Numerosos internautas se hicieron eco de las críticas realizadas por el director Anticorrupción del MEC, José Casañas Levi, al ministro del Interior Euclides Acevedo, por su postura ante la acción de los uniformados.
En su cuenta de Twitter, Casañas Levi afirmaba hoy que ninguna persona “tiene la obligación de quedarse en una barrera si es que no tiene ganas de hacerlo”, sino que “tiene todo el derecho de darse la vuelta e irse hacia otro lado, como hizo este señor”, refiriéndose al padre del niño de 6 años baleado tras una persecución policial.
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Sin embargo, en un tweet anterior, fechado el 6 de abril, el abogado decía todo lo contrario: “Cuando encontrás barrera con policías y funcionarios del Ministerio Público tenés que detenerte y dar las explicaciones que te pidan. Si intentás evadirlos o atropellar a la gente, estás cometiendo al menos 2 delitos: resistencia y tentativa de homicidio. Entendés?”, señalaba entonces el ex candidato a ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Esta contradicción fue destacada por uno de los usuarios de la red social, quien le recordó esa posición totalmente contradictoria a la asumida en la fecha. Cabe mencionar que el abogado no solamente contradijo al secretario de Estado, sino que también aseguró que las barreras policiales son ilegales y anticonstitucionales en un Estado de derecho.
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Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
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La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.
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La consolidación de la unidad a nivel país genera alta expectativa en la ANR, dice Baruja
“La unidad impulsada ahora comparativamente con otros procesos electorales se está concretando mucho más rápido, con bastante velocidad”, destacó el secretario político de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Juan Carlos Baruja, sobre la consolidación del consenso a nivel nacional dentro del Partido Colorado para enfrentar a la oposición en las elecciones municipales del 4 de octubre.
“Este proceso va caminando muy bien. Estamos todos abocados en los trabajos de la Lista 1 con la intención de que la gran mayoría de las municipalidades del país sean administrada por intendentes del Partido Colorado. Tenemos mucha expectativas de que el 4 de octubre contaremos con resultados positivos”, dijo el también ministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat (MUVH), este miércoles, al programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Baruja instó a los candidatos a intendentes y concejales de las 263 intendencias en puja, que resultaron victoriosos en las internas del 7 de junio, a seguir potenciando el diálogo en las bases partidarias. “Yo siempre recomiendo a los ganadores que busquen a aquellos que no tuvieron el éxito electoral, que se generen los diálogos. Los líderes de cada departamento también estamos ayudando a generar esos encuentros. Quienes perdieron deben colocarse a disposición para trabajar por nuestro propósito, que se empiecen a integrar los equipos para facilitar el proceso de unidad”, dijo.
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El alto funcionario de Estado acotó: “Esta unidad es producto del resultado incuestionable de ese 7 de junio mediante elecciones libres, transparentes, donde el pueblo colorado en cada distrito optó por sus candidatos a intendentes y concejales; así como por la madurez de la dirigencia que comprende el paso que debemos llevar adelante, el fortalecimiento de la unidad en los diferentes distritos”.
El consenso en la nucleación tradicional se inició en la ciudad de Asunción con el respaldo de todos los movimientos internos a la figura del aspirante a intendente Camilo Pérez, el cual fue concretado luego de 48 horas después de haber finalizado los comicios internos. Rápidamente esta acción fue propagándose en los demás municipios del país.
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Condenan a tres hombres tras caer con más de 1.000 kilos de marihuana en Naranjal
- Ciudad del Este. Agencia regional
Un juicio oral desarrollado en el Tribunal del Crimen Organizado de Asunción culminó hoy con la condena de tres personas por tráfico internacional de droga.
El fiscal Elvio Aguilera Vázquez, de la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico de Alto Paraná, fue quien desarrolló la acusación en juicio.
Los condenados son: Anderson Oliveira Cardozo y Roberto Fernández Ortellado Greff , quienes recibieron el fallo de 12 años de prisión y, Nardi Rumina Rotela Ayala, a 10 años de pena privativa de libertad. Fueron encontrados culpables por los hechos punibles de remisión de sustancias estupefacientes al extranjero y asociación criminal.
