La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), informó acerca de nuevas disposiciones del Código Aduanero que se encamina a intensificar controles para las transacciones del comercio internacional en Paraguay.
Se trata de la promulgación de las modificaciones en el citado código aduanero para los requisitos y datos que deben contener los documentos de despacho de las zonas provenientes o de destino de las operaciones comerciales.
Entre las novedades más importantes que señala el comunicado, es que a los efectos de determinar correctamente el valor imponible de las mercaderías, se exigirá la presentación de la factura comercial o comprobante de flete.
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Alcance vía decreto
Además, la norma también deja en claro que el régimen de control posterior incluye a las mercaderías ingresadas por canal rojo, y que las fiscalizaciones podrán realizarse a las operaciones aduaneras relacionadas a todos los canales de selectividad.
Desde la Dnit, destacan que estas medidas favorecen a la eficiencia en los controles al comercio internacional, al tiempo de remarcar que el gobierno de Paraguay busca aumentar de esta manera las exigencias en las inspecciones.
La normativa fue establecida vía Decreto 859 de 2023, que modifica los artículos 170 y 331 del Anexo del Decreto 4672/05 que reglamenta el Código Aduanero de Paraguay, y por el cual se detallan las formalidades y requisitos del despacho aduanero y el alcance de la revisión de la declaración y del control posterior.
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DNIT extiende hasta junio el plazo para presentación de estados financieros
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), resolvió postergar hasta junio del 2026 el vencimiento para la presentación de los Estados Financieros correspondientes al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2025. La decisión apunta a dar mayor margen a empresas y profesionales contables, en un contexto marcado por nuevas exigencias técnicas y operativas.
Según la Resolución General N.º 50/2026, el aplazamiento se da tras reiterados pedidos de gremios y contribuyentes, quienes advirtieron dificultades para cumplir con los plazos habituales de abril. Entre los principales obstáculos se destacan la superposición de auditorías externas, procesos de aprobación en asambleas y la adaptación a nuevas plataformas tecnológicas de reporte.
A esto se suma la reciente implementación de la Resolución General N.º 49/2026, que introduce cambios en la presentación de información sobre utilidades, reservas y resultados dentro de las notas a los estados financieros. Estas modificaciones, aplicables al último ejercicio fiscal, requieren ajustes contables adicionales antes de consolidar los datos finales.
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Desde la DNIT señalaron que la prórroga tiene como objetivo facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, permitiendo que la información sea procesada con mayor precisión y rigor técnico. En ese sentido, la institución busca evitar errores o inconsistencias que puedan surgir por la premura en la carga de datos.
Asimismo, la administración tributaria considera que esta medida contribuirá a optimizar la recepción de grandes volúmenes de información, estableciendo de manera excepcional un nuevo calendario que se adecúe a las condiciones actuales del sistema.
El organismo también recordó que cuenta con facultades legales para dictar este tipo de disposiciones, orientadas a mejorar la gestión, fiscalización y percepción de tributos bajo su competencia.
La resolución fue firmada por el gerente general de Aduanas, Juan Francisco Olmedo Florentín, quien se encuentra a cargo del despacho institucional de la DNIT, conforme a las normativas vigentes que garantizan la continuidad administrativa.
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Cómo proteger tu patrimonio bajo la EAS
Más allá de la hoja de ruta para formalizar un negocio, el enfoque evoluciona de la creación al mantenimiento, y la abogada corporativa María José Rojas explica los tres pilares que toda empresa bajo esta personería jurídica regulada por la Ley N° 6480/2020 debe dominar.
Constituir una Empresa por Acciones Simplificadas (EAS) es un paso estratégico, pero el RUC no es un escudo mágico; es una estructura jurídica que debe gestionarse con rigor para que cumpla su fin último, que es la limitación de responsabilidad. Para que el patrimonio personal permanezca blindado frente a los riesgos del negocio, existen tres pilares legales que todo administrador debe dominar, según la abogada corporativa María José Rojas.
En primer lugar, el Rigor de los Libros Digitales: la Ley N° 6480/2020 establece la obligatoriedad de llevar registros societarios y contables de forma digital. Los documentos que garantizan la salud legal de la empresa son: el libro de actas, donde se asientan las decisiones de las reuniones de socios o del administrador único.
