Richard Pereira puntualizó que hasta la fecha continúan reclamando y con inicios sobre una nueva figura penal para recuperar el inmueble, el cual ya fue vendido en dos ocasiones. Foto: Gentileza
Familia denuncia despojo de propiedad por parte de la Municipalidad de Luque
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Desde agosto del 2012, la familia Pereira viene peleando por recuperar un predio de 8,5 hectáreas ubicado en la compañía Zárate Isla, en la ciudad de Luque, que habría sido adquirido por Fidelino Pereira en el año 1994, pero tras 18 años de propiedad se enteró de que desde la Municipalidad de Luque la habrían vendido tras alegar que era un terreno municipal.
La comuna luqueña habría vendido la propiedad a la empresa Promarket S.A. luego de realizar un juicio de mesura, del cual no participó ningún miembro de la familia Pereira ni sus representantes, por lo que se determinó que el inmueble es de dominio privado de la municipalidad.
De esta manera, si bien Fidelino Pereira contaba con el título de propiedad tras su compra por parte de Vicente Olmedo, quien fuera el anterior propietario de la misma, y contaba con boletas de recibo municipal del pago de sus impuestos hasta el año 2011, pierde en todas las instancias en un juicio de nulidad de acto jurídico contra la firma Promrket S.A., según los denunciantes, sin analizar a cabalidad los documentos de propiedad y la autenticidad de los mismos.
“Son 15 años de trámite judicial, donde perdimos en las tres instancias por mal proceso y mal uso del derecho, principalmente por la producción de documentos fraguados de la Municipalidad de Luque y su jefe comunal de aquella época. Nosotros tenemos la seguidilla de contratos privados desde el año 1980 de anteriores dueños, y nosotros compramos el inmueble mediante vías legales y la Municipalidad realizó un nuevo título en el año 2010″, indicó Richard Pereira, hijo del propietario del inmueble, en conversación con La Nación/Nación Media.
Recordó que desde el principio no se respetaron los plazos procesales correspondientes porque no se notificaron correctamente, siendo más preciso en este caso a su madre, que es también propietaria del mencionado inmueble, por lo que continúan los litigios judiciales hasta la actualidad, generando un desgaste de años para la familia que aguarda un proceso claro y justo que les permita recuperar su propiedad.
Richard Pereira puntualizó que hasta la fecha continúan reclamando y con inicios sobre una nueva figura penal para recuperar el inmueble, el cual ya fue vendido en dos ocasiones, primeramente por parte de la Municipalidad de Luque a la empresa Promarket S.A. y posteriormente esta última lo habría revendido a una empresa denominada Megalog S.A, la cual se encuentra constituida actualmente en la propiedad.
Este lunes se desarrolló una nueva jornada de juicio en contra de Miguel Prieto y sus excolaboradores por lesión de confianza y asociación criminal. Foto: Matias Amarilla
Tía Chela: tribunal desestima a titular de la DNCP y admite a testigos de la defensa
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El tribunal de Sentencia conformado por las juezas especializadas en Delitos Económicos, Ana Rodríguez Brozón, Karina Cáceres y Yolanda Morel, dio continuidad este lunes al juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto. El tribunal definió sobre los incidentes planteados tanto por el Ministerio Público, parte acusadora, como de la defensa de Prieto y los demás acusados en el caso conocido como Tía Chela.
La acusación es por lesión de confianza y asociación criminal tras el presunto desvío de G. 2.949.650.000 de las arcas municipales con la distribución de kits de alimentos en época de la pandemia, por parte de la Municipalidad de Ciudad del Este, cuando Prieto era intendente.
Incidentes planteados por el Ministerio Público
Uno de los incidentes planteados por la Fiscalía es una nota del 28 de marzo del 2020, que ya se encontraba en la carpeta fiscal, en este caso se presentó el pedido de solicitar informes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), la Contraloría General de la República (CGR) y la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (Dnit), sobre el cambio de productos incluidos en el kit de alimentos.
“El tribunal, al haber constatado la existencia de la referida nota, que ya obraba en la carpeta fiscal, no se configura en la circunstancia de hecho nuevo invocado por el Ministerio Público como fundamento de su petición. En consecuencia corresponde rechazar la inclusión de los informes solicitados”, fue la respuesta del tribunal.
Agrega que, “no obstante, si en el transcurso del debate el Tribunal considera necesario de contar con algunos de los dichos informes, pueda disponer la solicitud de los mismos conforme a las facultades que le confiere el artículo 394 del Código Procesal Penal, como medida de mejor proveer”.
