Para lograr una mejor organización y además hacer más fácil el acceso a medicamentos e insumos por los usuarios, la Dirección de Beneficencia y Ayuda (Diben) decidió actualizar sus requisitos. De esta forma, buscan una mejor y rápida atención para los pacientes. Recordaron que la asistencia es totalmente gratuita.

En la institución reciben a diario centenar de recetas para que pacientes puedan acceder a la medicación de acuerdo a la disponibilidad de la institución. Cada persona que desee recibir los medicamentos debe presentar sus recetas, ya sea de instituciones públicas, IPS, Hospital Militar, Senadis, Hospital de Trauma, Hospital de Clínicas, pacientes oncológicos y otros hospitales.

Siempre receta original

Entre los puntos principales de los nuevos requerimientos es que la receta sea original y con letra legible. Además, debe contar con el membrete original o sello, ya sea del hospital público o centro de salud.

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Debe especificar

-Nombre correcto del paciente (como figura en el documento personal).

-Diagnóstico médico: (en concordancia con la solicitud).

-Indicación específica del material: traumatológico, quirúrgico, estudios especializados, medicamento, o insumo en cantidad, medida, presentación o tamaño (sin enmiendas).

-Firma, sello y número de registro del profesional médico especialista del área.

-Fecha de expedición de la receta: la fecha establecida en la receta tiene vigencia de 30 días.

Oncológicos

Así también, aclaran que para los medicamentos oncológicos deben especificar en la receta la cantidad de ciclos, cantidad de comprimidos o miligramos que comprende el tratamiento. “Número de ciclos realizados y tiempo entre ciclo y ciclo. Informe del estudio realizado que certifica el diagnóstico para el tratamiento cuando el medicamento sea solicitado por primera vez o al inicio del tratamiento”, apunta el documento.

Nuevos requisitos. Foto: Gentileza.

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Recetas de IPS

“La receta debe contener firma y sello del jefe de servicio correspondiente, sellada al dorso con el sello de comprobación de derechos (No Corresponde), sin enmiendas o borrones”, resalta y agrega que debe estar acompañada por el informe social del Departamento de Asistencia Social que especifique la no cobertura de lo solicitado.

Para las recetas de los hospitales públicos o USF, dependientes del Ministerio de Salud, la receta debe contener firma y sello del director del hospital, además del trabajador social, y estar acompañada de la ficha social. “Para pacientes del Hospital de Trauma la receta debe contener el visto bueno del director médico o jefe, acompañada de la ficha social con la firma del profesional trabajador social”, aseguran.

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Otros hospitales

En tanto que los usuarios del Hospital Rigoberto Caballero, Policlínico Municipal, Cruz Roja Paraguaya, Hospital Militar de las FFAA, la receta debe contener firma y sello del director y trabajador social acompañada de la ficha social.

“Hospital de Clínicas la receta debe contener firma y sello del director general y del jefe de cátedra correspondiente, acompañada de la ficha social con firma del trabajador social”. Así también, los nuevos requisitos incluyen a pacientes del Senadis, cuya receta debe contener el visto bueno del coordinador o director médico e informe social.

Dirección de Beneficencia y Ayuda Social. Foto: Archivo.

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