La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó a los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial-Régimen Simplificado para Pequeñas Empresas (IRE Resimple) que deben presentar la Declaración Jurada (DDJJ) correspondiente a sus ingresos brutos del ejercicio fiscal 2025 hasta el próximo 26 de febrero de 2026.
Para cumplir con esta obligación, los contribuyentes deben completar el Formulario N.º 502 – IRE Resimple a través del sistema Marangatu, utilizando su clave confidencial de acceso.
Desde la institución advirtieron que, en caso de presentar la declaración fuera de plazo, se generarán de oficio las cuotas trimestrales a pagar, tomando como base un ingreso bruto anual estimado de G. 20 millones.
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Cuotas y calendario de pagos
El régimen establece cuatro cuotas fijas trimestrales que oscilan entre G. 60.000 y G. 240.000, de acuerdo con los ingresos brutos del ejercicio anterior, dentro de un rango anual de G. 20 millones a G. 80 millones.
El primer pago se realiza en marzo, conforme al calendario perpetuo de vencimientos bajo el código de obligación 702. Las siguientes cuotas deben abonarse en junio, setiembre y diciembre. Los pagos pueden efectuarse en bocas de cobranza habilitadas, mediante canales electrónicos o con tarjetas de crédito y débito.
Régimen orientado a pequeñas empresas
El IRE Resimple está dirigido principalmente a empresas unipersonales con ingresos anuales de hasta G. 80 millones. Entre sus principales beneficios figuran la exoneración de anticipos y retenciones, la emisión de comprobantes simplificados y la presentación de una única declaración jurada anual.
El régimen forma parte de las estrategias de formalización y simplificación tributaria impulsadas por la DNIT, con el objetivo de facilitar el cumplimiento fiscal de pequeños contribuyentes y fortalecer la base tributaria.
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El piso congelado del IRP reduce el efecto real de los aumentos salariales
Mientras el salario mínimo volvió a incrementarse un 5 % para compensar parcialmente la inflación, el umbral de ingresos para tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) continúa fijado en G. 80 millones anuales desde 2020. La falta de actualización del mínimo imponible provoca el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que incorpora cada vez a más trabajadores al régimen tributario sin que necesariamente haya mejorado su capacidad económica.
“Nada es seguro, excepto la muerte y los impuestos”. La célebre frase atribuida a Benjamín Franklin mantiene plena vigencia más de dos siglos después. En Paraguay, sin embargo, la realidad tributaria incorpora un elemento adicional que afecta silenciosamente a miles de asalariados: mientras los salarios se ajustan año tras año para acompañar la inflación, el ingreso mínimo para comenzar a tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) permanece inalterable desde hace seis años.
Desde el 1 de julio, el salario mínimo aumentó un 5 %, pasando de G. 2.899.048 a G. 3.044.000 mensuales. Como ocurre cada año, el reajuste busca preservar parcialmente el poder adquisitivo frente al incremento del costo de vida.
Sin embargo, el mínimo para quedar alcanzado por el IRP-Rentas y Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP) continúa fijado en G. 80 millones brutos anuales, exactamente el mismo monto establecido para el ejercicio fiscal 2020.
Esta diferencia entre la evolución de los salarios y la inmovilidad del umbral genera un fenómeno ampliamente estudiado en economía pública denominado “arrastre fiscal” o bracket creep. Consiste en que la inflación y los aumentos nominales de los ingresos hacen que cada vez más personas ingresen al sistema tributario, aunque en términos reales mantengan prácticamente el mismo nivel de vida.
Zunilda Trinidad, consultora organizacional y especialista en proyectos de inversión y auditoría, explica que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) no tiene atribuciones para modificar ese monto por decisión propia.
“El umbral de G. 80 millones está establecido por la Ley 6380/19. Su modificación requiere un cambio en el marco legal. A diferencia de la legislación anterior, la actual no contempla un mecanismo automático de actualización del mínimo imponible según la inflación”, señala.
En consecuencia, más que una decisión administrativa, la permanencia del umbral responde a la ausencia de una reforma legislativa que adapte el monto a la evolución de los precios.
Cada año el límite vale menos. Aunque nominalmente el mínimo imponible continúa siendo de G. 80 millones, su valor económico se redujo de manera importante desde 2020.
La inflación acumulada durante los últimos seis años disminuyó el poder adquisitivo de ese monto. Si el límite hubiera sido ajustado para mantener el mismo valor real que tenía cuando fue fijado, actualmente se ubicaría aproximadamente entre G. 105 millones y G. 108 millones, según la inflación acumulada del período.
En otras palabras, el umbral vigente conserva apenas alrededor del 76 % del poder adquisitivo que tenía originalmente.
Como consecuencia, numerosos trabajadores que únicamente recibieron incrementos destinados a compensar la inflación hoy superan el límite legal y deben inscribirse en el IRP, aun cuando su situación económica real prácticamente no haya cambiado. ¿Pierde poder adquisitivo el trabajador?
