En los últimos días se generó un interesante debate en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), donde los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Manuel Ramírez Candia y César Garay, señalaron que los jueces civiles no tienen competencia para entender en demandas por indemnización de daños y perjuicios promovidas contra el Estado paraguayo.

Sin embargo, el ministro Ramírez Candia admitió la competencia de los jueces civiles al firmar en el año 2022 un fallo como miembro de la Sala Civil de la máxima instancia judicial.

De esta manera, el alto magistrado se contradice con su actual postura. Llama la atención la decisión que adopta en el órgano juzgador de magistrados, atendiendo a que pretende enjuiciar a los jueces que entiendan y dicten resoluciones en relación con los juicios civiles señalados más arriba.

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En el marco del juicio caratulado “Miguel Ángel Enciso Ortiz contra Banco Central del Paraguay sobre indemnización de daños y perjuicios”, el ministro Ramírez Candia no cuestionó la competencia de las decisiones dictadas en primera y segunda instancia. Todo lo contrario: firmó su voto rechazando la demanda de indemnización. En ese sentido, sorprende la insistencia del alto magistrado en pretender enjuiciar a los jueces, a pesar de que él mismo admitió la competencia de la jurisdicción del fuero civil en las acciones judiciales sobre indemnización de daños y perjuicios contra entes estatales.

Esposa de ministro fue demandada

En el año 2021, Gabriel Ramón Robledo Rolón planteó una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la jueza Yolanda Morel de Ramírez —esposa del ministro Manuel Ramírez Candia— y contra el Estado paraguayo, por haber estado privado ilegalmente de su libertad durante 475 días (es decir, 1 año, 3 meses y 20 días). En la demanda civil se solicitó la suma de G. 4.055 millones por los días de reclusión irregular.

En ese juicio, el juez Walter Mendoza hizo lugar a la excepción de previo y especial pronunciamiento de prescripción de la acción presentada por el abogado de la esposa del alto magistrado, por lo que la demanda civil quedó sin efecto. Se presume que este antecedente podría ser el motivo real de la reacción del alto ministro de la Corte liberal contra los jueces civiles.

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