Un tribunal de sentencia en mayoría condenó a 9 meses de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena a Juan Sebastián Coronel Bareiro, responsable del Centro Cultural “La Chispa” de Asunción, luego de ser encontrado culpable por contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos.

El condenado no pisará la cárcel debido a que la sentencia será reemplazada por varias reglas de conducta que tendrá que cumplir Coronel Bareiro. Los jueces de sentencia que votaron por la condena son Héctor Capurro y Juan Carlos Zárate, mientras que la jueza Yolanda Portillo votó por la absolución.

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Los magistrados hallaron culpable al acusado de los delitos de contaminación de aire y ruidos dañinos, debido a que sobrepasó los niveles máximos de sonido en varias actividades realizadas en el Centro Cultural La Chispa, ubicado en Estrella entre Colón y Montevideo, de nuestra capital.

El magistrado Capurro señalo que La Chispa cumplía con su labor cultural, y que la música y el arte, era indudable, sin embargo, indicó que se constató que hubo violación de la ordenanza respecto a la medición de los decibeles, y que en ese sentido en dos hechos fueron los comprobados, el 21 de abril del 2024, a las 00:30, cuando se registró un máximo de 85 y en el 1 de marzo del 2024 con un máximo de 86 decibeles.

El juez Capurro manifestó que en dos ocasiones se superaron los valores máximos, en la ordenanza, no así en cuanto a las demás. Citaron también las actuaciones fueron por las denuncias de los vecinos.

Alegatos

La fiscala Elvia Chávez, en sus alegatos finales, pidió la pena de 4 años de cárcel, por los mencionados hechos punibles, tras indicar que los testigos que mencionaron que no podían dormir de los ruidos, lo que repercutió en su salud. Además, había señalado las mediciones que realizaron tanto la Policía como la Fiscalía y los funcionarios municipales, en los cuales se sobrepasó el tope máximo de decibeles de sonido que establecen las leyes administrativas.

Por su parte, la defensa a cargo de la abogada Emilia Yoguvich, había señalado que los hechos no eran típicos, ya que la Fiscalía usó leyes y ordenanzas que no estaban vigentes, por lo que no existía delitos. Esto fue rechazado en mayoría.

Los jueces habían dejado para más adelante, resolver junto con la sentencia, los incidentes presentados por la defensa al inicio del juicio oral.

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