El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) dispuso la prórroga del primer periodo de vacunación contra la fiebre aftosa para todo el territorio nacional a fin de garantizar el cumplimiento efectivo del calendario sanitario.
Así lo informó la institución en un comunicado, señalando que mediante la Resolución N° 373 de fecha 20 de marzo de 2026 fue establecida dicha extensión. El periodo de vacunación se extenderá hasta el 1 de abril de este 2026, mientras que el registro podrá realizarse hasta el 8 de abril con su correspondiente registro.
Mario Apodaca, presidente de la Fundación Servicios de Salud Animal (Fundassa), indicó a La Nación/Nación Media que debido a las últimas lluvias, faltaría una pequeña porción para terminar de vacunar. “Estas últimas lluvias vinieron un poco a entorpecer la buena culminación de algunos de algunos lugares, en el Bajo Chaco y otras regiones donde hubo lluvias que afectaron, y esa es una de las razones”, comentó.
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En ese sentido, instaron a los productores a cumplir con estos plazos a fin de asegurar la sanidad del hato ganadero y mantener los estándares sanitarios del país. Hasta el día de hoy la inmunización lleva un avance del 93 % con unos 10.805.090 vacunados, de acuerdo a los datos del organismo veterinario.
Apodaca añadió que de esta manera, la campaña de vacunación contra la fiebre aftosa presenta un avance significativo a nivel nacional; sin embargo, con el objetivo de garantizar una cobertura completa y ordenada, se considera conveniente extender el plazo por una semana adicional, abarcando hasta el Miércoles Santo.
El primer periodo de vacunación del 2025 culminó con 12.790.782 bovinos y bubalinos vacunados de una población existente de 12.823.433, lográndose una cobertura de vacunación del 99,7 %, y se registraron un total de 122.197 propietarios, había informado Senacsa.
La campaña anual contra la fiebre aftosa constituye una de las herramientas estratégicas para la consolidación del Paraguay como proveedor confiable de carne bovina, por ello se insta a los productores a cumplir con el calendario establecido, tanto en la aplicación de vacunas como en el registro posterior, para evitar contratiempos y asegurar la protección sanitaria del hato nacional.
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