Desde este 15 de enero entra en vigencia la resolución N° 1361/2025 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), que reglamenta la suspensión de los contratos laborales prevista en el Código del Trabajo.
La nueva normativa establece reglas claras, procedimientos uniformes y trámites simplificados, con el objetivo de proteger los derechos de los trabajadores y, al mismo tiempo, dar previsibilidad a empleadores ante situaciones excepcionales.
La reglamentación aclara que la suspensión del contrato no implica la terminación de la relación laboral, sino una interrupción temporal de sus efectos. Esto significa que el trabajador mantiene su vínculo con la empresa y conserva el derecho a ser reincorporado una vez finalizada la causa que motivó la suspensión.
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Uno de los principales cambios es la diferenciación de los procedimientos según el tipo de causal. En algunos casos, la suspensión requerirá justificación documental y una resolución administrativa, mientras que en otros bastará con la comunicación y el registro ante la autoridad laboral.
Este esquema busca aplicar el principio de economía procesal, agilizando los trámites y evitando cargas innecesarias, sin dejar de garantizar el control y la legalidad de las medidas.
La resolución también refuerza la obligación de informar de manera clara y efectiva a los trabajadores, así como su participación en los casos previstos por la ley. Además, fija plazos definidos para el análisis de las solicitudes, lo que apunta a dar respuestas más rápidas y previsibles. Todo el proceso deberá realizarse exclusivamente a través del Sistema de Registro Obrero Patronal (REOP), que pasa a ser el único canal habilitado para gestionar las suspensiones.
Durante el período de suspensión, el trabajador mantiene su cobertura de seguridad social, conserva los derechos vinculados a la antigüedad laboral, las vacaciones y la reserva del puesto de trabajo. De esta manera, la normativa reafirma el carácter protector del derecho laboral y evita que la suspensión se traduzca en una pérdida de derechos.
Desde el Ministerio de Trabajo señalaron que el objetivo es ordenar y transparentar los procedimientos, asegurando que las suspensiones se apliquen únicamente cuando existan causales debidamente justificadas, priorizando la continuidad del empleo formal.
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