El Instituto de Previsión Social (IPS) informó acerca de la nueva Resolución N° 059-002/2021, vía Consejo de Administración, de fecha 6 de julio, sobre las solicitudes de Prestaciones a Derechos Habientes (PDH).

La administración resolvió que para los casos de solicitudes de PDH, en los que el haber jubilatorio de jubilados fallecidos excedan los dos salarios mínimos legales vigentes, serán recepcionadas y concedidas provisoriamente en un 50%. El comunicado aclara a la vez que la resolución contempla hasta que se presente la Sentencia Declaratoria de Herederos, para lo cual se firmará una Declaración Jurada (DDJJ).

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La modalidad de pago provisorio del 50%, si excediera dos salarios mínimos, será como máximo por un periodo de dos años. Foto: Gentileza.

Así mismo, explica que dicha modalidad de pago será como máximo por un periodo de dos años, cuyo inicio será considerado desde la fecha de la resolución de concesión del beneficio, periodo durante el cual se deberá adjuntar la Sentencia Declaratoria de Herederos.

Por otro lado, el Consejo Administrativo recalca que para la concesión de las Pensiones a Derecho Habientes, en las que el haber jubilatorio del jubilado fallecido sea inferior a dos salarios mínimos, no requerirá la presentación de la Sentencia Declaratoria de Herederos.

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