El libro de registro de acciones es crucial para demostrar quiénes son los dueños reales de la empresa, y los libros contables (diario e inventario), esenciales para la salud tributaria ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
“El riesgo legal es no llevar estos libros al día, pues puede invalidar decisiones societarias ante terceros o entidades bancarias, restándole seriedad jurídica a la empresa ante una eventual auditoría o proceso judicial”, expresó María José a FOCO Business.
El segundo pilar es el Velo Corporativo y la Confusión Patrimonial, punto en el que la especialista explica que el mayor beneficio de la EAS, es que el socio solo responde hasta el límite de sus aportes. Pero atención, este beneficio se pierde si se abusa de la personalidad jurídica, ya que la ley es clara al separar la persona física de la jurídica.
“Si un dueño utiliza la cuenta bancaria de la EAS para gastos personales como compras de supermercado, cuotas de colegios o viajes privados sin el debido proceso contable como la asignación de dividendos o salarios, incurre en confusión patrimonial”, agregó.
La consecuencia en caso de litigio, es que los acreedores pueden solicitar el “levantamiento del velo corporativo”. Es decir, si un juez comprueba que no hay una separación real entre los bienes del dueño y los de la empresa, el “escudo” desaparece y el emprendedor podría terminar respondiendo con su casa, sus ahorros o su vehículo personal por las deudas del negocio, explicó.
Y el tercer pilar es el cumplimiento ante la DGPP y Beneficiario Final. En el marco de las normativas de transparencia y lucha contra el lavado de dinero en Paraguay, la EAS debe cumplir estrictamente con las comunicaciones ante la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (DGPP).
Las mismas son la comunicación anual, que se debe ratificar o actualizar con la información del Beneficiario Final, quien ostenta el control real de la empresa. Los plazos fatales, de cualquier cambio en el estatuto, transferencia de acciones o cambio de autoridades deben comunicarse en plazos establecidos en la ley.
En cuanto a las sanciones, el incumplimiento no solo acarrea multas onerosas, sino que provoca el bloqueo del RUC y la imposibilidad de operar con el sistema financiero nacional, paralizando por completo la facturación y operatividad del negocio.
En conclusión, para María José la formalidad es una inversión, no un gasto, y la Ley N° 6480/2020 es una herramienta poderosa, pero requiere gestión responsable. “Como abogada, mi recomendación es siempre la misma: la prevención legal es infinitamente más económica que la defensa judicial. Blindar tu empresa es, en última instancia, blindar tu futuro”, remarcó.
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Recuerdan vigencia del impuesto a dividendos
Señalan reglas de la aplicación del IDU que grava distribución de ganancias a socios, accionistas o propietarios de firmas.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recordó a los contribuyentes la vigencia del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU), que grava la distribución de ganancias a socios, accionistas o propietarios de empresas, en el marco del fortalecimiento del sistema fiscal. Según explicó la DNIT, el tributo aplica a personas físicas, jurídicas y otras entidades, tanto residentes como no residentes, que perciban dividendos, utilidades o rendimientos. La tasa es del 8 % para residentes y del 15 % para no residentes.
El impuesto fue establecido por la Ley n.° 6380/2019, como parte de la reforma de modernización tributaria, y su aplicación varía según el tipo de contribuyente. En las sociedades anónimas, la obligación surge conforme a lo resuelto en asamblea; en las sociedades de responsabilidad limitada, según sus estatutos o en el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio; mientras que en empresas unipersonales se genera en ese mismo plazo, salvo reinversión de utilidades.
Para garantizar el cumplimiento, la norma establece que las Entidades Generadoras de Dividendos, Utilidades y Rendimientos (Egdur) actúen como agentes de retención. Incluyen empresas unipersonales bajo el régimen general, sociedades, consorcios de obras públicas y entidades extranjeras con presencia en el país.