El tribunal que dictó sentencia estuvo integrado por los jueces Federico Rojas, Rossana Maldonado y María Luz Martínez. El caso ya data de diciembre de 2020 cuando se realizó un procedimiento que derivó en la detención de los hoy condenados.
Fue el 6 de diciembre de 2020, a las 10:25, durante un allanamiento efectuado a una granja ubicada en el distrito de Naranjal. La intervención estuvo encabezada por el fiscal Aguilera Vázquez, con apoyo de agentes del Departamento de Investigaciones de la Policía Nacional y del Comando Tripartito.
En esa ocasión, los intervinientes constataron la existencia de 1.150 kilos de marihuana prensada, distribuidos en 1.247 panes, ocultos en la vivienda dentro de un camión y otros vehículos preparados para su traslado clandestino al extranjero, principalmente al Brasil, según se expuso en juicio.
La droga era acondicionada en compartimientos de doble fondo instalados en tractocamiones. En total, fueron inspeccionados cinco vehículos de gran porte de la marca Scania, cuyas carrocerías presentaban modificaciones estructurales para ocultar la droga.
Como resultado del procedimiento, fueron detenidos inicialmente Anderson y Alexis Oliveira Cardozo, señalados como responsables del manejo del establecimiento. Según la investigación, ambos se encargaban de acondicionar los vehículos y ocultar los paquetes de marihuana en los compartimientos preparados para su traslado.
Posteriormente, llegó al lugar Roberto Fernández Ortellado Greff, quien se presentó a bordo de un vehículo Toyota Premio, sin chapa y, al percatarse del allanamiento intentó sobornar a los agentes.
Según la acusación, ofreció inicialmente USD 50.000 y luego aumentó la propuesta a USD 100.000, manifestando que su patrón, un narcotraficante conocido con el alias de “Chipa”, pagaría dicha suma a cambio de suspender la intervención.
La Fiscalía dispuso la incautación de la droga y de los vehículos utilizados para el transporte. Posteriormente, fue detenida Nardi Rumina Rotela Ayala al ser confirmado por los investigadores que uno de los tractocamiones empleados para el traslado de la droga era de su propiedad.
Además de las condenas, el tribunal ordenó el comiso de seis tractocamiones con sus respectivas carretas y dispuso la extinción de la acción penal respecto a Alexis Oliveira Cardozo, debido a su fallecimiento.
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Ratifican millonaria condena civil por la muerte de futbolista sub 14 a causa de un bache
El Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, integrado por Carlos Escobar, Hugo Garcete y Osvaldo Enrique González, confirmó la condena contra el Estado paraguayo, que deberá indemnizar con G. 900 millones, más los intereses acumulados, que rondarían los G. 3.000 millones, a los padres de Javier Alexander Yegros Riveros, futbolista de la Sub 14 del Club Olimpia, fallecido en un accidente de tránsito provocado por un bache en la ruta Acceso Sur, en octubre de 2019.
Los magistrados de segunda instancia llegaron a la conclusión que se ha probado plenamente la responsabilidad del Estado, al comprobarse que el pavimento presentaba un bache de grandes dimensiones, incumpliéndose el deber de conservación y mantenimiento de la vía pública.
La demanda en el fuero civil y comercial fue presentada por los padres del adolescente, Francisco Javier Yegros León y Amelia Riveros Benítez, contra el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), reclamando una indemnización por los daños sufridos tras la muerte de su hijo.
El fallo judicial indica que el percance se registró cuando la rueda delantera de un vehículo de gran porte cayó en el bache, se desprendió e impactó contra el automóvil en el que viajaba la víctima junto a otros menores, provocando el fallecimiento inmediato del conductor y graves lesiones a los ocupantes.
En primera instancia se hizo lugar a la demanda civil por daño moral y daño emergente, al considerar plenamente probado el perjuicio ocasionado a la familia del joven deportista. La familia reclamó un total de G. 33.602.400.000, por daño emergente, lucro cesante, daño moral, daño psicológico y pérdida de chance. No obstante, se consideró que solo correspondía otorgar la indemnización por daño moral y daño emergente.
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