Desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informan que a partir del 1 de enero de 2021, las adquisiciones de servicios que se realicen en el extranjero a través de plataformas virtuales por parte de consumidores finales, estarán alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y por el Impuesto a la Renta de No Residentes (INR).

El viceministro de Tributación, Oscar Orúe explicó que dicha disposición se encuentra establecida en la Ley N° 6.380/2019, cuya implementación gradual se viene realizando a partir del 1 de enero del presente año. Aclaró que también se aplicará la retención del IRP por rentas y ganancias del capital, provenientes de premios de casinos y apuestas deportivas, así como de premios de juegos de loterías, rifas, sorteos, bingos y demás juegos de suerte o de azar. La tasa de retención será del 8% sobre premios mayores a G. 500.000.

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Orué citó además, que otro de los capítulos de la nueva Ley Tributaria que entrará en vigencia desde enero es el de los Precios de Transferencia. Se trata de una nueva figura que afectará principalmente al sector agrícola exportador, con el que se busca transparentar los ingresos por operaciones internacionales.

La nueva ley dispone que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero o en el país, cuando la operación para una de las partes esté exonerada, exenta o no alcanzada por el IRE. También a quienes operen con empresas residentes en países de baja o nula tributación.

Se menciona que los citados contribuyentes, a efectos de la ley, estarán obligados a determinar sus ingresos y deducciones, considerando para esas operaciones los precios y contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, en similares condiciones. El titular de la SET aseguró que todas estas medidas apuntan a transparentar las transacciones comerciales nacionales y de alcance internacional.

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