Un tribunal de sentencia integrado por Darío Báez, Gloria Hermosa y Cristián González condenó a 21 años de cárcel a una persona acusada de abusar sexualmente de tres niños. Foto: Gentileza
Un tribunal de sentencia integrado por Darío Báez, Gloria Hermosa y Cristian González condenó a 21 años de cárcel a un hombre luego de ser encontrado culpable del delito de abuso sexual en niños. Las víctimas son tres sobrinos del hoy sentenciado. El condenado ya fue sentenciado a 14 años de pena privativa de libertad por otro caso de abuso sexual en niños.
Tras la sentencia, la fiscala Claide Acosta señaló que “terminamos el juicio oral y público por el caso de abuso sexual en niños, donde el Ministerio Público solicitó la pena de 21 años de cárcel en un caso sumamente grave donde las víctimas fueron tres niños”, explicó.
“El tribunal colegiado encontró culpable al acusado y condenó a 21 años de cárcel, conforme a los testigos y las pruebas documentales ofrecidas durante el juicio oral”, manifestó.
Acotó igualmente que “las víctimas de este grave caso son tres niños entre 6 y 12 años, sobrinos del hoy condenado. Este hecho se registró en una convivencia de familia ampliada porque vivían todos en un inmueble y penosamente surge esta situación que fue denunciada en el año 2022″.
“Se realizó un amplio trabajo con profesionales psicólogos médicos forenses y se abarcó todos los campos y se pudo probar el hecho que es lo importante”, indicó la representante del Ministerio Público.
Igualmente Acosta sostuvo que “dado el temor debido a que las víctimas recibían amenazas los niños lograron contar el hecho en el ámbito escolar y luego se comunicó al Ministerio Público donde se inició la investigación que terminó con la alta condena para el acusado”.
El alcalde de la ciudad de Nueva York, Zohran Mamdani, habla durante una conferencia de prensa en el Ayuntamiento para anunciar una demanda que impugna la nueva norma federal sobre la "carga pública", la cual podría dificultar que los inmigrantes obtengan la residencia permanente (tarjeta verde) si dependen de beneficios públicos. Foto: AFP
Un tribunal de apelaciones de EE. UU. frena las deportaciones a terceros países
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Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos confirmó en parte el viernes un fallo de una instancia inferior que restringe una política del gobierno de Donald Trump de deportar a migrantes indocumentados a países que no son los suyos.
El panel de tres jueces señaló que las personas que enfrentan deportaciones a un “tercer país” deben recibir un aviso efectivo con la debida antelación sobre el lugar al que serán enviadas, para que puedan plantear preocupaciones sobre una posible persecución.
El Congreso ha establecido como política de Estados Unidos no deportar a personas a países donde sus vidas correrían peligro o donde podrían ser sometidas a tortura.
“El derecho de una persona a impugnar su expulsión a un país basándose en el temor a la persecución en ese país significa poco si no recibe aviso previo del destino previsto para su expulsión y una oportunidad significativa para impugnar ese destino”, escribió el juez Seth Aframe en nombre del panel unánime de este tribunal de apelaciones.
La política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) “negaría acceso a esa protección a una amplia franja de no ciudadanos que son enviados a terceros países sin aviso de su destino”, señaló el juez.
Las deportaciones forman parte de la controvertida campaña de combate a la inmigración ilegal del presidente Donald Trump. Centenares de migrantes hispanos han sido deportados a países africanos.
Se espera que el gobierno de Trump apele el caso ante la Corte Suprema, de mayoría conservadora.
Donald Trump hizo campaña para la presidencia prometiendo expulsar a millones de migrantes indocumentados de Estados Unidos y ha tomado una serie de medidas destinadas a acelerar las deportaciones desde su regreso a la Casa Blanca.
El gobierno de Trump ha defendido las deportaciones a terceros países como necesarias, ya que los países de origen de algunas de las personas que están sujetas a expulsión a veces se niegan a aceptarlas.
Condenan a 18 años de cárcel a profesor de taekwondo por abuso sexual
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Un Tribunal de Sentencia condenó a un hombre a 18 años de cárcel luego de ser encontrado culpable por abuso sexual en niños, registrado en la ciudad de Altos. La agente fiscal Mayra Palacios, de la Unidad Zonal de Emboscada, fue quien representó al Ministerio Público en el juicio oral y público.
La representante del Ministerio Público logró probar la responsabilidad penal del acusado a través de diversos elementos probatorios expuestos ante el Tribunal de Sentencia que, de forma unánime, resolvió dictar la condena.
