Miguel Prieto, intendente de Ciudad del Este, está acusado por varios delitos por la compra de alimentos de forma irregular durante la pandemia. Foto: Archivo
Ratifican a juez que deberá citar a Miguel Prieto para la audiencia preliminar
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El Tribunal de Apelaciones integrado por Claudia Criscioni, Silvana Luraghi y Gustavo Amarilla ratificó la competencia del juez de Delitos Económicos Humberto Otazú, quien fue recusado por uno de los acusados en el proceso penal que enfrenta el actual intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, acusado por lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal, por la compra de alimentos durante la pandemia.
Ahora el expediente tendrá que bajar nuevamente al juzgado de Otazú, quien tendrá que fijar la fecha para llevar a cabo la audiencia preliminar donde se tendrá que definir si el presente caso se eleva a un juicio oral y público, así como pidió el Ministerio Público.
Días atrás, la defensa del procesado Higinio Ramón Acuña recusó al juez Otazú y logró suspender la audiencia preliminar.
Acusación
Los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y María Verónica Valdéz, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, formularon acusación y solicitaron elevar a juicio oral y público en contra del intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto y otras 10 personas, en el marco de la investigación por supuesta lesión de confianza, administración en provecho propio y asociación criminal.
Se trata de la segunda causa en contra del intendente esteño. De acuerdo a la acusación del Ministerio Público, el perjuicio ocasionado a la Municipalidad de Ciudad del Este sería de alrededor de G. 300 millones, en un esquema encabezado por Prieto y otras 10 personas para desviar fondos de la entidad municipal a través de licitaciones públicas que eran direccionadas a empresas afines o funcionales a Prieto.
New Balance presentó oficialmente la edición 2026 de la carrera ASU15K
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New Balance presentó oficialmente la NB Race Series ASU15K 2026, dando inicio a la cuenta regresiva para una nueva edición de la carrera más esperada del año.
La carrera se realizará el próximo domingo 6 de setiembre en la Costanera Sur y contará con dos distancias: 7K y 15K. Para esta edición, New Balance espera reunir a 4.000 corredores, reafirmando el crecimiento de la comunidad runner en Paraguay.
Las inscripciones ya están habilitadas a través de www.newbalance.com.py, con un costo de G. 200.000 hasta el 24 de julio y G. 230.000 del 25 de julio al 1 de setiembre.
El lanzamiento se llevó a cabo en BMW Owners Hub durante una conferencia de prensa, en la que anunciaron una corrida de 5 kilómetros y un brunch, y se compartieron las principales novedades de la edición 2026.
La NB Race Series ASU15K 2026 cuenta con el apoyo de sus sponsors oficiales Ueno, Paraná Colchones, BMW, Agua La Fuente, Gatorade, Carozzi, Vivo, Ambrosoli, Mazzei, Therabody y Múnich Ultra, y sus media partners 5Días, JWF y GEN.
Bajo el concepto “Run Your Way”, New Balance continúa acompañando a corredores de todos los niveles, invitándolos a vivir el desafío a su propia manera.
Caso Imedic: confirman cárcel de 3 años para Justo Ferreira por contrabando
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de 3 años de cárcel para Justo Ferreira, directivo de la firma Imedic S.A, encontrado culpable por el contrabando de 50 camas hospitalarias durante la pandemia del Covid-19. Asimismo, se confirmó la absolución de su hija Patricia Ferreira y de otras tres personas procesadas en la misma causa.
La máxima instancia judicial no admitió los recursos de casación presentados por la fiscalía y así como la presentada por las defensas al considerar que no cumplían con los requisitos legales para su estudio. La resolución de la Corte lleva la firma de los ministros María Carolina Llanes, Agustín Lovera Cañete y María Belén Agüero.
La acusación fiscal sostuvo que en abril de 2020 ingresaron al país 450 camas hospitalarias, pese a que el contrato con el Ministerio de Salud contemplaba únicamente 400. Las 50 camas excedentes, de alta gama, habrían ingresado sin el pago de los tributos correspondientes. La defensa señaló durante el juicio que dichos impuestos sí fueron abonados.
