Teniendo en cuenta que el calendario de vencimientos de pago de la mayoría de los impuestos, regidos por el calendario perpetuo, es en este febrero, se generó una confusión, pues en el caso del impuesto a la renta personal (IRP) fue considerado una flexibilización de extensión hasta finales del mes de junio.
Al respecto, la jefa de Servicios al Contribuyente de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Rocío Brizuela, aclaró la duda y aseguró que los contribuyentes del IRP tendrán tiempo de presentar sus declaraciones juradas hasta el 30 de junio de este 2023.
“Esta opción se modificó con la implementación de una medida que prolonga hasta el mes de junio, y no en febrero, como lo indicaba el calendario perpetuo de Tributación. Esto significa que hasta fines de junio se tiene tiempo para hacer las declaraciones juradas”, expresó la profesional a la 1020 AM.
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La funcionaria señaló que esta flexibilización, cuya resolución salió en enero, está vigente para los contribuyentes que deben presentar sus declaraciones juradas del IRP con registros de forma anual, es decir, cuyo vencimiento se postergó de febrero a junio.
Con la incorporación de la tecnología en los procesos de la SET, lo bueno es que la presentación se puede realizar a través del sistema Marangatu, que a la vez al completarlo de forma digital no requiere de una presentación en impreso, explicó.
Así también, desde la SET realizarán dos jornadas de socialización y capacitación virtuales vía Facebook Live esta semana sobre los aspectos relacionados al IRP. La primera charla será este jueves 16 de febrero a las 10:00 y tratará sobre a quiénes afecta el referido tributo, cómo se documenta y cuándo se debe tributar. Mientras que el viernes 17, a las 14:00, se explicará la correcta liquidación del IRP-RGC Formulario N° 516 V02.
Por otro lado, el calendario de vencimientos de pago de los impuestos, correspondiente a febrero de este año, para el impuesto al valor agregado (IVA)-general, impuesto selectivo al consumo (ISC)–general, impuesto a la renta empresarial (IRE) (presunto y especial), impuesto de zona franca y el tributo único maquila se rigen por el calendario perpetuo.
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LN PM: edición del 26 de agosto
Ande frena contrato con Atome: “No cierran los números”, afirmó Báez Reyes
La Ande rechazó el acuerdo con la firma británica Atome para una planta de hidrógeno verde en Villeta al no considerar viable congelar las tarifas eléctricas por 15 años. Su titular, Miguel Báez Reyes, señaló que Paraguay agotará su excedente hidroeléctrico para 2030, por lo que el Gobierno busca reformas legales para atraer inversión privada en fuentes alternativas.
La Administración Nacional de Electricidad (Ande) confirmó a la 730 AM la interrupción de las negociaciones con la multinacional británica Atome Energy PLC. Según el nuevo titular de la Ande, la decisión responde a que las condiciones requeridas por la firma británica no resultaban beneficiosas para el país.
La otra cara de la huelga médica: perjuicio de G. 23.000 millones en consultas y cirugías no hechas
El Dr. Gustavo Ortiz, director de Servicios y Redes del Ministerio de Salud Pública, detalló en entrevista con el canal GEN/Nación Media el millonario impacto operativo y financiero que genera la huelga en el sistema de salud.
El profesional reveló que durante los cinco días de paro se postergan más de 259.000 consultas y 2.500 cirugías programadas, lo que representa un costo económico superior a los G. 23.282 millones, además del riesgo de secuelas en los pacientes por atenciones no recibidas.
Anularán 144 títulos de docentes tras constatar que son falsos
La Fiscalía constató que 144 títulos universitarios de docentes son falsos y ya solicitó formalmente la anulación. Los casos varían y las partes involucradas son tres: los beneficiados con los títulos los directores de los institutos y los funcionarios del MEC.
Teresa Sosa, fiscal de la causa, explicó que se encuentran bajo investigación 525 casos, de los cuales, 144 ya fueron verificados y existen tres aristas: la participación de los funcionarios del Ministerio de Educación y Ciencias, los beneficiados con los títulos falsos y los directores o responsables de los institutos de enseñanza superior.
Feminicidio de María Fernanda: tribunal aplicó penas de entre 10 y 3 años de cárcel a los acusados
Un Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a los cinco adultos acusados por el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez Martínez. La lectura de la sentencia comenzó poco antes de las 23:00 del martes 25, atendiendo a la gravedad del juzgamiento a los acusados.