El Tribunal de Sentencia resolvió sobre los incidentes presentados por la Fiscalía y la defensa. Foto: Matias Amarilla
Declaración testimonial de Agustín Encina
El tribunal también se expidió sobre el pedido de incluir la declaración testifical del director de la DNCP, Agustín Encina. “Debe señalarse que la prueba testimonial tiene por objeto incorporar al juicio el conocimiento que una persona posee respecto a hechos o circunstancias que ha percibido y que guarda relación con el objeto del proceso. Este tribunal advierte que el Ministerio Público no señaló concretamente hecho u objeto del presente juicio había conocido el señor Agustín Encina, ni que el mismo haya tenido intervención directa en las circunstancias fácticas contenidas de la acusación”, mencionan.
Mientras tanto, el tribunal señala que “al fundamentar su pedido el Ministerio Público sostuvo que su declaración resulta necesaria por tratarse de un testigo calificado y experto que podría responder consultas sobre la pertinencia de la nota del 28 de marzo del 2020 sobre su regularidad o irregularidad y explicar si resulta factible ese tipo de procedimientos en materia de contrataciones públicas. Se rechaza dicha incidencia”.
Incidentes planteados por la defensa
Sobre la inclusión probatoria de 28 enlaces o links correspondientes a publicaciones realizadas en redes sociales que habían sido ofrecidas durante la audiencia preliminar y que no habían sido admitidas por el juzgado penal de Garantías, correspondientes a publicaciones y registros audiovisuales vinculados, entre otros aspectos con la adquisición, preparación y entrega de los kits de alimentos y publicaciones de medios periodísticos, el tribunal considera que corresponde diferir sobre su resolución.
Miguel Prieto y sus excolaboradores están acusados por lesión de confianza y asociación criminal. Foto: Matias Amarilla
Inclusión de testigos
La defensa dividió la solicitud en dos grupos, el primer grupo cuatro personas, “se sustentó en hechos nuevos señalando que dichas personas fueron localizadas pocos días antes del inicio del juicio, las mismas se encuentran individualizadas entre las 25 personas mencionadas en el informe y sus declaraciones permitirían establecer si se recibieron los kits de alimentos, si las firmas obrantes en las planillas les pertenece, y dónde residía al momento de los hechos, así como confrontar tales circunstancias con el contenido del informe”.
Por lo que el tribunal definió que “sus testimonios pueden resultar útiles para el esclarecimiento de los hechos y para la elaboración del elemento probatorio, razón por la cual corresponde admitirlos”. De igual manera admitió los 56 testigos, ofrecidos por la defensa en un segundo grupo, que no fueron admitidos por el juzgado penal de Garantías, fueron seleccionados de una nómina de 126 personas, afectadas a la preparación y distribución y entrega de los kits de alimentos en distintos.
“Será durante el debate del juicio cuando podrá determinarse si resulta necesaria la declaración de los testigos admitidos, pudiendo prescindirse de aquellos cuyos testimonios resulten repetitivos o sobreabundante”, definió el tribunal.
Por otra parte, el tribunal resolvió no hacer lugar al pedido de la defensa, de utilizar las redes sociales del exintendente para la transmisión del juicio, argumentando que los canales institucionales de la Corte y los diferentes medios de comunicación ya están transmitiendo cumpliendo el principio de publicidad.
Juicio de Giuzzio fue suspendido por malestar de su abogada
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Este lunes prosiguió el juicio oral y público contra Arnaldo Giuzzio con una sesión corta en que se alistaron pruebas documentales y concluyó, a los diez minutos, debido a una indisposición de salud de la abogada Gilvi Quiñonez, representante legal del exministro del Interior y de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad). El proceso continuará el próximo lunes 14 de setiembre.
Giuzzio está acusado por cohecho pasivo agravado, por haber recibido presuntamente favores del empresario brasileño Marcus Vinicius Espíndola Marquéz de Padua, detenido en Brasil por narcotráfico; mientras ocupaba el cargo de ministro del Interior durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, hasta su destitución en febrero de 2022, a causa del escándalo vinculado por dicho relacionamiento.
El proceso judicial en contra del exministro se encuentra en su etapa final, de acuerdo a la presentación de la acusación por parte de la fiscalía, Giuzzio tuvo pleno conocimiento de las intenciones de Marcus Vinicius Espíndola Marqués de Padua de obtener contratos con el Estado paraguayo, concretamente con el Ministerio del Interior, institución que Giuzzio lideró hasta febrero del 2022.