El tribunal de sentencia concluyó que quedó probado que Justo Ferreira cometió el hecho de contrabando. En cambio, absolvió a Patricia Ferreira al considerar que la Fiscalía no logró demostrar su participación directa y que su condición de representante de la empresa no implicaba responsabilidad penal.
También quedaron firmes las absoluciones de los funcionarios de Aduanas Guillermo Molinas y Gustavo Acosta, así como del despachante Carlos Gamarra, al concluirse que no se acreditó la existencia de dolo en sus actuaciones.
La Bahía de Asunción albergará el Campeonato Sudamericano de Remo U17
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La Federación Paraguaya de Remo (Fepare) anunció el Campeonato Sudamericano de Remo Categoría Menores-U17, a realizarse en la Bahía de Asunción, del 10 al 12 de julio de 2026.
Los detalles de esta competencia se dieron a conocer hoy miércoles, durante una conferencia de prensa en la nueva sede de Fepare ubicada sobre la Avenida Costanera José Asunción Flores, con la presencia de directivos de dicha federación
En la ocasión, informaron que el torneo está abierto a los clubes miembros de la Confederación Sudamericana de Remo (CSAR) y equipos invitados, con los atletas (hombres y mujeres) de hasta 16 años.
El evento deportivo tiene el apoyo de la Secretaría Nacional de Deportes y el Comité Olímpico Paraguayo, bajo los lineamientos de la CSAR.
El campeonato contempla pruebas en tres disciplinas del remo:
-Remo olímpico: categorías individuales, dobles, cuádruples y octetos, tanto masculinos como femeninos, incluyendo embarcaciones mixtas en el 4X y el 8 +.
-Costal-Beach Sprint: prueba individual masculina y femenina en bote 1X.
-Remo Indoor: (masculino y femenino) y una prueba por relevos de cuatro remeros, en modalidad mixta.
El vicepresidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrado Manuel Ramírez Candia admitió la competencia civil en demandas contra el Estado pero ahora cuestiona tal situación en el JEM. Foto: Gentileza
Contradicción: el ministro Ramírez Candia admitió competencia civil que hoy cuestiona en el JEM
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En los últimos días se generó un interesante debate en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), donde los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Manuel Ramírez Candia y César Garay, señalaron que los jueces civiles no tienen competencia para entender en demandas por indemnización de daños y perjuicios promovidas contra el Estado paraguayo.
Sin embargo, el ministro Ramírez Candia admitió la competencia de los jueces civiles al firmar en el año 2022 un fallo como miembro de la Sala Civil de la máxima instancia judicial.
De esta manera, el alto magistrado se contradice con su actual postura. Llama la atención la decisión que adopta en el órgano juzgador de magistrados, atendiendo a que pretende enjuiciar a los jueces que entiendan y dicten resoluciones en relación con los juicios civiles señalados más arriba.
En el marco del juicio caratulado “Miguel Ángel Enciso Ortiz contra Banco Central del Paraguay sobre indemnización de daños y perjuicios”, el ministro Ramírez Candia no cuestionó la competencia de las decisiones dictadas en primera y segunda instancia. Todo lo contrario: firmó su voto rechazando la demanda de indemnización. En ese sentido, sorprende la insistencia del alto magistrado en pretender enjuiciar a los jueces, a pesar de que él mismo admitió la competencia de la jurisdicción del fuero civil en las acciones judiciales sobre indemnización de daños y perjuicios contra entes estatales.
Esposa de ministro fue demandada
En el año 2021, Gabriel Ramón Robledo Rolón planteó una demanda de indemnización por daños y perjuicios contra la jueza Yolanda Morel de Ramírez —esposa del ministro Manuel Ramírez Candia— y contra el Estado paraguayo, por haber estado privado ilegalmente de su libertad durante 475 días (es decir, 1 año, 3 meses y 20 días). En la demanda civil se solicitó la suma de G. 4.055 millones por los días de reclusión irregular.
En ese juicio, el juez Walter Mendoza hizo lugar a la excepción de previo y especial pronunciamiento de prescripción de la acción presentada por el abogado de la esposa del alto magistrado, por lo que la demanda civil quedó sin efecto. Se presume que este antecedente podría ser el motivo real de la reacción del alto ministro de la Corte liberal contra los jueces civiles.