El colegiado integrado por los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera y Andrea Riquelme emitieron su veredicto final tras finalizar el debate oral y escuchar a todas las partes. Además, durante la jornada de hoy dio la posibilidad de brindar algunas declaraciones a los procesados.
Fiscal general exige reforzar seguridad para agentes fiscales ante amenazas
El fiscal general del Estado, Emiliano Rolón Fernández, emitió un comunicado en el que exhorta a la Corte Suprema de Justicia y a las autoridades nacionales competentes en materia de seguridad “a reforzar las medidas de protección destinadas a resguardar la integridad de los agentes fiscales que intervienen en juicios orales y públicos”, tras denuncias por la presunta amenaza del exministro Arnaldo Giuzzio contra los representantes del Ministerio Público en su juicio por presunto vínculo con el narcotraficante brasileño Marcus Vinícius Espíndola Marqués de Padua.
La nota manifiesta: “El Prof. Dr. Emiliano Rolón Fernández, fiscal general del Estado, exhorta a la Corte Suprema de Justicia y a las autoridades nacionales competentes en materia de seguridad a reforzar las medidas de protección destinadas a resguardar la integridad de los agentes fiscales que intervienen en juicios orales y públicos, tanto durante el desarrollo de las audiencias como en sus desplazamientos y permanencia dentro de las instalaciones del Palacio de Justicia”.
Adultos Mayores: publican lista y pagan hoy a nuevos beneficiarios
Los que cumplieron 68 años hasta el 24 de agosto son los nuevos beneficiarios del programa Adultos Mayores y podrán cobrar hoy. La lista ya está publicada en la web.
Este miércoles 26 pagarán a los que hayan cumplido 68 años de edad hasta el 24 de agosto, fecha en que se hace el corte. La lista de los nuevos beneficiarios está disponible en este enlace.
De las 3.902 incorporaciones, 2.244 corresponden a los de 68 años cumplidos hasta el 24 de agosto, 866 de 69 años y más, 155 miembros de comunidades indígenas, 61 personas con discapacidad, 42 extranjeros y 534 reincorporados que habían perdido sus cuentas.
Diputados y Cancillería establecen agenda para recuperar trofeos de guerra del Brasil
La mesa directiva de la Cámara de Diputados se reunió este miércoles con el canciller nacional, Rubén Ramírez Lezcano, ocasión en la que abordó sobre la restitución de trofeos de la Guerra de la Triple Alianza (1864-1870) que se encuentran en el Brasil.
Tras la reunión, el ministro de Relaciones Exteriores indicó que el objetivo es activar también la diplomacia parlamentaria para buscar recuperar, no solo el cañón Cristiano, sino también otros objetos y documentos que se encuentran en el país vecino.
7-Paraguay inicia las gestiones para la vuelta del Cañón Cristiano
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Cronograma de pagos del sector público arranca el lunes
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dio a conocer el calendario de pagos de salarios y beneficios sociales correspondiente al mes de agosto. Los desembolsos comenzarán el lunes 24 con los veteranos, pensionados y beneficiarios del programa Adultos Mayores.
El martes 25 percibirán sus haberes los jubilados de la Caja Fiscal, mientras que el miércoles 26 serán abonados los salarios a los funcionarios administrativos y el personal del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Posteriormente, el cronograma dado a conocer continuará el jueves 27 con los desembolsos para Fuerzas Públicas, Poder Judicial y Gobernaciones; el viernes 28 proseguirá con servidores públicos del Ministerio de Educación y de las Universidades Nacionales; mientras que el lunes 31 de agosto se abonarán los Servicios Personales pendientes.
Dichos pagos se realizan a través de la Dirección General del Tesoro Público (DGTP), dependiente de la Gerencia de Gestión Financiera del Estado (GGFE) del Viceministerio de Administración Financiera (VAF), de acuerdo con la publicación del MEF.
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Gasto social
Durante la presente semana, la cartera de Economía dio a conocer su informe de Situación Financiera (Situfin), el cual dio cuenta de la expansión de los gastos en el ámbito social y la prestación de servicios de salud.
