Los pasos para la obtención de claves de acceso y la realización de los trámites que requieren la presencia obligatoria del contribuyente en las oficinas impositivas, fueron establecidos por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) como parte de las medidas administrativas dictadas en la Resolución General N° 52/2020.

En ese sentido, cuando luego de la inscripción en el RUC el contribuyente requiera la obtención de la clave de acceso, actualización o cambio de la dirección de correo electrónico, deberá completar la solicitud de clave de acceso disponible en la página web de la SET, en la sección “Servicios Online sin Clave De Acceso”.

Luego, la SET remitirá a la dirección de correo electrónico declarada en la solicitud el Acta de Manifestación de Voluntad y comunicará al contribuyente para que acerque a la oficina, personalmente o mediante un tercero, vía courrier u otro sistema de envío, los referidos formularios debidamente firmados y acompañados de una copia de la cédula de identidad civil vigente.

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Cuando se trate de personas jurídicas, el representante legal deberá acercarse personalmente a las oficinas de la institución, a fin de suscribir el formulario de Solicitud de Inscripción, la Solicitud de Clave de Acceso, el Acta de Manifestación de Voluntad y realizar el registro de datos biométricos.

Además, si un contribuyente o ciudadano requiera realizar presencialmente algún trámite en las oficinas de la SET, deberá remitir electrónicamente, a través de la sección Contáctenos, su nombre y apellido, número de cédula de identidad, número de teléfono (línea baja o celular) y el trámite o gestión que precisa efectuar. La SET contactará previamente con el interesado a fin de confirmar el requerimiento y calendarizar su asistencia en los casos que correspondan.

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