La Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay rechaza enfática­mente “la arbitraria práctica de la Subsecretaría de Tri­butación del Ministerio de Hacienda de publicar y pre­tender aplicar normas con carácter retroactivo, a tra­vés de la Resolución General Nº 90 del 11 de mayo del 2021. Un ejemplo cercano lo cons­tituyó el malogrado Decreto 6560/2016, lo que muestra que la práctica enquistada no depende del administra­dor de turno, sino que es una cuestión de cultura interna que debería ser radiada de la práctica institucional de este importante organismo esta­tal”, expresa.

Agrega que la designación de ciertos contribuyentes como agentes de información retroactivo a enero del 2021 en adelante, es inadmisible desde el punto de vista cons­titucional y legal, además de ser por demás inoportuna en la actual coyuntura socioe­conómica consecuencia de una terrible pandemia, lo que transmite que las autorida­des de la SET no reconocen la realidad del país. El covid-19 y sus secuelas colapsó el sis­tema de salud, cuando aún no se adquirieron vacunas sufi­cientes. Entre tanto las diver­sas actividades comerciales y de servicios se resienten por las medidas sanitarias, repo­sos, cuarentenas, y la natural caída del consumo que afecta negativamente el ingreso de miles ciudadanos y empresas. En momentos donde se dan el cierre de empresas y pér­dida sostenida de empleos en el sector privado, los planes de apoyo presentados son insu­ficientes para la subsistencia de rubros más afectados por la pandemia y, por el contra­rio, se los condena inexorable­mente al cierre, aclara.

Indica que al parecer Tribu­tación está totalmente ajena a la realidad y, obnubilada por su afán de recaudar solo piensa en el diseño y puesta en vigencia de más y más meca­nismos burocráticos que lo único que hacen es obstaculi­zar la actividad del contribu­yente que desea trabajar for­malmente, imponiendo en la práctica todo tipo dificulta­des para quien –por ejemplo– requiere y le corresponde legí­timamente un “timbrado” o un “CCT C”. Aparte de ello, se tomaron medidas administra­tivas que limitan en alto grado la atención oportuna al contri­buyente, ya que el sistema de atención vía correo electrónico en servicios es a todas luces ineficaz e ineficiente, mien­tras se desdeña el uso mejores prácticas como, por ejemplo, el uso de la firma digital.

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La administración fiscal en la última década, bajo el rótulo del deber de colaboración, ha venido sistemáticamente car­gando al contribuyente con cada vez mayores obligacio­nes formales, traspasando los costos de fiscalización al pro­pio aportante. La Cámara con­dena toda práctica de políticas arbitrarias como lo es la inten­ción de aplicar normas retroac­tivamente, y apoyará decidi­damente la adoptación de las mejores tecnologías para la verificación y control de las ope­raciones de los contribuyentes, siempre que ellas sean imple­mentadas en tiempo oportuno y que el fisco brinde servicios de calidad que faciliten el día a día del contribuyente.

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