Al cierre del cuarto mes del presente ejercicio fiscal, el Ministerio de Hacienda transfirió un total de G. 674.472 millones a los gobiernos municipales y departamentales, de acuerdo con los datos de la Unidad de Departamentos y Municipios (UDM), dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera (SSEAF) de esta institución.

Según los datos proporcionados, la totalidad de los procesos de transferencias de recursos financieros a los municipios y gobernaciones está sujeta al cumplimiento estricto de los requerimientos legales establecidos en la Ley N° 6.469/2020 “Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2020”, con su correspondiente Decreto Reglamentario N° 3.264/2020.

En esta línea, a abril las municipalidades recibieron G. 301.373 millones; mientras que las gobernaciones G. 373.099 millones. Dentro de estos montos se incluyen recursos en concepto de royalties y el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (Fonacide), que las primeras obtuvieron por G. 242.322 millones, mientras que los gobiernos departamentales por G. 120.783 millones en los mismos conceptos.

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Las gobernaciones reciben además transferencias provenientes de los impuestos; es decir, de Fuente 10 “Recursos del Tesoro”. En este concepto, Hacienda transfirió al cierre de abril del presente año G. 212.772 millones. El resto de los recursos transferidos a los gobiernos locales y departamentales corresponde al Impuesto al Valor Agregado (IVA); juegos de azar y otros recursos menores. Los montos de las transferencias a los mismos incluyen la deuda flotante del 2018 y obligaciones pendientes del ejercicio anterior.

Desde la cartera económica señalaron que el cumplimiento de los requisitos legales por parte de los gobiernos departamentales y municipales permite la transferencia en tiempo y forma de los recursos financieros, teniendo en cuenta que estos constituyen una fuente importante para el financiamiento de actividades prioritarias establecidas en los presupuestos institucionales para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno, plasmados en los planes, programas y proyectos a favor de la ciudadanía.

El incumplimiento de los requisitos obliga al Tesoro Nacional a la suspensión de las transferencias de los recursos financieros, hasta tanto sea regularizada la presentación de la rendición de cuentas e informes, conforme a los plazos y condiciones establecidos en las normativas vigentes. Una vez cumplidos con los requerimientos legales establecidos en las mencionadas normativas vigentes, para las transferencias de recursos no requieren de gestión adicional alguna por parte de las autoridades departamentales y/o municipales, o de personas autorizadas por estas.

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