El proyecto de ley “que dispone la obligatoriedad temporal del uso de mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran la nariz, boca y mentón, y del cumplimiento de las medidas de protección contra el COVID – 19” fue sancionado por la Cámara de Senadores y pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

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La iniciativa había sido presentada meses atrás, siendo esta aprobada. Luego pasó a la Cámara de Diputados, donde sufrió modificaciones, por lo que volvió a la Cámara Alta, donde los senadores aceptaron los cambios planteados y fue aprobado con modificaciones con respecto al proyecto inicial.

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En un principio, los senadores establecieron cobrar una multa en caso de incumplir la ley. Diputados modificó esta versión y estableció que la misma recaiga sobre los responsables de los lugares donde está establecido su uso obligatorio.

“¿El Ejecutivo debe promulgar la ley del uso obligatorio de tapabocas, que establece una multa para el propietario del local donde se incumpla la ley?”, fue la pregunta de la encuesta del día de hoy. El 64% se mostró de acuerdo, por lo que indicó: “Sí, es una manera de garantizar su cumplimiento”, el 21% dijo que “No debería ser obligatorio, cada uno es responsable” y el 15% cree que “Es una buena propuesta, pero la multa está de más”.

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De ser promulgada la normativa, será obligatoria a partir de los 6 años de edad en el caso de que asistan a un lugar con más de cinco personas en un espacio donde la distancia sea menor a un metro y medio. Los lugares en los que estarían vigentes son: centros de salud, espacios educativos, lugares gastronómicos, centros comerciales, hoteles, casinos y establecimientos religiosos.

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