Ciudad del Este. Agencia Regional.

Un niño siendo pateado por un hombre dentro de una galería comercial es lo que contenía el video que circuló rápidamente por las redes sociales y generó todo tipo de repudio. Se habló en principio de un niño lustrabotas y luego la madre explicó que su hijo vendía caramelos.

Intervino la Consejería de la Niñez (Codeni) de la Municipalidad de Ciudad del Este y el Ministerio Público. Pasaron los días y la imputada es la madre del niño. El agresor no está imputado. La fiscala Cinthia Leiva Cardozo abrió un proceso penal contra la madre del menor agredido, identificada con las iniciales J.A.V., de 26 años, por la supuesta comisión del hecho punible de violación del deber del cuidado o educación. La representación pública solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión.

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La agente fiscal sostiene que la imputada habría faltado al deber del cuidado de su hijo menor de 7 años, exponiéndole a trabajar en la calle en venta de caramelos y que, en esa circunstancia, el niño habría sufrido una agresión física en el interior de la Galería Jebai Center, del microcentro de la ciudad esteña, por parte de un hombre mayor. El pequeño sufrió una patada en el rostro que lo dejó con lesiones, quedando registrada la agresión en la cámara de seguridad del edificio, que luego se divulgó masivamente.

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Codeni denunció a la madre y no al agresor

El proceso se abrió a raíz de la denuncia presentada el 22 de febrero pasado por la abogada Cela Cabañas, directora de la Consejería por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (Codeni) de la Municipalidad de Ciudad del Este.

La misma refirió en su presentación que con anterioridad ya había advertido a la mujer para que el menor deje de realizar la actividad laboral en la vía pública por el peligro que acarrea. Explicó la fiscala Leiva que, según la Codeni, la madre hizo caso omiso al apercibimiento, exponiendo de esa manera a su hijo a diferentes tipos de peligro.

El supuesto agresor es Alejandro Nicolás Areco Ramírez, un técnico en reparación de teléfonos que suele operar en dicha galería. Sobre su no imputación, la fiscala explicó que el hecho es delito de acción penal privada y que son los familiares de la víctima los que deben presentar una querella contra el hombre a fin de que reciba un castigo. Es decir, la Codeni denunció a la madre por violación del deber del cuidado, pero no denunció al que le pateó a un niño en su rostro.

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Impunidad

Consultada por La Nación sobre cómo es posible que sea imputada la madre y no el agresor, dijo que la misma madre no denunció el hecho. “El Código Penal limita muchas cosas, lo que persigue la ley es aquel hecho de maltrato a niños en condición de tutela y analizando la conducta del supuesto autor, se encuentra que el niño no está bajo su tutela. Otras acciones que se analizaron entran dentro de la acción privada y no cabe la imputación por parte del Ministerio Público”, dijo Leiva. “Lastimosamente no podemos agarrarnos de algún hecho de acción penal pública para poderlo procesar”, agregó.

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