La erogación total acumuló un incremento de 9,7 %, con una ejecución orientada a los sectores estratégicos. En términos funcionales, el gasto en salud aumentó 14,4 %, en educación 13,1 %, en programas sociales 10,1 % y en seguridad 14,1 %. En cuanto a las remuneraciones, alrededor del 80 % se destinó a los sectores de Educación, Salud y Fuerzas Públicas.
Las prestaciones sociales se expandieron 15,6 % y entre sus principales componentes se destacaron las jubilaciones y pensiones, con un incremento de 9,7 %; la pensión para Adultos Mayores, con 14,1 %, y las transferencias para Alimentación Escolar en el marco del programa Hambre Cero, que crecieron 105,5 %.
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El piso congelado del IRP reduce el efecto real de los aumentos salariales
Mientras el salario mínimo volvió a incrementarse un 5 % para compensar parcialmente la inflación, el umbral de ingresos para tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) continúa fijado en G. 80 millones anuales desde 2020. La falta de actualización del mínimo imponible provoca el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que incorpora cada vez a más trabajadores al régimen tributario sin que necesariamente haya mejorado su capacidad económica.
“Nada es seguro, excepto la muerte y los impuestos”. La célebre frase atribuida a Benjamín Franklin mantiene plena vigencia más de dos siglos después. En Paraguay, sin embargo, la realidad tributaria incorpora un elemento adicional que afecta silenciosamente a miles de asalariados: mientras los salarios se ajustan año tras año para acompañar la inflación, el ingreso mínimo para comenzar a tributar el Impuesto a la Renta Personal (IRP) permanece inalterable desde hace seis años.
Desde el 1 de julio, el salario mínimo aumentó un 5 %, pasando de G. 2.899.048 a G. 3.044.000 mensuales. Como ocurre cada año, el reajuste busca preservar parcialmente el poder adquisitivo frente al incremento del costo de vida.
Sin embargo, el mínimo para quedar alcanzado por el IRP-Rentas y Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP) continúa fijado en G. 80 millones brutos anuales, exactamente el mismo monto establecido para el ejercicio fiscal 2020.
Esta diferencia entre la evolución de los salarios y la inmovilidad del umbral genera un fenómeno ampliamente estudiado en economía pública denominado “arrastre fiscal” o bracket creep. Consiste en que la inflación y los aumentos nominales de los ingresos hacen que cada vez más personas ingresen al sistema tributario, aunque en términos reales mantengan prácticamente el mismo nivel de vida.
Zunilda Trinidad, consultora organizacional y especialista en proyectos de inversión y auditoría, explica que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) no tiene atribuciones para modificar ese monto por decisión propia.
“El umbral de G. 80 millones está establecido por la Ley 6380/19. Su modificación requiere un cambio en el marco legal. A diferencia de la legislación anterior, la actual no contempla un mecanismo automático de actualización del mínimo imponible según la inflación”, señala.
En consecuencia, más que una decisión administrativa, la permanencia del umbral responde a la ausencia de una reforma legislativa que adapte el monto a la evolución de los precios.
Cada año el límite vale menos. Aunque nominalmente el mínimo imponible continúa siendo de G. 80 millones, su valor económico se redujo de manera importante desde 2020.
La inflación acumulada durante los últimos seis años disminuyó el poder adquisitivo de ese monto. Si el límite hubiera sido ajustado para mantener el mismo valor real que tenía cuando fue fijado, actualmente se ubicaría aproximadamente entre G. 105 millones y G. 108 millones, según la inflación acumulada del período.
En otras palabras, el umbral vigente conserva apenas alrededor del 76 % del poder adquisitivo que tenía originalmente.
Como consecuencia, numerosos trabajadores que únicamente recibieron incrementos destinados a compensar la inflación hoy superan el límite legal y deben inscribirse en el IRP, aun cuando su situación económica real prácticamente no haya cambiado. ¿Pierde poder adquisitivo el trabajador?
La consultora tributaria Cinthia Ayala Maciel, de Inversiones Paraguay, sostiene que el efecto debe analizarse desde dos perspectivas. En primer lugar, explica que el impacto directo del impuesto suele ser moderado.
“El IRP grava la renta neta y posee una estructura progresiva, con tasas del 8 % y del 10 %. Por ello, quien recién supera el umbral normalmente no enfrenta una carga tributaria elevada”, señala.
