La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 69/2020, por la cual aprueba los formularios para presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Renta Personal (IRP). La normativa emanada de la Administración Tributaria también reglamenta las disposiciones relativas al tributo.

Para la liquidación del IRP, los contribuyentes deberán utilizar los formularios N° 515 para los ingresos de rentas personales y N° 516 para las ganancias de capital. La versión digitalizada (para imprimir) de ambos formularios se encuentra disponible en la sección Formularios Impositivos para Imprimir/Declaraciones-De 2020 en la página www.set.gov.py y a partir del mes de diciembre estará disponible en el Sistema Marangatu para su presentación vía clave de acceso.

Desde la cartera fiscal explicaron que la normativa emitida aclara varios aspectos relacionados a las Rentas y Ganancias de Capital como la cesión de bienes como anticipo de herencia, la determinación de la renta gravada en los arrendamientos de bienes inmuebles y en una sociedad conyugal, las retenciones, las documentaciones de respaldo, la Declaración Jurada y pago y el procedimiento para la inscripción y actualización de datos en el RUC, entre otros.

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En cuanto a las Rentas Derivadas de la Prestación de Servicios Personales, desde la SET comentaron que la reglamentación realiza precisiones sobre las rentas en especies, egresos a favor de familiares a cargo y asistencia alimentaria, lo comprendido en relación a los subsidios, los esparcimientos en el país, así como los egresos por movilidad, pólizas, medicina prepaga, viviendas y su declaración y pago, entre otros.

Desde tributación invitan a los interesados en consultar la Resolución General N° 69/2020, pueden realizarlo en la página de la SET sección Normativas / Resoluciones / 2020.

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