a que el Ministerio Público pidió reserva de actuación para tener más elementos de prueba en el caso.

En el presente caso se han tenido algunos hallazgos importantes para la investigación fiscal, pero justamente por la importancia de los hallazgos la fiscal ha invocado los artículos 322 y 323 del Código Procesal Penal”, que habla sobre la reserva de actuación del presente caso.

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El artículo 322 del Código Procesal Penal se refiere a que la etapa preparatoria no será pública para los terceros y que las actuaciones sólo podrán ser examinadas por las partes, directamente o a través de sus representantes, mientras que el 323 establece que el Ministerio Público podrá solicitar al juez, sólo una vez, la reserva parcial de las actuaciones por un plazo que no podrá exceder de los diez días corridos, siempre que sea imprescindible para la eficacia de un acto durante la investigación.

Una vez que la fiscal concluya la parte que necesita de mantener la reserva, primeramente se le va a llamar a la familia, se le va a convocar y a ellos se les va a dar el informe completo y posteriormente se va a dar a la prensa”, indicó el doctor Pablo Lemir.

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