La sala penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la recusación presentada por el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, acusado por lesión de confianza en el caso conocido como Tajy y destrabó el proceso penal del exjefe comunal acusado por supuestas irregularidades en la compra de alimentos durante la pandemia.
La máxima instancia judicial concluyó que no existen motivos válidos para separar a los camaristas Gustavo Amarilla, Silvana Luraghi y Claudia Criscioni, quienes integran el Tribunal de Apelación que entiende en el proceso. Con esta resolución judicial, los camaristas deberán resolver los recursos pendientes que actualmente impiden la realización de la audiencia preliminar, etapa en la que se definirá si el caso es elevado o no a juicio oral y público.
Los fiscales Silvio Corbeta, Yeimy Adle y Verónica Valdez acusaron al exintendente de Ciudad del Este Miguel Prieto por supuesta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal.
La investigación del caso Tajy sostiene que habría existido un esquema para desviar recursos de la Municipalidad de Ciudad del Este mediante licitaciones presuntamente direccionadas a empresas vinculadas al exintendente.
La acusación, el perjuicio patrimonial ocasionado al municipio asciende a G. 306.188.500, correspondientes a pagos realizados por mercaderías inexistentes.
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Ministro Diesel habilitó Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Juan León Mallorquín
Con presencia del ministro de la Corte Suprema de Justicia y superintendente de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, César Diesel, y de los miembros del Consejo de Administración, se llevó a cabo el acto de habilitación de las nuevas instalaciones del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Juan León Mallorquín.
La puesta en funcionamiento de esta sede se enmarca en las acciones impulsadas para fortalecer el acceso a la Justicia y mejorar la atención a la ciudadanía en todo el territorio nacional.
Durante el acto, el ministro Diesel señaló que uno de los objetivos centrales de la máxima instancia judicial es garantizar una justicia ágil, eficiente y cercana. Asimismo, exhortó al equipo de trabajo, liderado por la magistrada Gloria Liz González, a desempeñar sus funciones con atención a las necesidades de la ciudadanía.
A su turno, la jueza de Primera Instancia y encargada del despacho, Gloria Liz González, señaló que la habilitación de la sede judicial representa el fortalecimiento de la presencia institucional del Poder Judicial al servicio de la ciudadanía y refleja el compromiso con el acceso a la Justicia en la zona.
El inmueble, cedido a la Corte Suprema de Justicia mediante un contrato con sus propietarios, albergará las dependencias judiciales destinadas a fortalecer la atención y la prestación de los servicios de justicia en la zona.
Del acto oficial participaron también la intendenta municipal, Marta Santander de Correa, magistrados de diversas localidades, profesionales abogados y representantes de gremios de la región, quienes acompañaron la habilitación de esta nueva sede judicial, que permitirá acercar los servicios de justicia a la ciudadanía de Juan León Mallorquín y de su zona de influencia.
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Directora de Garantías Constitucionales cumple con los requisitos para el cargo
La Dirección de Asuntos Jurídicos de la Corte Suprema de Justicia hizo mención a cuáles son los requisitos para acceder a un cargo titular cualquier dirección general en el Poder Judicial. En ese sentido, recordó que las acordadas dictadas en los años 2019, 2020 y 2022 no introdujeron la exigencia de título universitario para ser designado como director general en el Poder Judicial, sino que reconocieron expresamente la naturaleza de confianza de las Direcciones Generales y establecieron un régimen compatible con la permanencia de quienes ya las ejercían.
Esta aclaración se dio en vista de las publicaciones periodísticas en las que se cuestiona que la titular de la Dirección General del Poder Judicial no cuenta con título universitario.
El dictamen hace mención a los requisitos establecidos para ocupar el cargo de director/a general, en cualquier Dirección General del Poder Judicial, cargo que actualmente ocupa la señora Verónica Lina Sienra Bertón quien ejerce funciones en esa dependencia hace aproximadamente tres décadas.
Primeramente, el artículo 47, numeral 3, de la Constitución de la República, garantiza el acceso igualitario a las funciones públicas no electivas sin más requisito que la idoneidad.
El dictamen explica que esta idoneidad no se identifica necesariamente con un título universitario, en tanto que dicha exigencia comprende la formación, la experiencia, los conocimientos y la trayectoria necesarios para el adecuado desempeño del cargo. Un título académico sólo es exigible cuando una norma o el perfil específico del puesto lo establece expresamente, y ninguna disposición aplicable a la Dirección General de Garantías Constitucionales lo hace.
Seguidamente, no puede dejarse de mencionar la trayectoria de la funcionaria. La señora María Verónica Lina Sienra Bertón ingresó al Poder Judicial el 11 de septiembre de 1998, contratada como jefa de la dependencia de Garantías Constitucionales, Remates y Peritos Judiciales, cuando el actual ministro Luis María Benítez Riera todavía no integraba la Corte Suprema de Justicia. Desde entonces, desempeñó de manera continua funciones de jefatura en la misma dependencia: fue nombrada en el año 2000, confirmada como jefa supervisora en 2002 y designada como jefa de sección en 2008.
Su nombramiento como directora general, el 31 de enero de 2012, no significó el ingreso de una persona ajena a la institución ni el acceso repentino a un cargo gerencial, sino la culminación de más de trece años de carrera desarrollada en el área cuyos procedimientos conocía desde todos los niveles de responsabilidad.