La consultora tributaria Cinthia Ayala Maciel, de Inversiones Paraguay, sostiene que el efecto debe analizarse desde dos perspectivas. En primer lugar, explica que el impacto directo del impuesto suele ser moderado.
“El IRP grava la renta neta y posee una estructura progresiva, con tasas del 8 % y del 10 %. Por ello, quien recién supera el umbral normalmente no enfrenta una carga tributaria elevada”, señala.
Sin embargo, considera que el aspecto más relevante está en los costos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
“La inscripción en el registro, la presentación de declaraciones, la conservación de documentos respaldatorios y, en muchos casos, la contratación de un contador o de servicios de teneduría de libros representan gastos que son prácticamente iguales para quien apenas supera el umbral y para quien obtiene ingresos considerablemente mayores”, explica.
Ese fenómeno provoca que los costos administrativos tengan un peso proporcionalmente mayor sobre los contribuyentes de menores ingresos dentro del propio universo alcanzado por el impuesto.
Menor ingreso disponible. El efecto del arrastre fiscal no implica necesariamente una pérdida automática del poder adquisitivo, pero sí puede reducir el ingreso disponible de los trabajadores.
Una parte de los reajustes salariales destinados a compensar la inflación termina absorbida por el pago del impuesto y por los costos administrativos derivados de cumplir con las obligaciones tributarias.
Un ejemplo permite visualizar el fenómeno. Un asalariado que en 2020 percibía G. 78 millones anuales no estaba alcanzado por el IRP. Si durante los años siguientes únicamente recibió incrementos equivalentes a la inflación, hoy podría superar los G. 100 millones anuales sin haber experimentado una mejora significativa en su capacidad económica. Sin embargo, al mantenerse congelado el mínimo imponible en G. 80 millones, pasa a integrar el universo de contribuyentes.
Especialistas en política fiscal sostienen que este mecanismo modifica gradualmente la carga tributaria sin necesidad de elevar las alícuotas ni crear nuevos impuestos. Basta con que el mínimo imponible permanezca inmóvil mientras los salarios nominales continúan creciendo.
Mientras el salario mínimo sigue ajustándose para intentar preservar el poder adquisitivo de los trabajadores, el piso del IRP permanece congelado desde 2020. En ese contexto, cada nuevo reajuste salarial acerca a más paraguayos al régimen tributario, ampliando la base de contribuyentes mediante el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que cobra cada vez mayor relevancia en un escenario de inflación acumulada y salarios en constante actualización.
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DNIT y bancos avanzan hacia un sistema de intercambio de información con autorización del cliente
La administración tributaria y el sector bancario conformarán un equipo técnico y tecnológico para desarrollar una plataforma que permita intercambiar información tributaria y bancaria de manera específica y bajo autorización de los contribuyentes.
Fortalecimiento conjunto. La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y el sistema bancario avanzan en el desarrollo de un mecanismo de intercambio de información que permitirá facilitar el acceso a determinados datos tributarios y bancarios, con autorización previa de los clientes.
El anuncio fue realizado por el director nacional de la DNIT, Óscar Orué, durante la segunda Convención Bancaria, organizada por la Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban)
Orué explicó que ambas partes conformarán un equipo técnico y tecnológico encargado de trabajar en el desarrollo del sistema, con la expectativa de que pueda estar disponible a mediados del próximo año. La herramienta permitirá que las entidades financieras puedan acceder a información tributaria de sus clientes y que, a su vez, la DNIT pueda consultar determinados datos bancarios para fortalecer sus procesos de control.
El director de la DNIT aclaró que el mecanismo no implicará un acceso irrestricto a la información de los contribuyentes. El alcance estará limitado a determinadas declaraciones y registros, entre ellos las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA), estados financieros, facturación de empresas, impuesto a la renta empresarial (IRE) e impuesto a la renta personal (IRP).
Autorización con firma electrónica. Para acceder a estos datos será indispensable la autorización expresa del cliente. Según explicó Orué, cada banco deberá gestionar este consentimiento con sus clientes y posteriormente presentar la autorización ante la DNIT mediante la firma electrónica correspondiente. De esta manera, las entidades podrán consultar y descargar las declaraciones juradas habilitadas.
El sistema apunta principalmente a facilitar los procesos de evaluación de clientes que requieran acceder a productos financieros, como créditos. Sobre el punto, Orué señaló que todavía no se cuenta con una estimación de cuántos contribuyentes podrían otorgar esta autorización, pero remarcó que el acceso estará condicionado al consentimiento de cada cliente.
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SIP: proyectan abarcar comercios, pagos transfronterizos e impuestos
Experto del BCP señala que el objetivo ya no es elevar los niveles de infraestructura, “sino ver qué hacer a través de las redes ya desplegadas”.
