Ante la ampliación de la cuarentena dispuesta por el Gobierno Nacional que va hasta el 19 de abril, el ministro Euclides Acevedo aclaró que el servicio de delivery de bebidas alcohólicas está permitido.

Afirmó que ahora está de vuelta permitido el delivery de bebidas alcohólicas hasta las 23:00. “Tuvimos que escuchar la opinión de la gente. Nos reclamaban por qué se prohibía el delivery, pero sí se podía ir a comprar del supermercado. Todo es ensayo y estamos aprendiendo. Fue un jápi y corregimos. Si querés tomar luego de las 23:00, pero tu nevera está vacía, entonces te jodiste”, dijo a Universo 970AM.

Así también, desde el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) indicaron que de acuerdo al artículo 2, inciso 4, reza que están exceptuados los supermercados, despensas, farmacias y cadenas de logísticas para la provisión y producción de los alimentos y fármacos, han acordado que los suministros deben ser entregados de 5:00 a 15:00, los choferes deberán contar con orden de servicio, cuyo modelo está disponible en https://www.mtess.gov.py/download_file/view/1025/824.

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Foto: Gentileza.

Permisos y seguridad

“Todas las industrias vinculadas, entiéndase actividades de producción, distribución y comercialización agropecuaria, avícola, pesca, domisanitarios, farmacéutico, ferreterías, materiales de construcción, metalúrgica y afines, que provisionan a las cadenas críticas deberán operar al mínimo de su capacidad, con turnos y personal operativo y de administración reducido, tomando todos los recaudos de higiene en el ámbito laboral delineados por los ministerios de Salud y de Trabajo”, expresa el documento.

Agrega además que los trabajadores deben contar con la declaración jurada en la que conste la pertenecía a las actividades exceptuadas y las funciones que desempeña. “Ninguna obra de infraestructura pública o privada y su cadena logística, en zona urbana, podrá extender su actividad más allá de las 17:00, con excepción de aquellas relacionas a Salud”, aclara.

Refiere que los servicios de delivery seguirán siendo de 5:00 a 23:00, salvo farmacias que atienden 24 horas. En cuanto a servicios similares como taxi, UBER y MUV, los conductores deben demostrar su relación laboral con dicho servicio y sus pasajeros justificar el motivo de sus traslados.

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