Sin embargo, considera que el aspecto más relevante está en los costos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
“La inscripción en el registro, la presentación de declaraciones, la conservación de documentos respaldatorios y, en muchos casos, la contratación de un contador o de servicios de teneduría de libros representan gastos que son prácticamente iguales para quien apenas supera el umbral y para quien obtiene ingresos considerablemente mayores”, explica.
Ese fenómeno provoca que los costos administrativos tengan un peso proporcionalmente mayor sobre los contribuyentes de menores ingresos dentro del propio universo alcanzado por el impuesto.
Menor ingreso disponible. El efecto del arrastre fiscal no implica necesariamente una pérdida automática del poder adquisitivo, pero sí puede reducir el ingreso disponible de los trabajadores.
Una parte de los reajustes salariales destinados a compensar la inflación termina absorbida por el pago del impuesto y por los costos administrativos derivados de cumplir con las obligaciones tributarias.
Un ejemplo permite visualizar el fenómeno. Un asalariado que en 2020 percibía G. 78 millones anuales no estaba alcanzado por el IRP. Si durante los años siguientes únicamente recibió incrementos equivalentes a la inflación, hoy podría superar los G. 100 millones anuales sin haber experimentado una mejora significativa en su capacidad económica. Sin embargo, al mantenerse congelado el mínimo imponible en G. 80 millones, pasa a integrar el universo de contribuyentes.
Especialistas en política fiscal sostienen que este mecanismo modifica gradualmente la carga tributaria sin necesidad de elevar las alícuotas ni crear nuevos impuestos. Basta con que el mínimo imponible permanezca inmóvil mientras los salarios nominales continúan creciendo.
Mientras el salario mínimo sigue ajustándose para intentar preservar el poder adquisitivo de los trabajadores, el piso del IRP permanece congelado desde 2020. En ese contexto, cada nuevo reajuste salarial acerca a más paraguayos al régimen tributario, ampliando la base de contribuyentes mediante el denominado “arrastre fiscal”, un fenómeno que cobra cada vez mayor relevancia en un escenario de inflación acumulada y salarios en constante actualización.
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DNIT y bancos avanzan hacia un sistema de intercambio de información con autorización del cliente
La administración tributaria y el sector bancario conformarán un equipo técnico y tecnológico para desarrollar una plataforma que permita intercambiar información tributaria y bancaria de manera específica y bajo autorización de los contribuyentes.
Fortalecimiento conjunto. La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y el sistema bancario avanzan en el desarrollo de un mecanismo de intercambio de información que permitirá facilitar el acceso a determinados datos tributarios y bancarios, con autorización previa de los clientes.
El anuncio fue realizado por el director nacional de la DNIT, Óscar Orué, durante la segunda Convención Bancaria, organizada por la Asociación de Bancos del Paraguay (Asoban)
Orué explicó que ambas partes conformarán un equipo técnico y tecnológico encargado de trabajar en el desarrollo del sistema, con la expectativa de que pueda estar disponible a mediados del próximo año. La herramienta permitirá que las entidades financieras puedan acceder a información tributaria de sus clientes y que, a su vez, la DNIT pueda consultar determinados datos bancarios para fortalecer sus procesos de control.
El director de la DNIT aclaró que el mecanismo no implicará un acceso irrestricto a la información de los contribuyentes. El alcance estará limitado a determinadas declaraciones y registros, entre ellos las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA), estados financieros, facturación de empresas, impuesto a la renta empresarial (IRE) e impuesto a la renta personal (IRP).
Autorización con firma electrónica. Para acceder a estos datos será indispensable la autorización expresa del cliente. Según explicó Orué, cada banco deberá gestionar este consentimiento con sus clientes y posteriormente presentar la autorización ante la DNIT mediante la firma electrónica correspondiente. De esta manera, las entidades podrán consultar y descargar las declaraciones juradas habilitadas.
El sistema apunta principalmente a facilitar los procesos de evaluación de clientes que requieran acceder a productos financieros, como créditos. Sobre el punto, Orué señaló que todavía no se cuenta con una estimación de cuántos contribuyentes podrían otorgar esta autorización, pero remarcó que el acceso estará condicionado al consentimiento de cada cliente.