En el marco del juicio oral, la fiscalía expuso la hipótesis que trabajaron en el caso conforme a supuestas conversaciones vía WhatsApp que fueron anexadas a la documentación de la causa, concluyendo que dichas evidencias exponen que hubo más de un encuentro entre Giuzzio y Marcus Vinicius.
Entre las pruebas presentadas por los agentes fiscales se menciona también que el exsecretario de Estado usó una camioneta particular del capo narco para vacacionar en Brasil entre diciembre del 2021 y enero del 2022. La Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, integrada por los fiscales Diego Arzamendia y Jorge Arce, realizó la acusación por cohecho pasivo agravado el 16 de agosto del 2023.
Blanca Caballero viuda de Barrios apeló la resolución que archivó denuncia y exige justicia por despojo de costoso inmueble en San Pedro. Foto: Gentileza
Viuda apeló resolución que archivó denuncia y exige justicia por despojo de costoso inmueble en San Pedro
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Blanca Beatriz Caballero, viuda de Barrios, exige justicia y pide a las autoridades que se continúe investigando varios hechos punibles presuntamente cometidos por el exsíndico de Quiebras, hoy condenado, Blas Velázquez. La denuncia también salpica a jueces, rematadores públicos y camaristas, quienes habrían avalado el despojo irregular de 1.000 hectáreas de tierras valuadas en millones de guaraníes, ubicadas en el departamento de San Pedro.
Caballero apeló la resolución del juez Humberto Otazú, quien había hecho lugar al pedido del Ministerio Público para desestimar la denuncia contra Velázquez, el rematador Mario Person, el exjuez y actual camarista Miguel Ángel Rodas, y el excamarista Carmelo Castiglioni, entre otros.
El abogado Andrés Casati, representante legal de la denunciante, sostiene que la investigación penal archivada incurrió en graves omisiones al no determinar la secuencia de uso de los documentos cuestionados, los cuales continúan produciendo efectos jurídicos en juicios civiles en curso. Asimismo, argumenta que la prescripción no puede utilizarse para beneficiar la inactividad del órgano investigador; motivo por el cual se ha accionado paralelamente contra la representación fiscal asignada por presunta frustración de la persecución penal.
La apelación deberá ser resuelta por el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos. En caso de revocarse el fallo del juez de primera instancia, se ordenará la reapertura de la causa para continuar la investigación contra los implicados y determinar sus responsabilidades penales.
La trazabilidad de las operaciones comerciales vinculadas al caso Tía Chela permitió detectar el uso de facturas falsas en una de las empresas proveedoras, según confirmó Óscar Orué, titular de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios. Foto: Archivo
Caso Tía Chela: Óscar Orué confirma que la trazabilidad detectó facturas falsas
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La trazabilidad de las operaciones comerciales vinculadas al caso Tía Chela permitió detectar el uso de facturas falsas en una de las empresas proveedoras, según confirmó Óscar Orué, titular de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios. El funcionario explicó que el organismo realizó una fiscalización sobre las compras y siguió el recorrido de las mercaderías hasta determinar el origen de los bienes adquiridos.
Orué habló con 1020 am y explicó que la Administración Tributaria realizó una fiscalización y siguió la trazabilidad de las mercaderías vinculadas a Tía Chela y durante ese seguimiento se detectó la utilización de facturas falsas y la empresa involucrada fue sancionada.
“Nosotros hicimos la fiscalización y la trazabilidad de toda la compra, y se observó que se utilizó facturas falsas y se le sancionó a la empresa por la utilización de facturas falsas”, afirmó.
El titular DINIT precisó que las facturas cuestionadas habrían sido utilizadas por la empresa que proveía las mercaderías a Tía Chela. Añadió que dicha firma estaba vinculada a quien identificó como expareja del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto.
La información aportada por Orué se relaciona con uno de los aspectos contemplados en la investigación fiscal, que busca reconstruir la cadena de proveedores y establecer de dónde provenían realmente las mercaderías que fueron facturadas.
La trazabilidad de las operaciones constituye uno de los elementos utilizados para seguir el circuito comercial de los productos y determinar la correspondencia entre las compras declaradas, las empresas intervinientes y la documentación respaldatoria.
En el marco de la misma causa, otros procesados vinculados al entorno de Prieto y empleados de la Municipalidad admitieron los hechos atribuidos por la Fiscalía y accedieron a salidas procesales con penas reducidas, según comentó en comunicación con Radio Ñanduti.