El Banco Central del Paraguay (BCP) dio a conocer la hoja de ruta para los pagos digitales a través del Sip, nueva marca del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap). Se proyecta abarcar más comercios, el pago de impuestos y la integración con otros mecanismos a nivel regional.
La información fue dada a conocer en Pay Meeting, la principal actividad del año en el ámbito de los medios de pago. El evento fue organizado por la Cámara Paraguaya de Medios de Pago (CPMP) y estuvo presente Derlis Montanía, especialista en Infraestructura de Mercados Financieros de la banca matriz, con la exposición denominada “La próxima frontera de los pagos digitales en Paraguay”.
“LLEVARLO MÁS ALLÁ”
Explicó que hoy en día el objetivo ya no consiste en elevar los niveles de infraestructura, sino ver qué hacer a través de las redes ya desplegadas. “Ya no queremos seguir desarrollando infraestructura, queremos llevarlo más allá”, destacó.
Citó, por ejemplo, que se está explorando muy de cerca la opción del pago por aproximación, similar a herramientas como Google Pay y Apple Pay. Como se sabe, el sistema del QR Hub, que permite efectuar transacciones a través del código QR ya es una realidad y significa una evolución en las conocidas transferencias de dinero que se masificaron en los últimos años.
INTEGRACIÓN REGIONAL
Seguidamente, indicó que a nivel regional se está trabajando en un proyecto piloto a través del cual se busca conocer la factibilidad de la conexión con otros sistemas, por ejemplo, PIX de Brasil. En ese sentido, consideró que la cuestión tecnológica no refiere el principal obstáculo, reconociendo que los aspectos regulatorios representan el mayor reto, en pocas palabras.
Por otro lado, habló también de la posibilidad de que el Sip sea parte de un mecanismo para el pago de tributos, multas y servicios públicos, entre otros. “Queremos que el Sip participe de una manera más activa en lo que tiene que ver con pagos al Gobierno”, indicó.
OPORTUNIDAD
Finalmente, quizás en uno de los puntos más amplios, Derlis Montanía relató la oportunidad que representa la gran cantidad de comercios que todavía no cuentan con sistemas de pagos. Actualmente, hay alrededor de 100.000 comercios que están conectados, sobre una base total de 950.000 formalmente constituidos.
“Queremos que estas soluciones lleguen a más comercios, queremos que se amplifique el uso y que más personas puedan sentirse cada vez más parte de los beneficios que te genera el Sip”, destacó. Sobre este último punto, citó servicios como los pagos automatizados y esquemas como el de pagos de cuotas. “Ya no es solo mover dinero”, sostuvo, al tiempo de señalar que se busca mejorar la experiencia del usuario.
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Sexta edición de Itaú Transforma busca seguir impulsando a emprendedores
Banco Itaú habilitó las postulaciones para una nueva edición de Itaú Transforma, un programa dirigido a pequeñas y medianas empresas del país. Las inscripciones están abiertas hasta el 9 de agosto.
La iniciativa busca fortalecer emprendimientos mediante un proceso de capacitación, mentorías especializadas y premios en efectivo, con el objetivo de impulsar su fortalecimiento.
Las inscripciones ya se encuentran disponibles a través del sitio oficial del programa, donde los interesados pueden acceder a las bases y condiciones, conocer las etapas del proceso y completar su postulación.
El programa está dirigido a emprendimientos de paraguayos, con al menos un año de actividad y una facturación anual mínima de USD 5.000 y, preferentemente, de hasta USD 500.000.
Los postulantes deberán ser mayores de 18 años. Desde la organización señalan que se valorará iniciativas que incorporen soluciones a desafíos sociales o ambientales, buenas prácticas de sostenibilidad o herramientas digitales dentro de su modelo de negocio.
Formación en diferentes disciplinas. “Itaú Transforma busca fortalecer la capacidad de gestión de emprendedores y emprendedoras, entendiendo lo desafiante que pueden ser los primeros años de funcionamiento de una empresa.
Por eso, el programa se caracteriza por un fuerte componente de formación en diferentes disciplinas con la intención de acompañar el desarrollo de los emprendimientos”, señaló Claudia Bobadilla, gerente de Marketing y Sustentabilidad de Banco Itaú.
Los proyectos seleccionados accederán a un proceso de formación que incluirá módulos sobre modelos de negocio con impacto positivo, tendencias de mercado, flujo de caja, fuentes de financiamiento, estrategias de ventas, marketing, transformación digital y análisis de datos.
Mentorías personalizadas. Como novedad de esta edición, el programa incorporará un componente basado en la metodología Planificación para la Acción, orientado a fortalecer la ejecución de planes estratégicos.
Tras la etapa de capacitación, los finalistas recibirán mentorías personalizadas junto a empresarios de la Asociación de Empresarios Cristianos del Paraguay (Adec), quienes los acompañarán en la revisión de su estrategia y modelo de negocio.