Este jueves, el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) informó que la Resolución N° 500/2023, de fecha 26 de abril de 2023, aprobó la modificación del Certificado Oficial de Tránsito de Animales (COTA), con vigencia a partir del 16 de mayo de 2023.

Explicaron que esta resolución dispone la inclusión en el COTA de las dos últimas fechas de vacunaciones contra la fiebre aftosa por categoría de animales vacunados. Así también establece la inclusión de la última fecha de vacunación contra la Brucelosis Bovina.

El documento señala que la necesidad de incluir las dos últimas vacunaciones contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina en el nuevo COTA es en atención a que el mismo representa el documento sanitario de respaldo para el traslado de los animales.

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Esto garantiza el cumplimiento de las vacunaciones realizadas en los establecimientos y es de suma importancia para la verificación del sistema de control sanitario en los componentes de los Programas Nacionales de Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina.

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Esto, teniendo en cuenta que es deber del Senacsa garantizar el estado sanitario de los animales bovinos a ser movilizados en todo el territorio nacional. Toda tropa de animales para su movilización, debe estar acompañada por el COTA expedido por la institución encargada.

En este sentido, cabe recordar las disposiciones contempladas en la Ley N° 808/1996 “Que declara obligatorio el Programa Nacional de erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el territorio nacional”, así como el Decreto del Poder Ejecutivo N° 7426/2017 “Por el cual se abroga el Decreto N° 2592, del 18 de diciembre de 1978, su modificatoria, el Decreto N° 10.101, del 21 de agosto de 2000; y se encarga al Senacsa la reglamentación del Programa Nacional de Control, Prevención y Erradicación de la Brucelosis”.

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