En cuanto al marco normativo, señala el dictamen que no existe reglamentación alguna al tiempo del nombramiento en el 2012, que exigiera un título universitario para acceder al cargo de Directora General y, conforme al principio de irretroactividad del artículo 14 de la Constitución de la República y la regla tempus regit actum, la validez de una designación debe juzgarse según las normas vigentes al momento de dictarse.
Las Acordadas posteriores (N° 1.309/2019, N° 1.479/2020 y N° 1.679/2022) tampoco incorporaron esa exigencia: declararon a las Direcciones Generales como cargos de confianza, contemplaron expresamente la permanencia de quienes ya los ocupaban y, al referirse al “nivel académico necesario”, emplearon una fórmula funcional que no impone una titulación específica.
A su vez, la Acordada N° 1.815/2025 define a la Dirección General de Garantías Constitucionales como una unidad administrativa de asistencia jurisdiccional que no ejerce jurisdicción, así como tampoco exige una profesión reglamentada.
En conclusión, las acordadas dictadas en los años 2019, 2020 y 2022 no introdujeron la exigencia de título universitario para ser designado como director general en el Poder Judicial, sino que reconocieron expresamente la naturaleza de confianza de las Direcciones Generales y establecieron un régimen compatible con la permanencia de quienes ya las ejercían.
Asimismo, la Acordada N° 1.815/2025 define a la Dirección General de Garantías Constitucionales como una unidad de estructura administrativa de asistencia jurisdiccional y no exige para su titularidad una profesión reglamentada ni un título universitario de grado determinado. Dicha dependencia no resuelve casos judiciales, ni ejerce función jurisdiccional algunos reservados a los jueces.
En consecuencia, concluye el dictamen, no corresponde inferir la irregularidad en la designación o la permanencia de la funcionaria en el cargo, a partir de la ausencia de una titulación universitaria que ninguna disposición aplicable exige.
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Fiscalía pidió a la Corte destrabar proceso penal por lavado de dinero de Miki Zaldívar y otros
Los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera y Verónica Valdez solicitaron a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia destrabar el proceso penal por lavado de dinero que enfrentan Miguel Ángel Zaldívar, presidente del Banco Atlas, y otros coimputados.
El Ministerio Público exige a los miembros de la máxima instancia judicial resolver la recusación dilatoria presentada por el abogado Enrique Kronawetter, defensor del acusado Celio Tunholi, contra los camaristas Silvana Luraghi, Mario Camilo Torres y Paublino Escobar.
Debido a que ya transcurrieron cuatro meses desde la presentación de esta chicana sin que se haya dictado una resolución, la Fiscalía urge definir la situación para garantizar la celeridad procesal y continuar con las actuaciones.
Acusación
El Ministerio Público presentó una acusación formal por lavado de dinero y solicitó la apertura de un juicio oral y público contra Miguel Ángel Zaldívar y los demás procesados. La nómina de acusados incluye a Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Concepción Martínez Duarte, Eduardo Queiroz García y José Miguel Ángel Páez Corvalán.
A raíz de los constantes recursos dilatorios interpuestos por la defensa de los acusados, hasta el momento no se ha podido realizar la audiencia de imposición de medidas cautelares. Asimismo, permanece pendiente la fijación de la audiencia preliminar, instancia en la cual se definirá si la causa se eleva a la etapa de juicio oral y público.
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Ministra Llanes disertó sobre los “Nuevos desafíos del sistema penitenciario”
La ministra de la Corte Suprema de Justicia, integrante de la Sala Penal María Carolina Llanes, participó en la segunda jornada denominada “Nuevos desafíos del sistema penitenciario”. La actividad se realizó en un hotel céntrico de Asunción, en el marco del proyecto “Acceso a la Justicia y derechos humanos de las personas privadas de libertad”.
Durante la jornada, la ministra desarrolló el tema “Construyendo una política judicial para el uso racional de la prisión preventiva”, como integrante del primer panel, “Hacia una nueva agenda del litigio cautelar: la prisión preventiva como desafío para la Justicia Penal”. Compartió este espacio con Alberto Binder (Argentina), doctor en Derecho y especialista en Derecho Penal y Procesal Penal. La moderadora fue María Victoria Rivas, directora ejecutiva del Centro de Estudios Judiciales (CEJ).
En ese contexto, presentó las acciones, experiencias, políticas y estrategias impulsadas desde la Corte Suprema de Justicia para hacer frente a la prisión preventiva, así como los desafíos que persisten en esta materia.
Señaló que, tras casi 30 años de reformas, se sigue enfrentando esta situación y sostuvo que es necesario adaptar las políticas a la realidad actual, garantizando derechos sin ignorar el crimen organizado que opera desde las cárceles.
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“Hoy, el gran desafío, entre otros, es el cumplimiento del sistema normativo vigente. La Constitución es clara, la cárcel tiene finalidades concretas cuando se trata de pena para proteger a la sociedad y a los efectos de la posterior reinserción social”, añadió.
Asimismo, recalcó la necesidad de diseñar una política criminal estatal e integral, sostenida más allá de los gobiernos, que permita reducir la prisión preventiva y aplicar efectivamente su carácter excepcional y las medidas alternativas, conforme al marco constitucional. Para ello, consideró fundamental la coordinación entre las instituciones y la capacidad de resistir la presión social sobre las decisiones judiciales.
El espacio tuvo como propósito generar diálogo y reflexión sobre los principales desafíos del sistema penitenciario nacional, promoviendo un debate informado, plural y orientado a la construcción de propuestas para fortalecer las políticas públicas.
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