Mediante movilizaciones, trabajadores del Hospital de Clínicas piden al Ministerio de Salud que se apure el proceso para poner en funcionamiento el nuevo pabellón de contingencia COVID-19. Al respecto, el licenciado Derlis Torres, del Sindicato de Trabajadores de Clínicas, indicó que ayer estuvieron frente a la sede ministerial y fueron recibidos por el ministro.
Aseguró que no quieren más promesas. “Gracias a las movilizaciones de ayer pudimos tener reunión con las autoridades y se comprometieron en tener una comunicación más fluida con nosotros”, dijo en contacto con la 800 AM. Mencionó que el ministerio se comprometió en contratar personal y de la provisión de oxígeno para inaugurar el pabellón de contingencia. “No podés estar habilitando un pabellón de contingencia sin tener lo esencial para su funcionamiento. Lo que pedimos es que en ese sentido haya un apresuramiento para que se pueda poner en funcionamiento”, apuntó.
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Torres mencionó además que si bien tienen garantizado mínimamente el oxígeno, al habilitar el pabellón van a requerir más. “Tenemos esperanzas con el ministro Borba porque en medio de todo está siempre tratando de solucionar los problemas”, sostuvo.
Hay que recordar que la habilitación del nuevo bloque respiratorio fue hecha por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) con el apoyo de la cartera sanitaria en el predio del hospital escuela de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNA, donde en los próximos días se habilitarán más camas destinadas a terapia respiratoria en dicho bloque.
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Caso Ypyta: presentan urgimiento para agilizar constitución judicial en propiedades de PJC
En el marco del juicio civil caratulado “Ypyta S.A. Industrial, Ganadera y Comercial s/ Convocatoria de Acreedores”, la abogada Analía Patricia Rebollo Noguera, representante legal de la citada empresa, presentó un urgimiento al cuestionado juez en lo Civil y Comercial de Asunción, Édgar Rivas Laguardia. El magistrado, de llamativa demora, aún no ha firmado los oficios correspondientes para comisionar al Juzgado de Paz de Pedro Juan Caballero, a efectos de realizar la constitución en varias propiedades ubicadas en el departamento de Amambay.
El pedido de celeridad obedece a que desde el pasado 19 de febrero se ordenó dicha diligencia, sin embargo, hasta la fecha el juez Rivas —cuya actuación en el caso ha sido calificada de dudosa— no ha suscrito los documentos pertinentes para ejecutar la inspección en las tierras en litigio. La diligencia judicial se debe realizar en la propiedad donde actualmente funciona la Universidad San Sebastián.
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Asimismo, la representante de Ypyta solicitó la participación del agente síndico interviniente, Julio Agüero, para que se constituya en los bienes raíces mencionados junto con el juez de Paz de Pedro Juan Caballero. Este último quedaría facultado para realizar registros mediante anotaciones, fotografías, croquis y otros medios documentales que describan el estado de los bienes y de las personas halladas en el lugar, labrando un acta detallada para informar al juzgado.
El escrito subraya que la intervención del síndico es fundamental, considerando que la situación de los inmuebles se originó en el marco de la liquidación, hecho anterior a la declaración de rehabilitación. El objetivo final es ilustrar debidamente al juzgado sobre la situación fáctica y posesoria de las tierras, permitiendo así que la representación impulse las acciones correspondientes en salvaguarda de los intereses de la deudora.
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La UIP califica de “falta de visión” proyecto de ley que plantea licencia remunerada por cumpleaños
Un grupo de senadores pertenecientes a varias bancadas presentó un proyecto de ley que plantea otorgar un día libre a los trabajadores en el día de su cumpleaños. Según la propuesta legislativa, el beneficio será tanto para los trabajadores del sector público como para el privado; la idea es otorgar esa licencia laboral remunerada en reconocimiento a su trabajo en esta fecha especial.
En torno a este planteamiento, el titular de la Unión Industrial Paraguaya (UIP), Enrique Duarte, en conversación con La Nación/Nación Media, comentó que desde el gremio no pueden apoyar una propuesta como esta, ya que consideran que no fue analizado el impacto que la misma podría llegar a tener en los costos y el rendimiento de las empresas en general.
“Nosotros consideramos que existe una falta de visión por parte de quienes proponen esta iniciativa. Sobre todo hoy, en un momento en el que la economía global está bastante tensionada esta es una iniciativa que lo único que hace es meter la mano en el bolsillo de aquellas empresas que realmente luchan por sobrevivir en nuestro país y por competir en un mercado y un mundo cada vez más competitivo”, comentó Duarte.
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Remarcó además, que esta propuesta aumenta los costos no solo dentro de las empresas privadas, sino que también en el presupuesto general de la nación, ya que incluye a los empleados públicos, enfatizando que actualmente el país no está en condiciones de generar mayores gastos porque apunta a mejorar su salud fiscal.
“Nosotros no tenemos nada en contra de las empresas y hay muchas empresas que de hecho otorgan beneficio de este tipo a sus colaboradores, pero son empresas con altos niveles de competitividad. Así también, esta no es una opinión que va en contra de colaboradores, sino que nosotros estamos en un proceso en el que tenemos que aprovechar ventanas de oportunidades”, comentó el titular de la UIP en otro momento.
