Tres hombres fueron condenados en Uruguay en el marco de una operación policial conjunta que involucró a una quincena de países, en su mayoría de América Latina, contra delitos relacionados con abusos y pornografía infantil, información este miércoles autoridades locales.
En el marco de la denominada “Operación Internacional Aliados por la Infancia VI” el martes se realizó en total unos 200 allanamientos en los que se detuvo a casi 70 personas, acusadas cometer abusos a menores en el ambiente digital, informó la Policía y la Fiscalía en una conferencia de prensa en Montevideo.
En Uruguay las pesquisas tuvieron 5 personas como objetivo y terminaron con la condena de tres hombres de 20, 31 y 35 años. Las penas van hasta los 18 meses de prisión.
Los tres condenados “tenían imágenes, videos en los que aparecen bebes, aparecen niños y niñas que están siendo explotados sexualmente”, dijo la Fiscal de Delitos Sexuales Verónica Bujarín.
Por su parte, el Director General de Cibercrimen del Ministerio del Interior, Paulo Rocha, destacó que las operaciones internacionales suman al trabajo que se realiza en el país a lo largo del año.
En 2025, la Policía uruguaya realizó más de 70 allanamientos lo que permitió identificar abusadores ya unas 24 víctimas, dijo el jerarca. En los operativos del martes no se identifican víctimas uruguayas.
El martes, Brasil informó que en su territorio se cumplieron 16 órdenes de prisión preventiva y 159 de allanamiento e incautación, con más de 700 agentes policiales involucrados.
- Fuente: AFP
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Corte deja firme condena de 5 años por enriquecimiento ilícito contra Miguel Cuevas
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó firme la condena de 5 años por enriquecimiento ilícito para el exdiputado y dirigente del departamento de Paraguarí, Miguel Cuevas, tras declarar inadmisible el recurso de casación presentado por su abogado Guillermo Duarte Cacavelos contra el fallo de segunda instancia que había confirmado la sentencia condenatoria en diciembre del año 2023.
Cuevas, quien se desempeñaba como un humilde zapatero en la localidad de Sapucai antes de incursionar en la política, fue condenado el 15 de septiembre de 2023 por no poder justificar un incremento patrimonial de G. 1.934.584.283 entre los años 2009 y 2019, periodo en el que se desempeñó en la función pública.
En el caso judicial, Nación Media tuvo un aporte decisivo a través de sus investigaciones periodísticas y publicaciones al exponer públicamente las irregularidades del vertiginoso e injustificado incremento patrimonial de Cuevas mientras ejercía cargos públicos, como gobernador de Paraguarí y posteriormente como presidente de la Cámara de Diputados. La cobertura documentó las pericias contables de la Fiscalía y denunció las constantes chicanas para frenar el juicio oral.
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Los jueces Elsa García, Jesús Riera y Yolanda Morel integraron el tribunal de sentencia que terminó por condenar a Miguel Cuevas el 15 de septiembre de 2023. La máxima instancia judicial sentó postura luego de casi tres años. A través de la decisión también quedó firme el comiso especial y comiso sustitutivo de sus bienes, además del mantenimiento de embargos e inhibiciones de gravar y enajenar bienes inmuebles.
Cuevas además se encuentra inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. El voto de la mayoría estuvo conformado por el ministro preopinante Eugenio Jiménez Rolón y el ministro Gustavo Santander Dans, quienes concluyeron que el recurso planteado por el exlegislador no cumplió con las exigencias normativas del Código Procesal Penal para la instancia extraordinaria de casación.
Ambos manifestaron que la defensa legal de Cuevas se limitó a manifestar una “mera disconformidad” con el sentido del fallo. Mientras que la ministra María Carolina Llanes votó a favor del recurso de casación alegando que la defensa sí identificó adecuadamente la causa legal y sustentó de manera correcta los reclamos.
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Empresarias del Mercosur trazan una agenda común de competitividad
La delegación de la Convergencia Empresarial de Mujeres del Paraguay participó del 13.º Encuentro del Mercosur en Montevideo, un espacio que promovió alianzas comerciales, internacionalización y mayor participación femenina en los negocios.
El fortalecimiento de las redes empresariales, la apertura de mercados y la competitividad regional marcaron la agenda del 13.º Encuentro de la Convergencia Empresarial de Mujeres del Mercosur (CEMM), realizado en este octubre en Montevideo, Uruguay. La delegación paraguaya participó de la jornada junto con representantes de Argentina, Brasil y Uruguay, en un espacio orientado a generar oportunidades comerciales y promover el liderazgo económico de las mujeres.
La representación nacional estuvo integrada por Marta Mareco, presidenta de la Convergencia Empresarial de Mujeres del Paraguay (CEMP); Lourdes Gómez, secretaria, y Rossana Ortega, vocal. Durante el encuentro, Mareco formó parte del panel “Liderazgo empresarial femenino en el Mercosur: una agenda común para la competitividad regional”.
Bajo el lema “Acción y Estrategia: Mujeres en el Comercio Internacional”, la actividad puso énfasis en la articulación entre micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y grandes compañías lideradas por mujeres, con el objetivo de fortalecer vínculos, impulsar negocios y ampliar las posibilidades de internacionalización.
Alianzas para competir en nuevos mercados. El encuentro se desarrolló en el Edificio del Mercosur, en el marco de la Presidencia Pro Tempore de Uruguay, y reunió a autoridades, representantes de organismos internacionales y referentes empresariales de los cuatro países del bloque.
