Ciudad del Este. Agencia Regional.

El presidente de la Asociación Comercial e Industrial de Foz de Iguazú (ACIFI), doctor Faisal Ismail, dijo a La Nación que el nuevo decreto fronterizo de Brasil es tan solo una adaptación de otro reciente y que habilita el tránsito terrestre a través del Puente de la Amistad, pero que actualmente sigue faltando la reciprocidad jurídica de parte de Paraguay.

Lo importante “es que el Gobierno paraguayo todavía no liberó el tránsito fronterizo y, desde el inicio, el gobierno brasileño mantiene la cláusula de que las personas que residen en la frontera pueden transitar entre las dos ciudades”, explicó Ismail sobre el alcance del decreto renovado cada 30 días desde marzo y que ofrece excepciones específicas, como es el caso entre Ciudad del Este y Foz de Yguazú.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

“Continuamos con el mismo problema de que Paraguay no liberó la frontera. Lo que hay es una confusión que la prensa paraguaya está haciendo con lo que es en realidad en Brasil y Paraguay. Entonces repito, la ley de Brasil libera el tránsito terrestre fronterizo y la ley de Paraguay no contempla eso”, sostuvo el presidente de ACIFI.

Nota relacionada: Reapertura fronteriza: “Algo está exigiendo Brasil que el Gobierno no cuenta”

Decreto no interrumpe negociaciones

Por su parte, el sitio del Consejo de Desarrollo Económico y Social de Foz de Yguazú (Codefoz) señala que la Portaria Nº 470/2020 del gobierno de Brasil, del 2 de octubre y publicada el día 5 de octubre, no interfiere en las negociaciones para la reapertura del Puente Internacional de la Amistad.

Dice el gremio que el decreto brasileño “reproduce la autorización para la circulación en las fronteras entre países a pobladores de las ciudades gemelas como es el caso de Foz de Yguazú, conectada a Ciudad del Este, Paraguay, por el Puente de la Amistad”.

Mario Camargo, presidente de Codefoz, explica, según la nota en su portal, que la nueva edición del decreto no indica la postergación de la reapertura del puente, pero sí flexibiliza el acceso al Brasil por vía aérea. En la norma, el gobierno federal retiró la exigencia del seguro para los viajantes extranjeros que ahora necesitan solamente atender las exigencias migratorias, agrega la publicación.

Nota relacionada: Apertura de frontera: aseguran que acuerdo Abdo-Bolsonaro sigue firme

“Los presidentes de Brasil y Paraguay ya confirmaron el compromiso con la reapertura del Puente de la Amistad, resta saber las condiciones de esa retomada”, dice Camargo. “Es importante resaltar que las Portarias gubernamentales pueden ser alteradas y ajustadas en cualquier momento, siendo prerrogativas del Poder Ejecutivo para responder a cada situación concreta”, agrega el dirigente empresarial.

El titular de Codefoz sostiene que la gestión nacional del Gobierno paraguayo deje clara la contrapartida al decreto brasileño para el tránsito de los fronterizos. “Eso sería una importante señal para las ciudades de frontera que sufren los impactos sociales y económicos con el puente cerrado hace casi siete meses”, manifiesta Mario Camargo.

Abdo Benítez y Bolsonaro acordaron la reapertura del Puente de la Amistad, poniendo como plazo máximo el 15 de octubre.. Foto: Gentileza.

Los antecedentes

En setiembre pasado, el gobierno de Mario Abdo Benítez presentó inicialmente un proyecto de apertura gradual de la frontera a través del decreto Nº 4.067; sin embargo, ante crecientes manifestaciones por parte de comerciantes de Alto Paraná, con el respaldo de autoridades locales, el 22 de setiembre, para calmar los ánimos, se habló de una apertura parcial y temporal bajo la modalidad de prueba durante tres semanas.

Sin embargo, el 24 de setiembre, con la Portaria Nº 456, Brasil renovó, una vez más y por 30 días, “la restricción excepcional y temporal a la entrada al país de extranjeros, de cualquier nacionalidad, según lo recomendado por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria - Anvisa”.

No obstante, el inciso 2 del artículo 4, acerca de situaciones que no impiden esta ordenanza, se menciona: “El tráfico de residentes fronterizos en ciudades gemelas, previa presentación de un documento de residente fronterizo u otro documento acreditativo, siempre que se garantice la reciprocidad en el trato de los brasileños por parte del país vecino”.

Este inciso se mantiene sin modificaciones en la reciente Portaria Nº 470/2020, y que el lunes último generó inquietudes porque se interpretó como una ratificación del cierre de fronteras de Brasil.

Nota relacionada: Apertura de frontera: se llegó a un acuerdo y ninguna ciudad va a exigir un test, confirman

Cuando en realidad el decreto flexibiliza el ingreso aéreo al vecino país al modificar el artículo 6, que dice: “Las restricciones a que se refiere esta ordenanza no impiden que los extranjeros ingresen al país por vía aérea, siempre que se cumplan los requisitos migratorios adecuados a su condición, incluido el de tener una visa de ingreso, cuando así lo requiera el ordenamiento jurídico brasileño”.

La versión anterior de esta ordenanza exigía que los extranjeros que ingresaran por sus aeropuertos internacionales debían presentar un “comprobante de compra de seguro válido en Brasil”, con una cobertura mínima de 30.000 reales (unos 36 millones de guaraníes) para “cubrir los gastos de salud”, y estipulaba la estadía de hasta noventa días.

Finalmente, el 2 de octubre, los mandatarios Mario Abdo Benítez y Jair Bolsonaro realizaron una comunicación telefónica, en la cual acordaron la reapertura del Puente de la Amistad, poniendo como plazo máximo el 15 de octubre.

Dejanos tu comentario