Ante la vigencia de una disposición contemplada en la Ley 54/15, la Municipalidad de Asunción recuerda a los contribuyentes que las personas con antecedentes judiciales por adeudar en concepto de prestaciones alimentarias a sus hijos no podrán gestionar la licencia de conducir en las oficinas de tránsito de la comuna.

Señalaron que por mandato de esta ley se imposibilita la emisión de dicho documento imprescindible para conducir vehículos por calles, avenidas y rutas del país. Esta medida rige tanto para hombres y mujeres, todos los que adeuden prestación alimentaria no podrán obtener su licencia, ya que la ley no hace discriminaciones.

Al respecto, el director de Tránsito de la comuna, Fernando Machuca, dijo que en la actualidad el registro de las personas afectadas por la falta de cumplimiento con la obligación de prestación de alimentos con los hijos lo tiene la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y también los conceptos por los cuales deben pagar, ya sea por una causa tramitada en la esfera penal o directamente por las cuotas adeudadas por el tema de manutención para la niñez.

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Indicaron que esta restricción, marcada por la ley, tendrá vigencia solamente para la obtención del registro de conductor y para la renovación de los registros de conducción. Foto: Gentileza.

Resaltó que en todas estas exigencias legales la Municipalidad de Asunción no tiene ninguna participación y que la comuna no realiza ninguna carga de datos, siendo la Corte la que establece y administra la información. De esta manera, la comuna debe recurrir y revisar los archivos de la CSJ (Redam – Registro de Deudores Alimentarios Morosos), al momento de expedir la licencia de conducir.

Machuca explicó que para la implementación de la ley corresponde al regulador de tránsito, refiriéndose a la Agencia Nacional de Tránsito en conjunto con la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci); este último es el órgano que figura en la ley 50/16 como poseedora de los datos. En este sentido, indicó que “sería bueno que la Opaci con el antecedente de tránsito ya proporcione los datos de la Corte Suprema de Justicia”.

Igualmente, refirió que la municipalidad estuvo aguardando mucho tiempo la firma de un convenio con la CSJ para que la comuna pueda tener incorporado con los antecedentes de tránsito los informes jurídicos y como ese convenio aún no fue firmado, en consecuencia, el funcionario de la dirección de tránsito debe ingresar a su computadora no solamente para tener los antecedentes de tránsito, sino también a un link con la CSJ para conseguir estos datos.

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“Nosotros en el Estado de derecho que vivimos en nuestra República tenemos que cumplir con la ley. Ahora bien, nosotros pedimos a los reguladores de tránsito pongan de su parte para hacer menos burocrático el proceso, lo que permitirá que el funcionario municipal ingrese al sistema de Opaci, seguidamente obtener los antecedentes del tránsito como así también contar con el listado de la CSJ y ahí, si corresponde, bloquear la emisión de licencias”, enfatizó.

Así también, Machuca remarcó que esta restricción, marcada por la ley, tendrá vigencia solamente para la obtención del registro de conductor y para la renovación de los registros de conducción.

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