Durante la apertura, la vicecanciller uruguaya, Valeria Csukasi, destacó las oportunidades que surgen de las negociaciones comerciales internacionales, particularmente del acuerdo entre el Mercosur y la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA).
La funcionaria subrayó que los beneficios de estos acuerdos deben alcanzar al conjunto de la sociedad y que las mujeres empresarias y productoras necesitan tener un papel activo para aprovecharlos. En ese sentido, señaló que la integración y la internacionalización deben desarrollarse de manera inclusiva para generar oportunidades concretas de crecimiento.
Emprendimientos con proyección internacional. En paralelo, se realizó la Exposición de Emprendedoras de la Asociación Diplomática de Ayuda (ADA) y de la Convergencia Empresarial de Mujeres del Uruguay (CEMU). La muestra reunió iniciativas de distintos rubros y permitió a las participantes presentar sus productos, intercambiar experiencias y establecer vínculos con potenciales socios comerciales.
Una agenda para el desarrollo regional. La jornada incluyó paneles temáticos, espacios de diálogo y presentaciones artísticas representativas de los países participantes, contribuyendo al intercambio de experiencias y al fortalecimiento de los vínculos regionales.
Para la delegación paraguaya, la participación se enmarca en una agenda que busca impulsar la cooperación empresarial, promover la presencia de las mujeres en el comercio internacional y generar condiciones para que empresas de diferentes tamaños accedan a nuevas oportunidades.
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Condenan a propietario de constructora a pagar cien jornadas laborales de multa por grave accidente
Ciudad del Este. Agencia Regional.
El propietario de una constructora fue condenado al pago de cien jornadas laborales a la víctima de un accidente laboral que resultó con la pierna amputada tras el percance. El sentenciado es Julio César Trinidad Da Silva, dueño de la empresa Constructora y Metalúrgica Trinidad de Santa Rita.
La medida fue dictada durante el juicio oral desarrollado por exposición de personas a lugares de trabajo peligrosos. El trabajador afectado, Fidel Vera Paredes, quedó con graves secuelas físicas. La fiscal Rocío Celeste González fue quien sustentó la acusación. Antes del juicio, se produjo el resarcimiento económico a la víctima.
Los antecedentes indican que el hecho ocurrió el 30 de enero de 2024, alrededor de las 08:30, en una obra en construcción del barrio Nueva Asunción de Santa Rita, donde la persona que después se accidentó, realizaba tareas de montaje de estructuras metálicas.
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Durante el trabajo, recibió una descarga eléctrica de alta tensión al entrar en contacto con un cable expuesto en el techo y cayó al suelo. Como consecuencia, sufrió quemaduras graves y la amputación de la pierna inferior izquierda, además de daños psicológicos.
La investigación se inició el 8 de febrero de 2024, tras la denuncia presentada por Fredy Vera Paredes, hermano de la víctima. La acusación sostuvo que no se habían proporcionado los equipos de protección, ni adoptado las medidas de seguridad necesarias para realizar las labores.
El Tribunal de Sentencia que dictó la condena estuvo presidido por la magistrada Zunilda Martínez Noguera e integrado por los jueces Herminio Montiel y Edgar Lezcano. En el mismo proceso, se declaró la rebeldía de Alfredo Giménez Cardozo, señalado como empleador del trabajador al momento del accidente.
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Defensa de Rivas apeló condena y afirma que la misma se basó en presunciones y no en pruebas
La abogada Alba Zaracho apeló la condena de 8 años de cárcel dictada contra el exsenador Hernán David Rivas por la posesión de un título dudoso de abogado. La defensa de Rivas sostiene que la sentencia de primera instancia adolece de errores de fondo que obligan a su absolución o, como mínimo, a la realización de un nuevo juicio oral para revisar la pena.
Entre los principales argumentos, la defensa menciona que el presunto hecho de producción de documentos públicos de contenido falso ya se encontraba prescripto al momento del inicio del proceso penal. Asimismo, refiere que el fallo no determina las conductas concretas atribuidas al acusado y que el Tribunal de Sentencia lo condenó por hechos que la Fiscalía ni siquiera incluyó en su acusación. A su vez, crítica que no se distinguieron cuáles conductas correspondían a la producción y cuáles al uso de documento no auténtico, un defecto que, según afirman, arrastra el Ministerio Público desde la acusación original.
La abogada Zaracho sostiene además que la condena se basó en presunciones y no en pruebas fehacientes. Añadió que se invirtió la carga de la prueba al exigirle a Rivas demostrar su inocencia, y que se utilizaron elementos que nunca fueron producidos en el juicio oral y público. Respecto a la tipicidad, la defensa argumentó que los instrumentos cuestionados no constituyen “documentos falsos” en el sentido estrictamente penal: “Una designación del Congreso o un acta de juramento no certifican que alguien sea abogado. El título, el certificado de estudios y su registro en el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) son documentos válidos y legales hasta el momento”.
Finalmente, sostiene que la pena de 8 años de penitenciaría, además de ser excesiva, violó garantías de la Constitución Nacional y el Código Penal. El escrito de apelación señala que el tribunal aplicó erróneamente un agravante (la calificación de “especialmente grave”) y duplicó la valoración de los mismos motivos para justificar dicha gravedad, aplicar el concurso de delitos del artículo 70 y realizar la medición de la pena.
Por último, advierten una evidente discordia en los votos de la mayoría, ya que los dos jueces partieron de bases distintas para el cálculo de la sanción, utilizando incluso elementos propios del tipo penal dentro de la medición de la pena.