El pago del impuesto se realiza mediante retención vía sistema Marangatu, y las entidades deben emitir el comprobante correspondiente dentro del plazo que se extiende hasta el último día del mes en que se genera la obligación o se realiza el pago. Las empresas deben actualizar sus datos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) e incorporar la obligación “Retención del IDU” (código 726), además de gestionar el timbrado de comprobantes.
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El tipo de cambio favorece en el aumento de las recaudaciones
Gracias a este comportamiento, las recaudaciones tributarias en marzo mostraron un desempeño positivo.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) reportó que, si bien las operaciones de importación registraron un incremento del 20 % en marzo en comparación con el mismo mes del año pasado, la recaudación vinculada al comercio exterior se vio atenuada por la dinámica del tipo de cambio. Según explicó Braulio Ferreira, gerente ejecutivo de la DNIT, durante una entrevista en la 1000 AM, la depreciación del dólar frente al guaraní impacta directamente en los ingresos aduaneros, reduciendo el valor en moneda local de las operaciones de importación.
A este escenario se suman factores exógenos a la DNIT, como las condiciones climáticas y la navegabilidad de los ríos, que también influyen en el ritmo del comercio exterior. Pese a este contexto, señaló que la recaudación total de marzo mostró un desempeño positivo, con un superávit interanual (año-año) del 10,4 %. Este resultado estuvo impulsado principalmente por el dinamismo de los impuestos internos, que registraron un crecimiento, bajo la gestión de la Gerencia General de Impuestos Internos.
Por su parte, la Gerencia General de Aduanas también contribuyó al resultado global, con un incremento del 8,3 %, aunque condicionado por las variaciones cambiarias y el comportamiento de las importaciones. Desde la DNIT señalaron que este crecimiento en los tributos internos permitió compensar parcialmente el menor impacto recaudatorio del comercio exterior, en un escenario donde el tipo de cambio juega un rol determinante.
EXPECTATIVAS POSITIVAS
De cara al mes de abril, las expectativas se mantienen favorables, principalmente por el calendario tributario. En este periodo se registra el vencimiento del impuesto a la renta empresarial (IRE), uno de los principales componentes de la recaudación, según indicó el gerente de la DNIT. Asimismo, explicó que el impuesto recoge el desempeño económico del año anterior, que según datos del Banco Central del Paraguay (BCP), cerró con un crecimiento del 6,6 % del producto interno bruto (PIB). En ese sentido, desde la administración tributaria estiman que el buen desempeño de la economía en 2025 debería reflejarse en mayores niveles de cumplimiento tributario, lo que permitiría sostener la senda positiva de la recaudación en los próximos meses.
El dólar sigue con su tendencia negativa
La moneda norteamericana cerró ayer en G. 6.480.
La cotización del dólar en Paraguay al parecer no “reflexionó” durante esta Semana Santa, ya que volvió a su tendencia negativa en el mercado minorista. De esta forma, el precio local se comporta a contracorriente de la dinámica global, que se mantiene ante nerviosismos del conflicto en Medio Oriente. El precio minorista a la venta retrocedió el lunes de Pascua 10 puntos, desde los G. 6.500, ubicándose en G. 6.490 por unidad, según las pizarras del mercado cambiario. La cotización parecía haberse “dormido sobre los laureles”, pero al cierre de la tarde de ayer, volvió a retroceder a niveles más bajos en 5 años y cerró en G. 6.480.
El Índice del Dólar (DXY), que mide el valor del dólar estadounidense (USD) frente a seis divisas principales, se mantiene firme tras registrar pérdidas en la jornada anterior y cotiza alrededor de 100.00 durante las horas europeas del martes. Fxstreet.es señala que el dólar estadounidense recibe soporte por el aumento de la demanda de refugio seguro en medio de la incertidumbre sobre las conversaciones de paz en la guerra de Irán.
DÓLAR FORTALECIDO
Bloomberg Línea, por su parte, señala que el dólar en América Latina se ha fortalecido en un entorno global marcado por tensiones en Medio Oriente, reforzando su papel como activo refugio y dejando en evidencia la fragilidad de las monedas de la región. El dólar cerró marzo con su mejor desempeño mensual desde julio de 2025, consolidando un repunte impulsado por la creciente aversión al riesgo en los mercados globales.