La Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay rechaza enfáticamente “la arbitraria práctica de la Subsecretaría de Tributación del Ministerio de Hacienda de publicar y pretender aplicar normas con carácter retroactivo, a través de la Resolución General Nº 90 del 11 de mayo del 2021. Un ejemplo cercano lo constituyó el malogrado Decreto 6560/2016, lo que muestra que la práctica enquistada no depende del administrador de turno, sino que es una cuestión de cultura interna que debería ser radiada de la práctica institucional de este importante organismo estatal”, expresa.
Agrega que la designación de ciertos contribuyentes como agentes de información retroactivo a enero del 2021 en adelante, es inadmisible desde el punto de vista constitucional y legal, además de ser por demás inoportuna en la actual coyuntura socioeconómica consecuencia de una terrible pandemia, lo que transmite que las autoridades de la SET no reconocen la realidad del país. El covid-19 y sus secuelas colapsó el sistema de salud, cuando aún no se adquirieron vacunas suficientes. Entre tanto las diversas actividades comerciales y de servicios se resienten por las medidas sanitarias, reposos, cuarentenas, y la natural caída del consumo que afecta negativamente el ingreso de miles ciudadanos y empresas. En momentos donde se dan el cierre de empresas y pérdida sostenida de empleos en el sector privado, los planes de apoyo presentados son insuficientes para la subsistencia de rubros más afectados por la pandemia y, por el contrario, se los condena inexorablemente al cierre, aclara.
Indica que al parecer Tributación está totalmente ajena a la realidad y, obnubilada por su afán de recaudar solo piensa en el diseño y puesta en vigencia de más y más mecanismos burocráticos que lo único que hacen es obstaculizar la actividad del contribuyente que desea trabajar formalmente, imponiendo en la práctica todo tipo dificultades para quien –por ejemplo– requiere y le corresponde legítimamente un “timbrado” o un “CCT C”. Aparte de ello, se tomaron medidas administrativas que limitan en alto grado la atención oportuna al contribuyente, ya que el sistema de atención vía correo electrónico en servicios es a todas luces ineficaz e ineficiente, mientras se desdeña el uso mejores prácticas como, por ejemplo, el uso de la firma digital.
La administración fiscal en la última década, bajo el rótulo del deber de colaboración, ha venido sistemáticamente cargando al contribuyente con cada vez mayores obligaciones formales, traspasando los costos de fiscalización al propio aportante. La Cámara condena toda práctica de políticas arbitrarias como lo es la intención de aplicar normas retroactivamente, y apoyará decididamente la adoptación de las mejores tecnologías para la verificación y control de las operaciones de los contribuyentes, siempre que ellas sean implementadas en tiempo oportuno y que el fisco brinde servicios de calidad que faciliten el día a día del contribuyente.