De acuerdo con los antecedentes de la causa, los abusos se registraron el 3 de mayo de 2025, a las 20:00, aproximadamente. La víctima, de 13 años, fue llevada desde su domicilio por su profesor de taekwondo con la excusa de comprar hamburguesas; sin embargo, fue trasladada hasta una zona boscosa en inmediaciones de un camino vecinal, donde el hoy condenado cometió el hecho en el interior de su vehículo para luego llevarla nuevamente a su vivienda.
El Tribunal de Sentencia estuvo presidido por la magistrada Liliana Ruiz Díaz Guerrero e integrado por las juezas Ángela Carolina Jara Vallejos y Cristel Sandrina Müller de Peralta. El colegiado sostuvo que se pudo demostrar la responsabilidad del acusado por el grave hecho sucedido, por lo que la pena que corresponde es la de 18 años de cárcel.
Feminicidio de María Fernanda: tribunal debe dictar sentencia para principal acusado
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El Tribunal de Sentencia, integrado por los jueces Raúl Marecos, Vidal Santacruz y Roberto Estigarribia, se encuentra deliberando el fallo de primera instancia para el adolescente acusado del feminicidio de María Fernanda Benítez, hecho ocurrido en Coronel Oviedo. El nombre del procesado se omite debido a que era menor de edad al momento del crimen. Por este motivo, es juzgado bajo la legislación penal adolescente y se expone a una pena máxima de 8 años de privación de libertad.
Semanas atrás, otro Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo condenó a los cinco adultos implicados en el feminicidio de la joven María Fernanda Benítez Martínez. La lectura de la sentencia comenzó poco antes de las 23:00 del martes 25, dada la gravedad del caso. El colegiado, integrado por los jueces Luis Ovelar, Víctor Vera y Andrea Riquelme, emitió su veredicto final tras concluir el debate oral, escuchar a todas las partes y otorgar a los procesados el derecho a declarar.
La joven Mikhaela Chiara Yasy Rolón Melgarejo, acusada de instigación al feminicidio, asociación criminal y omisión de aviso, fue hallada culpable y condenada a 10 años de cárcel. Posteriormente, a las 00:23 del miércoles, Ricardo Villamayor recibió una pena de 3 años de prisión por ocultamiento de indicios y omisión de denuncia. A las 01:05, Franco Antonio Acosta fue condenado a 5 años de privación de libertad por complicidad en tentativa de aborto y frustración de la persecución penal.
Finalmente, a las 01:22, el colegiado sentenció a 4 años y 6 meses de cárcel a Armando Silva y Karent Villar, padres del adolescente sindicado como principal responsable. Ambos fueron encontrados culpables de exposición al peligro, simulación de un hecho punible y frustración de la persecución penal.
Los jueces de Sentencia fueron acusados por mal desempeño en sus funciones ante el JEM por presunta actuación irregular en el juicio contra Axel López. Foto: Gentileza
JEM admite acusación por mal desempeño contra jueces de Central
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El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) deberá estudiar si corresponde iniciar un enjuiciamiento por presunto mal desempeño en sus funciones contra los jueces de Sentencia de Central, Dina Marchuk, Julio Granada y Letizia de Gásperi. La acusación fue presentada por Graciela Beatriz Pintos Orué y Óscar López, padres de Axel Fabián López Orué, un joven que había sido condenado a 12 años de cárcel en un caso de supuesta coacción sexual y otros delitos, cuya sentencia fue posteriormente anulada por un Tribunal de Apelación.
La acusación, que ya fue admitida por el órgano juzgador de magistrados, refiere que los citados magistrados desconocieron la ley y demostraron una clara ignorancia en la aplicación de la Constitución Nacional. Según los denunciantes, esto quedó en evidencia durante el juicio oral, en el que se dictó la condena de 12 años sin contar con elementos de prueba suficientes, incurriendo en una abierta violación de las garantías constitucionales y procesales que tutelan el debido proceso.
Del mismo modo, la acusación señala que los jueces admitieron de forma irregular pruebas que ya habían sido rechazadas previamente, vulnerando el desarrollo legal del juicio. Ahora, los integrantes del JEM deberán evaluar si corresponde iniciar el enjuiciamiento formal contra los tres magistrados. De ser así, también tendrán que definir si el proceso se realizará con la suspensión de sus funciones o si, por el contrario, se rechaza la acusación presentada.
Igualmente otro hecho irregular que habría cometido el Tribunal de Sentencia es que el joven Axel López estuvo con arresto domiciliario 8 años 4 meses y fue privado de libertad 4 meses 11 días a hasta que se anuló la condena y volvió a recuperar su libertad.
Juicio suspendido
Por pedido de la abogada Noelia Núñez, querellante en el presente proceso penal, se pospuso el nuevo juicio oral y público que debe enfrentar el joven Axel López. La citada profesional del derecho presentó un certificado médico justificando su pedido de posponer la audiencia oral.