Duarte sostuvo que es importante también analizar que Paraguay se encuentra ahora en un momento en el que busca atraer inversiones extranjeras y que, de darse este tipo de iniciativas, se estaría enviando un mensaje negativo también para los extranjeros, que verán cómo a medio camino se van modificando las leyes ya establecidas.
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El MEF ratifica que reforma de la Caja Fiscal no afectará derechos adquiridos
Desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aclararon que el proyecto de ley de reforma del Sistema de Jubilaciones y Pensiones del sector público (Caja Fiscal) en tratamiento legislativo garantiza plenamente los derechos adquiridos de los jubilados y retirados, así como de los trabajadores activos que ya hayan cumplido con todos los requisitos legales para acceder a la jubilación.
“La cartera económica enfatiza que tanto los actuales beneficiarios como los aportantes activos que hayan configurado su derecho antes de la entrada en vigor de la nueva ley continuarán rigiéndose por las normativas vigentes al momento de la consolidación de dicho derecho”, indicaron, por lo tanto, quedarán excluidos del alcance de la reforma.
Según detalló la cartera, el proyecto de ley establece esta garantía de manera expresa que en su Artículo 3 define el concepto de “derecho adquirido” como la situación jurídica del afiliado que con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa aplicable a su caso para acceder al haber jubilatorio o de retiro en cualquiera de sus modalidades.
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“El derecho se consolida al momento del cumplimiento de los requisitos legales, independientemente de que el afiliado haya cesado en sus funciones o solicitado formalmente el beneficio“, indicaron, además, el derecho adquirido se incorpora de pleno derecho al patrimonio de su titular con carácter irrevocable e imprescriptible.
En el Artículo 16 se establece que “los jubilados, retirados y pensionados, así como los afiliados que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, hubieran adquirido derechos en los términos del inciso d) del Artículo 3 de la ley se regirán por las disposiciones establecidas en la Ley N° 2345/2003 y sus modificatorias, así como por las leyes especiales de cada régimen vigente al momento de la consolidación de dicho derecho”.
Derechos no podrán ser desconocidos
Indicaron que los derechos no podrán ser desconocidos ni modificados en detrimento de sus titulares. “Las derogaciones y abrogaciones establecidas en los artículos 18 y 19, así como cualquier otra disposición modificatoria o derogatoria contenida en la presente ley, no les serán aplicables”, agregaron, manteniéndose vigentes respecto de estos las disposiciones bajo las cuales consolidaron su derecho.
Por último, mencionaron que el Artículo 2 del Código Civil indica que “Las leyes disponen para el futuro, no tienen efecto retroactivo, ni pueden alterar los derechos adquiridos”. En tanto, las leyes nuevas no pueden invalidar o alterar los hechos cumplidos ni los efectos producidos bajo el imperio de las antiguas leyes.
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Ministerio del Trabajo lanza recomendaciones de protección contra el calor extremo
El Ministerio del Trabajo lanza unas recomendaciones de protección contra el calor extremo, dirigidas a proteger la salud y seguridad de los trabajadores expuestos a las altas temperaturas, ante el pronóstico de días de intenso calor.
La campaña forma parte de la política de promoción del trabajo seguro y saludable, y busca prevenir accidentes laborales y enfermedades durante los períodos de intenso calor, informaron desde la cartera estatal.
La institución recuerda que la exposición a temperaturas extremas constituye un riesgo laboral reconocido, por lo que el empleador tiene la responsabilidad de garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables, adoptando medidas preventivas adecuadas para proteger la integridad física de los trabajadores.
Entre las recomendaciones generales, insta a identificar y evaluar los riesgos asociados a la exposición a altas temperaturas; planificar las tareas y jornadas laborales, según las condiciones climáticas previstas.
También, capacitar a los trabajadores sobre los riesgos del calor y las medidas de prevención. Asimismo, proveer gratuitamente equipos de protección personal adecuados a la actividad
Y priorizar la realización de controles y evaluaciones médicas periódicas en trabajadores expuestos de manera prolongada al calor, a fin de detectar oportunamente alteraciones relacionadas con el estrés térmico.
Para los trabajos al aire libre, se recomienda monitorear la temperatura y la humedad ambiental; limitar el tiempo de exposición directa al sol; beber agua potable con frecuencia; utilizar protector solar y ropa liviana, fresca y de mayor cobertura corporal; además de organizar jornadas con ciclos breves de trabajo y descanso.
Advierte que no deben exponerse al sol mujeres embarazadas ni personas con enfermedades de base, cutáneas o pulmonares en fase activa.
En cuanto a los trabajos en ambientes cerrados, el Ministerio de Trabajo recomienda evitar tareas de alta exigencia física en espacios reducidos; garantizar una adecuada ventilación y circulación de aire y suspender las actividades cuando la temperatura corporal del trabajador supere los 38 °C.
Esta campaña apunta a prevenir el estrés térmico, golpe de calor y otros riesgos asociados a la exposición prolongada a altas temperaturas, tanto en trabajos al aire libre como en espacios cerrados.
Las personas interesadas en realizar consultas o denuncias pueden acudir a la Dirección de Salud y Seguridad Ocupacional del Ministerio de Trabajo, ubicada en Avda. Perú y Río de Janeiro, comunicarse al (0981) 401 082 o al correo dsso@mtess.gov.py.